Por qué los activos virtuales no se consideran moneda de curso legal

A diferencia de otros países, en México no se considera moneda nacional

Aunque el uso de criptomonedas se ha vuelto muy popular en los últimos años, en México no se les reconoce como moneda de curso legal, pero ¿a qué se debe? A continuación los detalles.

El marco jurídico nacional las denomina “activos virtuales”, los cuales, en términos del artículo 30 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, se definen como: toda representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos

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Sin embargo, este mismo ordenamiento dispone que en ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional, las divisas, ni cualquier otro activo denominado en moneda de curso legal o en divisa.

De acuerdo con el Banco de México (BM), este tipo de activos solo pueden ser operados por las instituciones de tecnología financiera (Fintech) y otras instituciones financieras, las cuales previo a que los usuarios contraten algún tipo de servicio, les deberán alertar sobre:

  • los riesgos que existen por celebrar operaciones con los activos virtuales 
  • que el activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldada por el gobierno federal ni el BM
  • la imposibilidad de revertir las operaciones una vez ejecutadas
  • la volatilidad del valor del activo virtual, y
  • los riesgos tecnológicos y cibernéticos y de fraude inherentes a los activos virtuales

Por último, se debe precisar que el BM en repetidas ocasiones ha mencionado que se debe mantener una sana distancia entre los activos virtuales y el sistema financiero y que no se debe financiar al público con dichos activos.