Inscriba a su negocio o empresa en el SIEM

Los comerciantes deben cumplir con este deber cada año

.
 .  (Foto: iStock)

De acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (LCEC), los comerciantes, personas físicas o morales, tienen la obligación de registrar todos sus establecimientos ante la Secretaría de Economía, en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM), el cual es una plataforma que recopila la información de las actividades comerciales e industriales en México.


¿Existe un plazo para inscribirse?

El registro debe hacerse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que el comerciante se dé de alta ante el SAT (art. 31, fracc. II, LEC).

¿El registro tiene una vigencia?

Sí, su vigencia es anual; por tanto, tiene que renovarse cada año dentro de los primeros dos meses.

Con independencia de que la inscripción aún no haya expirado, si se modifica el giro o domicilio del negocio o hay un cese parcial o total de sus actividades, se debe dar aviso en un plazo de dos meses contado a partir del suceso.

¿Cómo se efectúa el trámite?

  • de forma presencial ante las cámaras empresariales que correspondan a la región y giro del comerciante, y
  • en línea en el portal en internet denominado “SIEM Digital”

¿El trámite es gratuito?

No, conforme el “Acuerdo por el que se autoriza el monto máximo de las tarifas que las cámaras podrán cobrar por concepto de operación del SIEM”, el costo de la inscripción varía según el sector y el número de empleados, como se muestra en la siguiente tabla:

Comercial

Industrial

Número de personas

Costo

Número de personas

Costo

Hasta dos

$ 100.00

Hasta dos

$ 150.00

Tres

300.00

Tres a cinco

350.00

Cuatro o más

640.00

Seis o más

670.00


¿Cuáles son los requisitos para obtener el registro?

El interesado deberá presentar una solicitud indicando la siguiente información relacionada con su actividad comercial:

  • datos generales: nombre, denominación social, RFC, nombre comercial y ubicación

  • datos de contacto del establecimiento para negocios: nombre, puesto, teléfono, email y sitio web

  • perfil general de la empresa: fecha de inicio de operaciones; tipo de empresa (única, matriz o sucursal), actividad principal, tipo de instalaciones (fijas o semifijas), ámbito de operación (local, estatal, nacional o internacional), indicación sobre si exporta o importa y rango de ventas anuales netas, número de personas que trabajan en el establecimiento y áreas de atención

  • url de las redes sociales, y

  • cámara en la que en su caso esté afiliado

Sobre este último punto, es importante precisar que la LCEC en ninguna de sus disposiciones señala que la afiliación a las cámaras es obligatoria; por ende, los interesados tienen la libertad de decidir si
se agrupan o no a ellas, sin que esta decisión afecte el trámite de inscripción en el SIEM.


¿Cuál es la sanción por no inscribirse?

El incumplimiento de este deber, será castigado por la SE con una multa de 200 a 600 veces el valor de la UMA ($ 20,748.00 a $ 62,244.00 para 2023), y en caso de reincidencia será por el doble del monto anterior.

Comentarios finales

Los datos recabados únicamente son utilizados por el gobierno para el desarrollo y planeación de estrategias relacionadas con la política empresarial, así como para la promoción e integración de nuevas actividades económicas en el país; quedando prohibido emplearse como prueba ante la autoridad administrativa o fiscal, en juicio o fuera de él.