Subarrendamiento, ¿necesita autorización?
Es un requisito indispensable para este tipo de contratos
Corporativo
Algunas personas al rentar un inmueble para realizar sus operaciones acostumbran subarrendar una parte del mismo para obtener mayores ingresos; no obstante, pocos solicitan autorización del arrendador.
De acuerdo con el artículo 2480 del Código Civil Federal, el inquilino no puede subarrendar o ceder sus derechos de la cosa arrendada sin consentimiento del arrendador; de lo contrario será solidariamente responsable de los daños y perjuicios que sufra el bien.
Aun y cuando exista un permiso por parte del dueño pueden generarse las siguientes obligaciones:
- si la autorización concedida en el contrato es general, el arrendatario será responsable para con el arrendador como si continuara en el uso de la cosa, y
- si el arrendador aprueba expresamente el contrato especial de subarriendo, el subarrendatario adquiere todos los derechos y obligaciones del arrendatario, salvo que se estipule otra cosa
Por ultimo, no contar con la autorización será una causa de rescisión del contrato original y el subarriendo, por lo que el subarrendatario podrá exigir una indemnización por daños y perjuicios también.