Indautor amplía suspensión de términos
Por el Covid-19 se han declarado inhábiles bastantes días
Corporativo
El Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) dio a conocer en el DOF del 11 de mayo de 2020 un acuerdo por el continúa la suspensión de plazos y términos legales por causa de fuerza mayor, prolongando el tiempo establecido en los diversos del 1o. y 17 de abril de 2020.
De acuerdo con el documento del 1o. al 29 de mayo de 2020 se considerará inhábil, por tanto, se suspenden los plazos, los términos, la celebración de audiencias y las juntas de avenencia, la práctica de notificaciones, requerimientos y desahogos, así como todo tipo de diligencias aplicables a los trámites y procedimientos seguidos ante el Indautor.
Solo se recibirán solicitudes o promociones relativas a la recepción de trámites por los servicios que ofrezca como medida administrativa extraordinaria; y en el caso de las reservas de derechos al uso exclusivo, aquellas que estén en proceso de renovación, así como las que se venzan durante el periodo de suspensión, seguirán surtiendo todos sus efectos, como si estuvieran vigentes, hasta en tanto se levante el estado de suspensión de mérito.
Por último, el Indautor aclara que la suspensión de labores para el personal se regirá de conformidad con las disposiciones legales aplicables.