¿Qué debe contener un contrato de arrendamiento?

De las 5.8 millones de viviendas que son rentadas, solo 54% tiene un contrato

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 .  (Foto: iStock)

De las 35.3 millones de viviendas particulares habitadas en el país, el 16.4% (5.8 millones) son rentadas, de la cuales, solo el 54% tiene un contrato de renta vigente, lo que significa que cerca de la mitad de los arrendamientos en México carecen de garantías para salvaguardar los intereses de los arrendadores y arrendatarios, indicó la Encuesta Nacional de Vivienda (ENVI) 2020.

De acuerdo con Santiago Morales, Director de Morada Uno, startup para asesores y profesionales inmobiliarios, la asesoría legal para la redacción de un contrato de arrendamiento puede costar alrededor de $5,000, por ello, los acuerdos suelen ser de palabra o con plantillas descargadas de Google que no contienen las cláusulas y personalización adecuadas.

¿Qué es un contrato de arrendamiento?

El contrato de arrendamiento es un convenio donde las partes contratantes (arrendador) otorgan el uso y goce temporal de un bien ya sea una casa o departamento, a cambio de un precio al arrendatario, y sirve para que, en caso de una eventualidad, se ejecute el contrato ante un tribunal.

Un contrato de este tipo dura de uno a hasta 10 años en el ramo habitacional y hasta 20 años en el rubro comercial.

¿Qué contiene un contrato de arrendamiento?

El documento se incluyen las voluntades, un proemio y los datos de las partes interesadas, por ejemplo, el arrendador declara que tiene la posesión y titularidad del inmueble con datos personales como teléfono, correo y forma de contacto, mientras el arrendatario declara quién es, CURP, teléfono, número de contacto y que está dispuesto a tomar el inmueble.

Además, en el convenio se deben establecer cláusulas como:

  1. objeto del contrato: con qué fin se está celebrando
  2. destino de uso: ya sea para casa habitación, comercio, industria, bodega, etc.
  3. monto: se tiene que fijar la suma que se va a cobrar y cómo será la forma de pago
  4. vigencia: en el rubro habitacional no pueden ser menores a un año, pero tampoco pueden exceder los 10 años; en el ramo comercial, no pueden exceder de 20 años
  5. ajuste en el precio de la renta: se suele pactar también el aumento anual en la renta, intereses moratorios, subarrendamiento (o no) del inmueble, obras y reparaciones, depósito, etc.
  6. rescisión: determina las razones por las que se puede dar por terminado el contrato