Emiten lineamientos para la confianza ciudadana

El documento no especifica cuáles son las verificaciones que se suspenderán

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Economía dio a conocer en el DOF del 20 de febrero de 2020, los Lineamientos de carácter general para la implementación de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana (LFCC), mismos que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

De acuerdo con el documento, aquellos sujetos que deseen ser partícipes de la confianza ciudadana deberán inscribirse en un padrón que les solicitará los siguientes datos:

  • nombre de la persona física o moral
  • identificación del establecimiento o sucursal
  • nombre del representante legal
  • domicilio
  • actividad económica
  • información relacionada con:
    • uso de marcas y nombres comerciales
    • constitución de las personas jurídicas
    • registro y uso de firmas electrónicas ante el SAT
    • vinculación con el IMSS e Infonavit, y
    • referencias a trámites locales requeridos para realizar actividades económicas, y
  • protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y regulatorias

En cuanto a la suspensión de verificaciones, persiste la duda de las operaciones que contemplará, toda vez que se debe esperar a que las dependencias federales, estatales y municipales inscriban en el Registro Nacional de Visitas Domiciliaras las actividades que serán objeto de suspensión total o parcial atendiendo al riesgo, materia o usuarios.

En relación con las inspecciones aleatorias, serán realizadas por una selección estratégica conforme a los criterios y políticas que creen los propios órganos de gobierno en un plazo no mayor a 160 días naturales a partir de la entrada en vigor de los lineamientos.

Por último, aún son inciertas las facilidades que se obtendrán con la LFCC, porque los lineamientos solo establecen que las autoridades darán a conocer los productos, actividades, programas o procedimientos que beneficien a los ciudadanos a través del padrón.