Lineamientos de sanas prácticas para las Fintech

La Condusef supervisará los contratos de adhesión emitidos por estas instituciones

 .  (Foto: iStock)

Jazmín Cruz

En el DOF del 9 de julio de 2019 se dieron a conocer las Disposiciones de carácter general de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero (Condusef) en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las instituciones de tecnología financiera (Fintech), como parte de su marco legal.

Su objetivo es regular los contratos de adhesión, comprobantes de operación, estados de cuenta, publicidad y plataformas emitidos por las Fintech, a efectos de que se apeguen a las sanas prácticas.

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Respecto a los contratos de adhesión, las reglas serán aplicables solo para aquellos que versen sobre el financiamiento colectivo de deuda, de capital y de copropiedad o de las cuentas de fondo de pago electrónico, variando los requisitos según el tipo de documento.

A continuación, se enlistan los elementos genéricos que todos los contratos deberán contener:

  • características, términos, condiciones y derechos adquiridos por las pares
  • términos y condiciones de uso de la plataforma que utiliza la Fintech para soportar sus operaciones
  • denominación social, domicilio y la dirección en Internet de la Fintech
  • comisiones
  • vigencia, modificaciones y terminación
  • servicios de atención al usuario, y
  • forma en la que proporcionarán a los usuarios de manera gratuita información para evitar posibles riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude en los productos y servicios financieros contratados

Para la validez de los contratos se necesita el consentimiento expreso del usuario, a través de su firma electrónica avanzada, firma autógrafa digitalizada o cualquier otra forma de autentificación.

Además, se deberán inscribir en el Registro de Contratos de Adhesión referidos en la Ley de Transparencia (LT) todos los modelos de los contratos con los que formalicen sus operaciones, incluyendo sus anexos.

También se detalla una serie de actividades que se consideran alejadas de las sanas prácticas, por mencionar las más importantes:

  • proporcionar información engañosa o que induzca a error sobre las operaciones y los servicios financieros
  • negar la atención o contratación de operaciones o servicios financieros, por razones de género, r

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