A través del testamento una persona dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte y se caracteriza por ser unilateral, personalísimo, revocable, libre y solemne. Ello conlleva a que no se deje al arbitrio de un tercero el nombramiento de los herederos o legatarios, ni la designación de las proporciones que les correspondan.
Los testamentos tienen diversas modalidades; por ello, a continuación, se presentan las principales características de cada uno de ellos:
Ordinarios
Tipo
|
Características
|
Público abierto
|
Otorgado ante notario
|
Público cerrado
|
Escrito en papel común por el testador u otra persona a su ruego
|
Público simplificado
|
Se consigna ante notario la adquisición de una vivienda y su solar o parcela, de un inmueble destinado a vivienda o en la que se consigne su regularización por parte de las autoridades respectivas
|
Especiales
Tipo
|
Características
|
Ológrafo
|
Escrito del puño y letra del testador sin otorgarse ante fedatario
|
Privada
|
Se realiza cuando el testador es atacado de una enfermedad tan violenta y grave que no le da tiempo para que concurra notario a hacer el testamento, o cuando no hay fedatario en la población para que concurra al otorgamiento del testamento; y el realizado por los miembros del ejercito que entran en campaña o son prisioneros de guerra
|
Militar
|
Hecho en el momento de entrar en acción de guerra, o estando herido sobre el campo de batalla
|
Marítimo
|
Realizado por quienes se encuentren en alta mar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sean de guerra o mercantes
|
Hecho en el extranjero
|
Otorgado conforme a las leyes de otro país
|
Es importante destacar que no todos los códigos civiles locales reconocen las distintas clases de testamento, porque muchos han caído en desuso, regulando en su mayoría solo el testamento público abierto, cerrado y extranjero.