Renta anual, ¿presenta aviso antilavado?

Cuando el pago de la renta se pacte con una periodicidad distinta a la mensual, se deberá calcular el valor mensual

Alquilé una oficina, pero el cliente quiso que estableciéramos una renta anual de 500,000 pesos 

Debo cumplir con las obligaciones de la ley antilavado



Según lo dispone el artículo 31 del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), cuando el pago de la renta se pacte con una periodicidad distinta a la mensual, se deberá calcular el valor mensual.

Así, al dividir el importe de renta anual (500,000 pesos) entre 12 meses, da un valor de 41,666.66 pesos (renta mensual), mismo que no se considera vulnerable, pues no rebasa el monto de identificación equivalente a 1605 UMA’s (135,606.45 pesos para 2019), señalado en el artículo 17, fracción XV de la LFPIORPI; en consecuencia, no tiene ninguna obligación en la materia.