Reorganización de la Corte, ¿necesaria?

Diversas posturas respecto a las posibles modificaciones al Poder Judicial de la Federación

En el año de 1994 se implementó una reforma trascendental en materia judicial que, entre otros aspectos, redujo el número de miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 26 (21 numerarios y cinco super numerarios) a 11 ministros y creó a el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), como un órgano autónomo encargado de la administración y vigilancia de los tribunales colegiados de circuito y los juzgados de distrito.

A más de 24 años de estos cambios, nuevamente se plantea la restructuración de ese poder con las recientes iniciativas que buscan desaparecer al CJF y crear una tercera sala en la SCJN para temas de combate a la corrupción.

Respecto al CJF, recordemos que el objetivo de la reforma era fortalecer a la Corte, dotándola de nuevas facultades para conocer de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad y eliminando un cúmulo de tareas administrativas para que se convirtiera en un auténtico tribunal constitucional.

Por este motivo, el CJF fue creado, para ser un órgano autónomo encargado de la administración y vigilancia del Poder Judicial de la Federación, a excepción del máximo tribunal. De acuerdo con el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el CJF se compone de siete miembros, de los cuales uno es el presidente de la SCJN, tres son consejeros designados por el Pleno, dos por el Senado y uno por el presidente de la república.

El hecho de que colaboren los tres poderes en la formación del consejo atiende a la búsqueda de una mayor transparencia y equilibrio, tanto en los procesos de toma de decisiones administrativas como en la impartición de justicia; no obstante, desde su creación ha sido criticado bajo el argumento de que no se respeta la división de poderes porque se invade la esfera judicial; además de que existen diversas posturas que afirman que es un órgano fantasma que solo se caracteriza por los exorbitantes salarios de sus funcionarios. Basta recordar los conflictos que ha originado la Ley de Remuneraciones, la cual sigue pendiente de resolverse en tribunales.

Por otra parte, sobre la creación de una sala anticorrupción, en 2016 se creó el Sistema Nacional Anticorrupción como un mecanismo de coordinación entre los tres órdenes de gobierno para la prevención, detección y sanción de actos de corrupción. Parte de las metas de este sistema es crear una tercera sección en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y cinco salas especializadas en materia de responsabilidades administrativas; sin embargo, a la fecha aún no se designan a los magistrados que resolverán los asuntos en esta materia.

A pesar de que este sistema fue concebido como parte de la política del ex-presidente Enrique Peña Nieto para fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones, bajo un esquema de ética, legalidad y buenas prácticas, a la fecha no surte los efectos deseados, pues durante el sexenio pasado al menos hubo 10 gobernadores investigados por actos corrupción.

Amparándose en ese contexto, el actual gobierno insta en la necesidad de crear una tercera sala en la SCJN, que tenga facultades exclusivas para tratar asuntos relacionados con actos de corrupción; hecho que ha generado bastante polémica.

Ante estos cambios es que IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral entabló un diálogo con diferentes especialistas para que externaran sus ideas sobre si es necesario una reforma estructural en el Poder Judicial de la Federación.

¿Qué tan necesario es cambiar el Poder Judicial de la Federación?

En este momento el poder judicial pasa por una crisis importante y hay cosas que pueden fortalecer su autonomía e independencia, pero sobre todo se debe ayudar al mejoramiento en la calidad de sus resoluciones en materia de impartición de justicia.

¿La materia anticorrupción a qué nivel debería juzgarse?

En principio es materia de legalidad. Desde hace muchos años se ha estado insistiendo en la necesidad de que la SCJN se quede con materias exclusivamente de constitucionalidad, y la realidad de las cosas es que la Corte se enfoca casi de manera exclusiva a esos temas. Aquellas voces que se alzan pidiendo un tribunal constitucional tal vez desconocen que la SCJN ya tiene décadas siendo un tribunal constitucional. Las pocas cuestiones de legalidad que ve la Corte son algunas del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aunque difícilmente llegue alguna; la facultad de atracción de la fracción III del artículo 105 constitucional debe tener 20 o 30 años que no se ejerce alguna.

Es así que realmente se puede afirmar que es propiamente un tribunal constitucional por las materias que estudia que son amparo, revisiones atraídas por constitucionalidad de normas generales, controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad; todo es parte de la jurisdicción.

No hay que olvidar que hubo una reforma constitucional generada hace algunos años, en virtud de la cual se le otorga el tema anticorrupción al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA); inclusive se estableció la creación de salas especializadas y también una modificación a la sala superior para esa materia; lamentablemente esto no ha podido evolucionar, ya que al parecer siguen pendientes algunos nombramientos de magistrados, pero ya existe una reforma en ese campo, el punto es que no se ha implementado al 100 %.

El tema anticorrupción es de legalidad, entonces puede quedar en el TFJA o en su caso si se genera una estructura propia con algún tribunal, pero la Corte debe seguir manteniéndose como un tribunal básicamente de temas constitucionales.

¿El actual proceso de selección de los integrantes de los tribunales es adecuado?

Aunque cada tribunal tiene un proceso de designación diferente, creo que el poder judicial si requiere una transformación importante, inclusive yo presenté una colaboración en un libro que ya está circulando que se llama A cien años  de la constitución, donde  se proponen algunas reformas: por lo que hace al Poder Judicial de la Federación, la designación de jueces y magistrados de circuito es correcto que se realice por los mismos órganos de este; hoy en día se llevan a cabo por el CJF, pero debería desaparecer porque es un órgano un poco obeso para las funciones que lleva a cabo; pudiera crearse una sala  de la judicatura en la SCJN compuesta por cinco ministros (cuatro adicionales a los ya existentes) y el presidente de la Corte presidiría esta sala. Actualmente el presidente de la Corte preside el CJF pero son siete, aquí serían cinco incluyendo el presidente y todos serían ministros.

No se debe dividir el poder judicial porque mientras exista una mayor división habrá una exposición más alta para vulnerar su autonomía y su independencia.

Se tiene a una SCJN con toda una estructura administrativa (tesoreros, director de recursos humanos, materiales), un CJF con la suya (tesoreros, director de recursos humanos, materiales), un tribunal electoral con su organigrama, y todavía se quiere introducir un tribunal constitucional; eso no es lo ideal. Se debe unificar la Corte como cabeza de Poder Judicial de la Federación con las facultades de tribunal constitucional que ya tiene, se tiene que fortalecer más y crear una sala de la judicatura para que sea la misma quien continúe administrando al poder como ya lo hacía antes de 1995, pero en términos más económicos, permitiéndole tener también esa responsabilidad administrativa como lo es la designación de jueces y magistrados y en especial eliminar el CJF que tiene una configuración cuestionable porque actualmente hay dos representantes del Senado y uno del ejecutivo, y no tendría por qué configurarse de esa manera.

Actualmente el proceso es bueno en cuanto a que la designación de jueces y magistrados debe provenir del propio poder judicial, pero con algunas modificaciones como las comentadas, ya que insisto en que se debería contar con una sala de la judicatura y suprimir el CJF para efectos de eficiencia presupuestaria y dejarlo todo a una sala de la Corte, donde inclusive los ministros tengan una duración corta en su encargo y que mientras estén en dicha sala no conformen  parte del Pleno y estén rotando; incluso su duración podría ser de tres años, justamente para evitar “enquistamientos” o “malas prácticas”, que no tendría por qué haberlas si se tuvieran ministros decentes; sin embargo, también hay que establecer mecanismos para evitar tentaciones de ese tipo.

¿Cómo evitar que cuestiones de índole política no interfieran en el desarrollo de las actividades del poder judicial?

Desde luego que es posible, pero en la medida en que los ministros que se nombren para la SCJN sean personas íntegras, preparadas, decentes, competentes, con conocimiento y buen manejo del derecho. Eso es lo que se requiere en los impartidores de justicia.

Así, la interferencia no solo de otros poderes sino de otros fuerzas reales de poder se vería reducida o erradicada, pues les será más complicado al tener servidores públicos judiciales más preparados e íntegros en sus valores.

¿Cuál sería el mecanismo ideal para combatir la corrupción?

Se tiene que fortalecer el sistema anticorrupción; contar con órganos que juzguen y sancionen los temas vinculados con la corrupción y elevar los costos que tiene el realizar estos actos para que esta no sea atractiva en el país.

Lamentablemente en el servicio público de los gobiernos a nivel federal, estatal y municipal hay una gran corrupción y no hay costos porque se escuchan casos de gobernadores que se van después de endeudar al estado con los bolsillos llenos y no sucede absolutamente nada; se deben de elevar los costos en lo relativo a la corrupción.

No obstante, también debemos voltear la mirada a los valores de la sociedad, pues en la medida en que estos mejoren la corrupción va ir cediendo poco a poco, ya que desafortunadamente surge de la sociedad, porque los políticos no provienen de Europa o Marte.

Hay que regresar a los valores morales que México siempre ha tenido en una forma arraigada, seguir fomentando y fortaleciéndolos y exigir a aquellos políticos que generan actos contrarios a los valores que tenemos en el país, todo esto para ser una sociedad mucho más decente y elevar los niveles de muchas cosas tanto en el sector privado como en el sector público.

¿Es viable aumentar el número de integrantes de la SCJN?

Sí lo veo viable siempre y cuando sea con la finalidad de fortalecer el sistema de impartición de justicia; el tema es para qué lo vamos a aumentar.

En el caso que yo propongo, es incrementar el número de ministros para hacer una sala de la judicatura, pero quitando a todos los consejeros del CJF que existen actualmente; entonces va a haber un ahorro importante sobre todo por la estructura administrativa que no se va a duplicar como actualmente se encuentra.

Con los cambios que se vislumbran en la materia laboral en especial con las Juntas de Conciliación y Arbitraje y sus próximos cambios, ¿no sería esta un área prioritaria para el poder judicial?

Todas las áreas al final del día son temas muy importantes, aunque el de corrupción es un asunto urgente en el país. Sin hacer menor a los otros, porque todas necesitan recibir y resolver cuestiones de justicia, asuntos legislativos, desarrollo, etc., pero una cosa no excluye a la otra. Sin embargo, la materia de corrupción debe atacarse frontalmente por lo que urge que el Estado lo trate de forma inmediata y seria.

 


¿Qué tan necesario es cambiar el Poder Judicial de la Federación?

Tanto como que sea necesario no lo es, quizá pueden hacerse algunas reformas o algunas modificaciones pero plantear un cambio de fondo o mayor al poder judicial en este momento me parece que no es lo adecuado.

¿La materia anticorrupción a qué nivel debería juzgarse?

Sin duda es un tema a nivel de legalidad y debe corresponder a los tribunales de legalidad, no puede corresponder a uno que se pretende sea un tribunal constitucional porque además eso no significa cerrar la puerta para ese tipo de análisis, pues sin duda la Corte o los tribunales colegiados seguirán resolviendo esos casos.

¿El actual proceso de selección de los integrantes de los tribunales es adecuado?

Yo lo dividiría en dos; en el caso de los jueces y magistrados que depende de todo un proceso de selección que se hace a través del CJF, me parece correcto porque al final del día se respeta o se vela por que exista una preeminencia en la capacidad técnica de quienes van a fungir como juzgadores, entonces ese proceso de selección es adecuado porque se ha hecho bien y, por tanto, debemos seguir por ese camino, quizá solo tocar el tema de la seguridad en las pruebas, por ahí ha salido en algunas notas que se han filtrado y entonces eso hace que ya no cumplan con su objetivo.

Y el otro es el del nombramiento de los miembros de la SCJN, ahí hay que recordar que en el caso de un ministro depende de dos poderes, del ejecutivo y legislativo, concretamente la Cámara de Senadores. Considero que este proceso sí tiene que modificarse, ya que no es adecuado que en la actualidad simplemente el presidente envíe una terna, esta terna sea “evaluada” por el Senado y que de ahí nombren a un ministro, porque si bien es un puesto fundamental en la fortaleza del poder judicial la realidad es que ese proceso así como lo acabo de describir adolece de un estricto rigor técnico para los nombramientos. Hoy en día, el mérito para estar en esas ternas es simplemente conocer al presidente en turno y la evaluación que hacen los senadores no es tan detallada, acabada y analística, y eso es lo que evidentemente hay que reformar, que esa evaluación esté desde la selección para proponer una terna, esto es, que esa fase esté precedida de un proceso de análisis con rigor técnico.

¿Cómo evitar que cuestiones de índole política no interfieran en el desarrollo de las actividades del poder judicial?

Es complicado, en la decisión por ejemplo de jueces y magistrados si se puede evitar ese sesgo político pero en el caso de la Corte hay que recordar que también es un órgano político, tan solo pensemos en las resoluciones que emite en las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad, que por naturaleza son políticas; en consecuencia, creo que lo que se debe buscar es que esa injerencia política sea lo menos, que no tenga ese peso específico para la resolución, lo tiene si, pero hay que dejarlo solamente en esa perspectiva y no para que sea la solución o la respuesta ante las situaciones que le lleguen.

¿Cuál sería el mecanismo ideal para combatir la corrupción?

El primer mecanismo y es la base de cualquier sanción que se busque, es acreditar fehacientemente los actos de corrupción, es decir, detectarlos, acreditarlos y eso corresponde sin duda a dos áreas, en la parte administrativa y en la parte penal.

Una vez que se acredite con todos los elementos de prueba, que se denuncien esos actos de corrupción y por supuesto que se sancionen; porque hoy si alguien es acusado de un acto de esta índole la realidad es que no se hace una investigación ni se genera una sanción adecuada y por eso estamos bajo la circunstancia actual; no puede haber perdón ante actos de corrupción.

¿Es viable aumentar el número de integrantes de la SCJN?

Me parece que es viable sin duda, pero no considero que sea lo adecuado, porque esa no es la solución que haya que darle a un tema como la corrupción, ya que entonces pareciera que no se busca acabar con ese problema sino que se busca obtener el control de la SCJN, que ahí es donde debemos ser muy cuidadosos para no generar esa situación.

Con los cambios que se vislumbran en la materia laboral en especial con las Juntas de Conciliación y Arbitraje y sus próximos cambios, ¿no sería esta un área prioritaria para el poder judicial?

Las reformas en general si son necesarias pero hay que cuidarlas mucho, procurando que sea conciente, pensada y que no se utilice como un mecanismo político; las reformas jurídicas no pueden ir encaminadas a satisfacer caprichos políticos o a pretender tener un control que lleve a las instituciones a eso, creo que son necesarias, pero con el rigor técnico del caso.


¿Qué tan necesario es cambiar el Poder Judicial de la Federación?

No es necesario agregar más salas ni más ministros. Tal vez habría que reestructurar un poco las áreas técnicas y agilizar procesos con sistemas informáticos más avanzados; y eso es facultad del CJF, En todo caso, considero que la estructura básica actual de la SCJN es funcional.

¿La materia anticorrupción a qué nivel debería juzgarse?

El control que se debe ejercer en esta materia es a nivel de legalidad, por lo que resulta innecesario que la SCJN conozca de asuntos sobre actos de corrupción, pues incluso los jueces de distrito y los magistrados de circuito pueden (y deben), en caso necesario, ejercer control de convencionalidad y constitucionalidad.

¿El actual proceso de selección de los integrantes de los tribunales es adecuado?

Considero necesario distinguir de qué tipo de tribunales hablamos. Por un lado el proceso de selección de los magistrados integrantes del Tribunal Federal de Justicia Administrativa pasa por un procedimiento similar al de los ministros de la SCJN, pues son ratificados por el Senado de la República.

Por el otro lado, el de los magistrados de los tribunales colegiados y unitarios del Poder Judicial de la Federación pasan por un procedimiento de convocatoria y concurso ante el CJF.

En ambos casos, creo que el procedimiento requiere de controles reforzados para evitar las “designaciones políticas” y, por ende, la discrecionalidad en la decisión, aunque sea colegiada. Debe despolitizarse el proceso, abrirse plenamente al escrutinio público en todas sus fases, lo cual implica una transparencia inusual en México y la  introducción de mecanismos de vigilancia y control de índole social.

¿Cómo evitar que cuestiones de índole política no interfieran en el desarrollo de las actividades del Poder Judicial?

Aplicando el orden jurídico vigente. Esto es, respetar, cultivar, nutrir y fortalecer el Estado de Derecho con base en un compromiso expreso de los juzgadores a favor de la integridad judicial. Uno de los problemas fundamentales hoy en México es la prevalencia del poder político sobre el orden jurídico. Hay que invertir la relación de estos factores para que el poder siempre quede subordinado al Derecho.

Además, creo que urge reforzar los contrapesos en los procesos de toma de decisiones, promover la excelencia profesional y respetar el principio de independencia judicial. Así como el Judicial ha adoptado ciertos estándares de integridad, también debe haber este compromiso público (y ampliamente publicitado) por la integridad de parte del ejecutivo. Entre más visible eres, entre más luz hay alrededor tuyo, es más probable que te comportes de manera honesta, congruente, ética.

¿Cuál sería el mecanismo ideal para combatir la corrupción?

A nivel mundial, el mecanismo de denuncia anónima (o whistleblower) ha probado ser el más eficaz. Hay que garantizar la confidencialidad y la secrecía del denunciante para combatir la impunidad (causa y efecto de la corrupción). La mayoría de las personas honestas que se abstienen de denunciar actos de corrupción lo hacen por temor a las represalias de los denunciados.

Por lo demás, el procedimiento administrativo y el proceso judicial previsto para investigar, sustanciar y sancionar puede ser sujeto a una revisión más funcionalista que garantista. Los actos de corrupción constituyen una violación a los derechos humanos.

Por lo tanto, contravienen el interés general de la sociedad y las normas de orden público. Por ello resulta necesario endurecer el proceso sancionatorio (administrativo y penal). Aunque la corrupción no es un delito propiamente dicho, pues carece de tipificación en la ley, para incurrir en hechos de corrupción la persona tiene que cometer  uno o más delitos: abuso de autoridad, peculado, enriquecimiento ilícito, extorsión, cohecho, ejercicio indebido del servicio público, colusión de servidores públicos, etcétera.

¿Es viable aumentar el número de integrantes de la SCJN?

No, porque precisamente, como ya ha sido señalado públicamente, provocaría un desequilibrio de poder en ese contrapeso esencial, constitucional, del ejecutivo. Y el desequilibrio tendería a favorecer a este último poder. Aumentar el número de integrantes de la SCJN resultaría, en las circunstancias actuales, antidemocrático, pues contribuiría a incrementar la probabilidad de concentración y abuso del poder público por parte del ejecutivo; sería otorgarle patente de corso al autoritarismo.

Con los cambios que se vislumbran en la materia laboral en especial con las Juntas de Conciliación y Arbitraje y sus próximos cambios, ¿no sería esta un área prioritaria para el poder judicial?

Por supuesto. En lugar de que los senadores de Morena estén buscando formas de concentrar el poder a favor del presidente, deberían estar viendo la manera como se asumirá, por parte de los tribunales del Poder Judicial de la Federación, las competencias materiales y territoriales del derecho laboral. No es que el combate a la corrupción sea un asunto menor, pero la impartición de justicia en materia laboral debería ser prioridad, por la naturaleza misma de los bienes jurídicos tutelados. Un trabajador desprotegido, injustamente sancionado o castigado, o cuya libertad ha sido coartada, es una persona cuya dignidad ha sido violentada. Ante la inseguridad jurídica o la falta de certeza de que encontrarán justicia, el espíritu de los trabajadores tiende a quebrantarse, a sentirse oprimido, dolido. Las consecuencias de ello pueden resultar lamentables, pues estamos hablando del trabajo que dignifica al ser humano y que constituye la principal fuente de bienestar económico de las familias.