Se publicó en el DOF de este 21 de septiembre de 2020 un acuerdo por el que se dispone la unidad administrativa que fungirá como la Unidad Especializada en Análisis Financiero de la Fiscalía General de la República (FGR), el cual entra en vigor el 22 de septiembre de 2020.
El artículo 7o. de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece que la institución contará con una Unidad Especializada en Análisis Financiero.
Derivado de la reorganización por la que se ha pasado de la entonces PGR a la ahora FGR es que se abroga el Acuerdo A/078/13 por el que se establecía la organización y funcionamiento de la Unidad Especializada en Análisis Financiero.
La Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales, por conducto de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros, fungirá como la Unidad Especializada en Análisis Financiero referida en el citado numeral 7o. de la LFPIORPI.
La Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros ejercerá, de forma adicional a las facultades que actualmente tiene conforme a las normas jurídicas que le resultan aplicables, las previstas en los artículos 7o. y 8o. de la LFPIORPI.
A partir del 22 de septiembre de 2020 se trasfieren los recursos materiales, financieros, humanos, información, documentos, asuntos y carpetas de investigación o averiguaciones previas con los que cuenta la Unidad Especializada en Análisis Financiero, a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros. Los asuntos que estén en trámite serán resueltos en los términos que determine el titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros.
Habrá que estar al pendiente de las repercusiones que esta reorganización pueda engendrar en la práctica, las cuales serán materia de análisis.