Tres puntos básicos sobre el testamento

Particularidades de esta figura que no deben olvidarse

Cuentos de terror sobre finanzas.
 Cuentos de terror sobre finanzas.  (Foto: Fotos de kamnuan, CraigRJD,, Devonyu, Sergey Tinyakov de Getty Images, WIRAKORN DEELERT's Images, Trixieliko de pixabay y Anastasia editadas en Canva.)

Llegó el mes del testamento, una campaña que el gobierno federal hace en septiembre de cada año para concientizar sobre la importancia de otorgar un testamento a fin de prevenir futuros problemas y juicios. Por ello a continuación se señalan tres particularidades del testamento que no puede olvidar:

¿Testamento perpetuo?

El testamento es revocable, por lo que el interesado puede otorgar cuantos testamentos considere necesarios, pero llegado su fallecimiento solo tendrá validez el último de ellos.

¿Puede otorgarse testamento a través de un representante?

No, el testamento es un acto personalísimo; por tanto, no puede dejarse su creación, en todo ni en parte, al arbitrio de un tercero, ni hacerse por medio de un mandatario o apoderado.

¿Testamento condicionado?

El testador es libre para establecer condiciones a los herederos o legatarios para disponer de sus bienes.

Finalmente se recuerda que durante todo el mes de septiembre los notarios brindarán asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria a las personas y podrán reducir los costos del testamento.