La publicidad trae consigo múltiples beneficios para las compañías, ya que a través de ella se promociona un producto o servicio atrayendo a los consumidores a comprarlo o consumirlo; no obstante también tiene efectos negativos.
Cada día las marcas utilizan nuevos medios para propagar sus anuncios (calles, televisión, redes sociales, aplicaciones, mensajes de texto, llamadas telefónicas, etc.). Este constante bombardeo publicitario se ha vuelto abrumador y molesto, pues suele interferir con las actividades cotidianas de los consumidores. Un ejemplo de esto se ve en las denominadas “llamadas comerciales” que realizan las compañías en días y horas intempestivas para ofrecer tarjetas, seguros, viajes, etc.
Por fortuna para los consumidores en México existe una herramienta para evitar este tipo de publicidad; se denomina Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), y es operado por la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (Profeco).
A través de este canal, las personas pueden negarse a recibir publicidad comercial. De este modo, los proveedores tendrán prohibido llamarles con fines publicitarios; de lo contrario, se harán acreedores a una multa de $580.68 a $1,858,189.39 (para 2021), de conformidad con el artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor).
La inscripción en el REPEP puede hacerse a través de Internet, o bien, a través de los siguientes números telefónicos: 96 28 00 00 para las áreas metropolitanas de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey o al 800 96 28 000 para el resto de la república.
Cabe señalar que el alta en el registro se dará en un lapso de 30 días naturales siguientes a la fecha de su inscripción, por lo cual podrían seguir recibiendo publicidad durante este plazo.