¿Bloqueo web sin intervención judicial?
En España, un juez permite el bloqueo expedito de “sitios web piratas”
Corporativo
En Madrid, España Telefónica Audiovisual Digital ganó un caso en contra de las operadoras (de las cuales Telefónica forma parte) y proveedores de acceso a Internet para que las páginas web de fútbol y de canales de pago sin derechos, que la sentencia denomina “webs piratas”, puedan ser identificadas y bloqueadas sin necesidad de intervención judicial.
Según medios de comunicación españoles se estableció que la parte demandante puede enviar cada semana una lista de sitios para bloquear sin la necesidad de acudir ante un juez. Las grandes operadoras al conocer el contenido aceptaron la petición de Telefónica, empresa propietaria de derechos de transmisión de eventos importantes como la Liga para las temporadas de 2019 a 2022.
La mayoría de las operadoras tienen intereses en este mercado porque retransmiten el fútbol local e internacional, al adquirir esos derechos de Telefónica. Adicionalmente, cuentan con servicios de televisión de paga, que pueden verse afectados por estos webs piratas.
Se enuncia que el bloqueo de los portales se hará mediante una lista de URLs, dominios y direcciones IP en un plazo no mayor a tres horas desde la notificación del listado. Esto, pudiera representar un riesgo porque al no tener la intervención judicial caso por caso se podrían cometer abusos o arbitrariedades. La rapidez con la que se comparten contenidos por diferentes dominios y lo dilatado de las actuaciones judiciales es lo que ha provocado a que se tomen estas medidas.
Se cuestiona el allanamiento de las operadoras, pues podría aparentar que no existió como tal una controversia, sino que se ha intentado legitimar que un juez decidió que no era necesaria su intervención.
Una de las posibles problemáticas que desencadene la sentencia es en materia de competencia, porque al poseer Telefónica los derechos audiovisuales, le permite posicionar su producto sin ningún tipo de adversario. Pudiera considerarse que es una práctica oligopólica y que todas las operadoras han acordado restringir la competencia.
La falta de intervención judicial también puede implicar que no exista un mecanismo idóneo para impugnar la inclusión en la lista, lo cual puede generar una afectación de derechos de terceros.
En México este es un tema que sigue pendiente y se está preparando una iniciativa de ley que modificará integralmente la materia, habrá que esperar si se contempla algo al respecto.