El Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM) expresó su rechazo a la reforma del Artículo 19 de la Constitución, pues afirma que "la prisión preventiva oficiosa resulta violatoria de los principios de presunción de inocencia".
"Viola irremediablemente los derechos humanos de los imputados y coloca a nuestro país en desacato con la convencionalidad", informó en un comunicado.
De acuerdo con los penalistas, ningún delito "debería tener prisión preventiva oficiosa, sino permitir que el árbitro judicial sea quien lo decida tomando en cuentas las circunstancias del hecho y por supuesto las del imputado".
El órgano colegiado afirma que esto, además contraviene los criterios jurisprudenciales de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, pues existe un problema cuando "las limitantes a la libertad necesitan imponerse durante el enjuiciamiento y antes siquiera de que se haya averiguado si es el inculpado inocente o culpable", tratándose de una "injusticia".
El INCAM sugiere que "la prisión preventiva debe ser una potestad exclusiva del juzgador, quien analizando caso por caso deberá determinar la mayor o menor factibilidad de que el imputado esté presente en el juicio y compurgue la pena que le sea impuesta de llegar el caso".