Avisos antilavado: forma de pago en compraventas con créditos hipotecarios

Si el cliente utilizó un crédito bancario para pagar el inmueble se debe poner la forma de pago que el banco empleó para pagarle a la inmobiliaria

Realizamos una venta de un inmueble que fue pagado a través del banco en virtud de un crédito hipotecario. Para efectos de la presentación del aviso, 

debo colocar en el campo forma de pago la opción “préstamo o crédito” y en el instrumento monetario “orden de pago”



No, solo se pide que se registre el instrumento monetario por el que se liquidó el crédito, este instrumento se refiere al que el banco utilizó para realizar el pago, por ejemplo, efectivo o transferencia; si el cliente utilizó un crédito bancario para pagar el inmueble se debe poner la forma de pago que el banco empleó para pagarle a la inmobiliaria.