Reformas en materia de aseguramiento de bienes

Se plantearon reformas a los artículos 242 y 252 del Código Nacional de Procedimientos

Rocha Moya expresó que el Código Nacional de Procedimientos Penales tiene una serie de deficiencias en la parte procesal, que es necesario corregir para perfeccionarlo
 Rocha Moya expresó que el Código Nacional de Procedimientos Penales tiene una serie de deficiencias en la parte procesal, que es necesario corregir para perfeccionarlo  (Foto: iStock)

Se plantearon reformas a los artículos 242 y 252 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a efecto de atender la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el mecanismo de aseguramiento de bienes relacionados con operaciones financieras.

El senador Rubén Rocha Moya indicó que la SJCN determinó que diversos artículos del citado Código son inconstitucionales, debido a que no consideran la intervención de la autoridad judicial en el aseguramiento de bienes.

Su propuesta establece que para el aseguramiento de bienes o derechos relacionados con operaciones financieras, el Juez de Control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar la suspensión o el aseguramiento de cuentas, títulos de crédito, y en general, cualquier bien relativo a movimientos de ese tipo.

Rocha Moya expresó que el Código Nacional de Procedimientos Penales tiene una serie de deficiencias en la parte procesal, que es necesario corregir para perfeccionarlo.

La iniciativa fue remitida a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda para su análisis y dictamen correspondiente.