¿Piratas digitales en la mira?

Con la entrada en vigor del T-MEC se vislumbran cambios en materia de propiedad intelectual

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 .  (Foto: iStock)

La entrada en vigor del nuevo tratado comercial para América del Norte entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) conllevará una serie de cambios entre ellos está lo relativo a la propiedad intelectual.

En una iniciativa de las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República se especifican sanciones de tres a 10 años de cárcel y hasta 20 mil días de multa a las personas que graben películas directamente en las salas de cine para su distribución y compraventa; misma pena tendrían quienes “abran” los candados digitales que protegen los derechos de autor de las películas, canciones, audios o libros en Internet o en otras plataformas.

Dichas multas estás contempladas en el anteproyecto de decreto para reformar el Código Penal Federal que sería aprobado por el Congreso de la Unión, como parte de los ajustes previstos con la entrada en vigor del T-MEC.

El fin de estas modificaciones luchar contra los piratas digitales, quienes con el uso de la tecnología venden copias falsas de obras protegidas por el derecho de autor. Se precisa que después del narcotráfico, es el segundo hecho delictivo que más pérdidas millonarias produce.

Se detallan sancione de seis meses a dos años de prisión a quien decodifique, reciba o distribuya una señal de satélite portadora de programas, como televisión de paga o servicios de streaming.

Se contempla que se aplicarán sanciones de cuatro a 10 años de cárcel y hasta mil días de multa a quien se dedique a la venta, fabricación, distribución o renta de dispositivos destinados a eludir una medida tecnológica de protección de cualquier obra protegida por el derecho de autor.

Misma multa será aplicable para quien sin autorización, suprima o altere información sobre gestión de derechos. En el proyecto se prevé la posibilidad de censura digital, porque se obliga a redes sociales a que, sin necesidad de llegar a un juicio, eliminen contenidos con el supuesto de que un usuario no cuenta con el consentimiento del titular del derecho de autor.

Habrá que estar al pendiente del proceso legislativo correspondiente y su posible aplicación.

Si desea conocer más sobre el tema, lo invitamos a la lectura de “Piratería 2.0” disponible en la edición 465 del 15 de junio de 2020, y también “Software: ¿falso o falso?” en la edición 466 del 30 de junio de 2020, ambas en nuestro portal.