Publican medidas preventivas ante el COVID-19

Publican medidas preventivas ante el COVID-19

Secretaría de Salud emitió ciertos lineamientos para mitigación y control de riesgos
Se publicó en el DOF del 24 de marzo de 2020, en su edición vespertina, un acuerdo por el que la Secretaría de Salud (SS) establece las medidas preventivas que se deben implementar para la mitigación y el control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Dentro de las medidas que los sectores público, privado y social deben implementar están están:
En el sector público, los titulares de las áreas de administración y finanzas u homólogos o bien las autoridades competentes en la institución de que se trate, determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución, cuya continuidad deberá garantizarse.
En el sector privado continuarán laborando las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquellos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, y medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones. Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a los contratos individuales, colectivos, contratos ley o condiciones generales de trabajo que correspondan, durante el plazo referido y al amparo de la LFT y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional. Todo ello, con estricto respeto a los derechos laborales de las y los trabajadores, en los sectores público, social y privado
La SS será la única instancia responsable de la emisión y manejo de la información oficial que se desprenda del citado acuerdo, así como su interpretación para efectos administrativos, el cual entró en vigor el 24 de marzo de 2020.
Igualmente, en el DOF del 24 de marzo de 2020, en su edición vespertina, se publicó un acuerdo que sanciona el anterior en el sentido de que el titular de la SS realizará todas las acciones necesarias para dar seguimiento a las medidas preventivas e informará cada 24 horas al presidente de la república sobre la situación existente.