MAR 01/07
TDC 18.8332
SAB 10/05
INPC 140.0120
JUE 01/05
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Para el uso de creaciones se deberá obtener autorización escrita de las comunidades
Se dio a conocer en el DOF del 24 de enero de 2020 el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
El objetivo es proteger la titularidad de los derechos de las obras literarias, artísticas, de arte popular y artesanal, primigenias, colectivas y derivadas de las culturas populares o de las expresiones de las culturas tradicionales de la composición pluricultural que conforman al Estado mexicano, en las que se manifiestan elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades. Para ello se modificaron los artículos 157 al 160 en los siguientes aspectos:
A pesar de que esta reforma significa un gran logro para preservar el patrimonio e identidad de las comunidades indígenas, aún queda incertidumbre respecto de si habrá alguna remuneración por la el empleo de estas expresiones.