Ciclistas, ¿pueden ser multados?

Obligaciones previstas en el reglamento de tránsito

El uso de bicicletas como medio de transporte se ha incrementado en los últimos años, y con ello, el número de accidentes. Si bien, la impertinencia de los automovilistas es una de las principales causas de los accidentes, también lo es que los ciclistas desconocen las medidas de seguridad que deben respetar.

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A continuación, se indican las obligaciones contenidas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México para los ciclistas:

  • circular exclusivamente donde existan vías ciclistas, excepto cuando:
    • estas vías estén impedidas para el libre tránsito a consecuencia de obras públicas o privadas, eventos que interfieran de forma temporal la circulación o cuando el flujo de ciclistas supere la capacidad de la vía
    • circulen vehículos no motorizados que tengan un ancho mayor a 0.75 m que impida la libre circulación de los demás ciclistas sobre la vía
    • se tenga que adelantar a otro usuario, y
    • vayan a girar hacia el lado contrario en el que se encuentre la vía ciclista o estén próximos a entrar a un predio
  • indicar la dirección de su giro o cambio de carril, mediante señales con el brazo y mano

Además, tienen prohibido:

  • circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, con excepción de los niños menores de 12 años y los elementos de seguridad pública que conduzcan vehículos no motorizados, salvo que el conductor ingrese a su domicilio o a un estacionamiento, en este caso debe desmontar y caminar
  • circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajero
  • detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones
  • circular por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado y donde así lo indique el señalamiento restrictivo, excepto cuando sea autorizado por la Secretaría y Seguridad Pública, quienes determinarán las condiciones y los horarios permitidos
  • circular entre carriles, salvo cuando el ciclista se encuentre con tránsito detenido y busque colocarse en un área de espera ciclista o en un lugar visible para reiniciar la marcha

Los conductores de bicicletas que no cumplan con las obligaciones, serán amonestados verbalmente por los agentes, pero el reglamento no prevé una sanción económica.