Oficial nueva Ley de Infraestructura de la Calidad

Será un punto de partida para buscar el desarrollo del país

La Secretaría de Economía (SE) publicó en la edición vespertina del DOF del 1o. de julio de 2020 el decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. 

Dicha legislación busca fijar y desarrollar las bases de la política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, por medio de actividades de normalización, estandarización, acreditación, evaluación de la conformidad y metrología, promoviendo el desarrollo económico y la calidad en la producción de bienes, productos, procesos y servicios, para ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo en las cadenas de valor, fomentar el comercio internacional y proteger los objetivos legítimos de interés público. La cual entrará en vigor a los 60 días naturales siguientes a su publicación.

Se busca promover la concurrencia de los sectores público, social y privado en la elaboración y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y los estándares.

Dentro de su texto destaca la definición de “infraestructura de la calidad” como el conjunto de iniciativas, procesos, instituciones, autoridades normalizadoras, organizaciones, actividades y personas que interactúan entre sí. Incluye una política nacional de calidad, un marco regulatorio y todos los sectores interesados que tiene como finalidad proporcionar resultados que garanticen los objetivos legítimos de interés público e impulsen el desarrollo y reactivación económica del país.

Por ello, se establece el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad que tiene por objeto coordinar a las autoridades de todos los órdenes de gobierno en sus respectivos ámbitos de competencia, a las Autoridades Normalizadoras, al Centro Nacional de Metrología, a los Institutos Designados de Metrología, a las Entidades de Acreditación, a los Organismos de Evaluación de la Conformidad, a los Organismos Nacionales de Estandarización y a los sujetos facultados para estandarizar, a través de regulaciones, estrategias y principios para que la política nacional en materia de normalización, estandarización, Evaluación de la Conformidad y metrología, que fomenten la calidad y el desarrollo económico.

También busca establecer mecanismos de coordinación y colaboración en materia de normalización, evaluación de la conformidad y metrología entre las autoridades normalizadoras.

Se precisa el procedimiento de elaboración, expedición, modificación y cancelación de las NOM, y que estas tienen como finalidad atender las causas de los problemas identificados por las autoridades normalizadoras que afecten o que pongan en riesgo los objetivos legítimos de interés público. 

También se define a la evaluación de la conformidad como al proceso técnico que permite demostrar el cumplimiento con las NOM’s, los estándares, las normas internacionales ahí referidos o de otras disposiciones legales. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, inspección, evaluación y certificación. Se contempla su integración y organización dentro de la legislación.

Se incluye lo que son los estándares como documentos técnicos que prevén un uso común y repetido de reglas, especificaciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquellas relativas a la terminología, simbología, embalaje, marcado, etiquetado o concordaciones. Su procedimiento de elaboración, aclaración, modificación y cancelación.

Como puede apreciarse se trata de un ordenamiento que será una piedra angular por su contenido técnico y especializado para diferentes sectores de nuestro país. Por ello, IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral sostuvo una plática con el licenciado Alfonso Guati Rojo Sánchez, Director General de Normas de la Secretaría de Economía y Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, quien amablemente respondió a varias preguntas reflexionando sobre los aspectos medulares de esta legislación. 


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 .  (Foto: IDConline)


¿Qué fin tiene esta nueva legislación?

Esta ley tiene muchos fines, uno de ellos es la concurrencia en la participación de los sectores público privado y social en la elaboración de Normas Oficiales Mexicanas (NOM’s) y sobre todo en fomentar su observancia y cumplimiento. Es importante establecer mecanismos de coordinación entre las diferentes autoridades normalizadoras, entre el Centro Nacional de Metrología, entre las entidades de acreditación y los organismos de estandarización. 

En fin, todos los sujetos que participan en este ecosistema y que están llamados junto con las autoridades federales de normalización y las autoridades locales y municipales que apoyan el cumplimiento de las normas a desarrollar un sistema de conocimiento y de fomento al esquema de normalización. 

En el aspecto sustantivo la ley busca la innovación tecnológica en la facilitación, en el intercambio de bienes y servicios a nivel nacional e internacional y que esto, pues sea una herramienta para que no genere obstáculos técnicos al comercio y que lo acordado con nuestros países vecinos del norte (Estados Unidos y Canadá) así como con todos los demás países con los que tenemos firmados acuerdos comerciales faciliten el tráfico de mercancías y que esto nos permita también importar los productos de mejor calidad para el consumo nacional y que a su vez nos permita y facilite una mayor exportación para el desarrollo de la planta productiva.

Es una ley que tiene una complejidad mayúscula porque busca sobre todo generar un desarrollo óptimo en la planta productiva del país e incentivar desde diferentes ámbitos el esquema de producción de bienes y productos y la generación de procesos y servicios tanto a nivel nacional como internacional.

¿Qué cambia respecto a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización?

El principal cambio es el enfoque porque hay que recordar que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización obedeció a un contexto en donde estábamos próximos a la entrada en vigor del TLCAN y esa ley fue concebida bajo esas necesidades y buscando soluciones a los 90’s, pues quería, antes que nada, generar un esquema en donde las leyes del mercado y la actividad de los particulares en concordancia con las autoridades públicas generaba el desarrollo del sistema de normalización y evaluación de la conformidad del país. 

Por ello el enfoque cambia sustancialmente hoy en el año 2020 en donde el Estado retoma de alguna manera ciertas funciones en donde el nuevo paradigma constitucional que se ha dado desde el 2011 en adelante se establece una mayor y más ávida presencia del Estado en la tutela y reconocimiento de derechos fundamentales y de funciones propias de su actividad. 

La actividad en este sentido se torna importante porque de alguna manera lo que se está buscando es que el Estado participe en la protección de aquellos objetivos legítimos de interés público, como puede ser la salud, el medio ambiente, la seguridad de las personas, de los animales, de la vegetación, de los productos que se consumen tanto a nivel nacional como internacional. 

 Es una serie de premisas en donde el Estado reasume de nueva cuenta una posición importante y se vuelve el motor de la actividad de normalización, tomando en cuenta que la actividad de los particulares por lo que hace al desarrollo industrial, se respeta y fomenta. No hay ninguna invasión de la autoridad pública respecto a las actividades propias de la industria sobre el desarrollo que corresponde a los particulares, sino al contrario hay un total respeto para que puedan perfectamente coincidir y respetarse en el ámbito de aplicación de cada una de ellas.

¿Qué funciones desempeñará la Secretaría de Economía con esta nueva legislación?

La Secretaría de Economía (SE) va a encabezar propiamente las acciones de política pública para fortalecer el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad. La SE históricamente había sido la dependencia desde mediados del siglo pasado, que llevaba a cabo exclusivamente el trabajo de normalización y evaluación de la conformidad en su conjunto, sin embargo, a finales del siglo pasado y durante las primeras dos décadas de este siglo las demás autoridades normalizadoras han efectuado su actividad respetando las competencias de cada una de ellas, lo cual es bien importante que se tenga claro, ya que la SE encabeza, coordina y dirige las actividades del sistema. 

No obstante, cada una de las autoridades normalizadoras conservan la competencia primigenia que les corresponde por ley y que logran desarrollar en cada uno de esos actos para que no haya una invasión de facultades y para que el sistema adquiera fortaleza, que mucha falta le hace adquirirla, así como consistencia para que tenga un desarrollo con cimientos y, por otra parte, que se respete la independencia competencial que tiene cada una de estas dependencias.

¿Cómo será el proceso de elaboración de normas y quiénes participarán en este?

En este punto es importante considerar que la integración de las NOM’s, la participación de todos los sectores se encuentra garantizada; que es una de las mayores virtudes de la regulación a través de las NOM’S. Por una parte, una NOM es un reglamento técnico como se conoce a nivel internacional, es decir, no son disposiciones jurídicas propiamente, no son disposiciones administrativas en su formulación, son aspectos técnicos que gozan de una amplia aportación de instituciones, de expertos, que en las diferentes materias van dándole cuerpo y contenido a la elaboración y desarrollo de las disposiciones técnicas. 

Por otro lado, lo que también garantiza que exista una integración plural es que los diferentes sectores participan de manera conjunta, la industria, las cámaras, las asociaciones que representan a las empresas, las casas de investigación, los consumidores, las dependencias públicas, hay una concurrencia de todos los sectores, donde cada uno participa y con ello se propician procesos imparciales con base en evidencias técnicas, científicas y de análisis de riesgo y mejora regulatoria. 

Entonces siempre va a estar garantizado que las disposiciones técnicas que se producen por medio de una NOM gocen de la participación de expertos representando diferentes sectores. 

Una parte importante que se ha innovado con esta legislación es que el proceso de normalización progresivo se establece claramente y ya no hay una dispersión en donde cada uno entiende como puede y como quiere el proceso de normalización. 

Una de las realidades que yo he visualizado como Director General de Normas y Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización es que con el modelo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), cada dependencia, cada sujeto desarrolla el proceso de normalización, pues como mejor entiende, pero hoy tenemos la certeza con esta nueva ley que las reglas están muy claras y los principios están muy bien definidos. Ya no habrá disparidad, porque lo que hoy se vive en el mundo de la normalización es una completa disparidad, dispersión de criterios, es como una torre de Babel donde cada quien llega y entiende lo que cree y quiere y eso difiere en ocasiones, entonces lo que da la nueva ley es consistencia, es certeza y es una posibilidad de dar seguridad jurídica a todos y cada de los que intervienen.

¿Qué beneficios trae esta legislación para los consumidores?

Los consumidores son los destinatarios finales de la ley. Ellos van a ser, sin duda, los más beneficiados y esto lo estamos previendo que sea en un transcurso de tiempo razonable, es decir, no esperamos que esto ocurra de la noche a la mañana, ni siquiera en semanas o meses. Es un trabajo arduo de política pública, de la aplicación de la ley, del desarrollo y la implementación de esta que nos va a llevar algún tiempo, pero sin duda los consumidores van a ser los más beneficiados. 

Lo anterior, porque van a recibir bienes, productos, procesos y servicios de mayor calidad, lo cual es una bonanza que podemos desde ya anunciar, porque cada uno de nosotros en nuestro papel de consumidores vamos a estar más informados, vamos a tener una posibilidad más razonada de poder definir los productos que nosotros consumimos y garantizar que estos bienes, productos, procesos y servicios sean de mejor calidad.

Por otra parte, también lograr que la industria, que transversalmente considerada, desarrolle mejores estándares también para el beneficio transversal de los consumidores. Se van a tener mejores métodos de elaboración de productos, que en ocasiones no se alcanza a vislumbrar, no se dimensiona hasta qué grado llegan; materiales fundamentales que en ocasiones sirven de materia prima o de consumo también van a gozar de una calidad mejor, porque al final cuando son utilizados son consumidos, ya sea por el usuario final o en las cadenas de valor, pues darle un mejor beneficio y desenvolvimiento al desarrollo de los productos. 

Con esto las cadenas de valores globales a las que tendremos acceso de mercados internacionales, van a ser también un incentivo que podemos ver en beneficio de todos los consumidores. Se va a adquirir de la planta productiva mexicana y de las importaciones que van a llegar del extranjero mejores productos en todos los sentidos.

¿En qué consisten los esquemas de incentivos previstos en la ley?

Efectivamente, hay un capítulo especial de incentivos, aunque hoy la LFMN no aterriza a ciencia cierta y hasta las últimas consecuencias en qué van a consistir esos incentivos lo que sí se deja a la autoridad administrativa es la posibilidad de coordinarse para que se logre esos incentivos en diferentes directrices.

Primero para la aplicación de mejores NOM’s, es importante que exista una mejor y mayor cultura de la existencia de estas regulaciones técnicas que nos faciliten todos los mejores desarrollos de bienes, productos, procesos y servicios. 

Por otro lado, también hay incentivos en cuanto a la observancia y el cumplimiento de las normas. Se tiene hoy una identificación de que las normas existentes no logran ser cumplidas, no logran ser observadas y entonces es obvio pensar que muchas veces cuando hay una pluralidad de normas; por ejemplo, el catálogo de normas mexicanas hoy está alrededor de los 700 NOM’s en México y casi más de 6000 normas mexicanas (NMX) o estándares como van a ser conocidos ahora en la nueva ley, sin embargo, vemos que en ocasiones estas no se cumplen y eso se debe en gran medida a que no existen las herramientas técnicas o jurídicas para que ellas se cumplan, ni tampoco los incentivos. 

Un incentivo es principalmente la declaración de autoconocimiento o auto declaración de conformidad, es decir, facilitar a todos los de la cadena productiva que las normas se cumplan a un costo más bajo, a un costo cero porque en ocasiones el cumplimiento de las normas que, ya sea a través de la evaluación de la conformidad o por los mecanismos de verificación, estos resultan costosos, entonces lo que se está buscando es establecer un esquema de cumplimiento a bajo costo y que eso no repercuta en un incremento de los gastos que deben generarse por parte de los fabricantes, importadores, elaboradores de productos, maquiladores, en fin todos los que intervienen en la cadena productiva.

¿Cómo se verificará el cumplimiento de las normas y los estándares y qué sucederá si existen incumplimientos o inconsistencias y qué tipo de sanciones contempla la ley?

Se establece de manera muy clara que las autoridades normalizadoras tendrán a su cargo ese trabajo de verificación y dentro de esta verificación gozan de las más amplias facultades, que van desde apercibimientos, multas, suspensiones, prohibiciones de comercialización de los bienes o de los productos, incluyendo la inmovilización de los mismos para impedir la comercialización de aquellos que no cumplen con las NOM’s de tal manera que se pueda proteger a los consumidores cuando se haya violado o inobservado el cumplimiento de estas Normas Oficiales Mexicanas. 

Obviamente todo esto será resultado de una verificación que se llevará a cabo por parte de las autoridades normalizadoras. En la propia ley señala todo este procedimiento en los artículos 146 en adelante y aquí lo que claramente podemos identificar es que se protegen los derechos de los consumidores y de los fabricantes, manufactureros de los productos, de quienes elaboran, comercializan e importan estos productos, pero a su vez también queda claro que el espíritu fundamental es que se cumpla con las NOM’s. 

Ahora, no se busca y siguiendo en un paralelismo a la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, que las autoridades desplieguen una cantidad importante de actos de verificación; al contrario, vamos a buscar que preferentemente se establezca un esquema de auto cumplimiento, que se usen las tecnologías de la información y los sistemas digitales para que a través de plataformas los destinatarios de las normas suban por medio layouts o plataformas de esquemas que sus bienes, productos, procesos y servicios están cumpliendo estrictamente con las normas y con eso podamos tener la certeza de darle mayor seguridad a los consumidores.

Ya se tiene la legislación, ¿Cuál es el paso siguiente? ¿Qué puede esperarse ahora con la implementación de esta nueva ley? 

Lo que viene ahora es una cantidad importante de actos y programas para la implementación de la ley. Por sí misma la ley va a satisfacer muy poco, no va a cambiar las cosas. Es importante implementar la legislación y establecer una serie de acciones y programas como la formulación de un reglamento.

El presidente de la república Andrés Manuel López Obrador tendrá en su momento que emitir el reglamento de la ley para hacer más eficientes en sí los detalles de cumplimiento, los de desarrollo y sin duda, en este trabajo la Secretaría de Economía tendrá un papel fundamental junto con otras dependencias y trataremos de que esto sea lo antes posible. 

Por otra parte, se tiene que desarrollar la plataforma tecnológica integral de la infraestructura de la calidad para que los diferentes  sistemas puedan conectarse e inter-operar y hacer todo este modelo mucho más acorde a las nuevas realidades que existen donde las tecnologías de la información y las herramientas digitales asumen un papel fundamental. 

Se tendrán también que desarrollar todos los lineamientos y las regulaciones internas de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad para que todos puedan desempeñar mejor su trabajo. Hay una gran cantidad de trabajo por hacer, ya que la ley impone una serie de retos, tareas y seguramente en los siguientes meses y años vamos a tener que seguir hablando de todo lo que se está implementando. 

Se debe celebrar porque esta Ley de Infraestructura de la Calidad nos da la oportunidad de poder hacer realidad los compromisos asumidos por México en el T-MEC y, por otra parte, da la oportunidad de incentivar y de impulsar la planta productiva y de facilitar el desarrollo comercial a nivel internacional y también proteger los intereses legítimos de interés público en beneficio de todos nosotros en nuestro carácter de consumidores. En un tiempo vamos a poder ver un resultado importante y gradual a todo lo que la ley nos va a regalar.


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 .  (Foto: IDC)


*Nota del editor: Las opiniones vertidas por los especialistas no necesariamente reflejan la ideología de la publicación