Adiós a ciertos fideicomisos públicos

Se ordenó su extinción, la cual va dirigida a la administración pública federal, oficina de presidencia y tribunales agrarios

 .  (Foto: iStock)

Jesús Coronado

Se publicó en el DOF del 2 de abril de 2020, en su edición vespertina un decreto por el que se ordena la extinción o terminación de los fideicomisos público, mandatos públicos y análogos, el cual entró en vigor el día de su publicación.

Las instrucciones son para las dependencias y entidades de la administración pública federal, la oficina de la presidencia de la república y los tribunales agrarios para que inicien los procesos para extinguir o dar por terminados todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal en los que funjan como unidades responsables o mandantes.

Los ejecutores de gastos deberán entregar a la Tesorería de la Federación todos los recursos públicos federales que tienen dichos fideicomisos a más tardar el 15 de abril de 2020. Los ejecutores no podrán ejercer o comprometer los recursos a partir de la entrada en vigor del decreto.

Las excepciones que puedan presentarse por parte de los ejecutores del gasto tendrán que estar fundadas y justificadas y serán resueltas por el titular de la SHCP en conjunto con la Secretaría de la Función Pública. Si SHCP no las autoriza en un plazo no mayor de 10 días hábiles se tendrán como no aprobadas.

Quedan excluidos aquellos fideicomisos públicos, mandatos o análogos constituidos por mandato de ley o decreto legislativo y cuya extinción o terminación requiera de reformas constitucionales o legales, así como los instrumentos jurídicos que sirvan como mecanismos de deuda pública, o que tengan como fin atender emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones.

Se sostiene que esta medida busca erradicar la corrupción y desvío de recursos que existían supuestamente en estos entes por parte de las administraciones anteriores.


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