Jurisdicción voluntaria: resolviendo asuntos sin conflictos

Un procedimiento legal que se presenta como una herramienta eficaz para resolver diversos asuntos legales sin litigios

.
 .  (Foto: Pexels, Diseño elaborado en Canva con elementos de Timur Weber de Pexels y sketchify)

Cuando surge la necesidad de resolver asuntos que requieren la intervención judicial, pero no existe un conflicto legal entre las partes involucradas, se recurre a la jurisdicción voluntaria. La utilidad de esta figura radica en que a través de ella pueden abordarse una variedad de situaciones en las que se requiere el reconocimiento o validación de ciertos hechos o derechos, o  bien, la ejecución de actos legales; por ejemplo, la acreditación de identidad, el reconocimiento de contenido y firmas en contras, el nombramiento de tutores o la realización  de notificaciones. 

Con la publicación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, se ha establecido un procedimiento único para la jurisdicción voluntaria en todo el país, y aunque hasta la fecha ninguna entidad federativa lo ha aplicado, se prevé su pronta implementación. En ese contexto, se destacan los aspectos fundamentales de la jurisdicción voluntaria bajo este  nuevo código, haciendo una comparativa con la regulación actual en la Ciudad de México y el Estado de México.

¿Qué es la jurisdicción voluntaria?

En términos simples, la jurisdicción voluntaria abarca todos los actos que por ley o a petición de parte, requieren la intervención de la autoridad jurisdiccional. Sin embargo, es importante destacar que no debe existir ni haberse iniciado un conflicto litigioso entre los interesados.

Asuntos que pueden tratarse por jurisdicción voluntaria

El artículo 425 del CNPCF detalla los casos en que podrán tramitarse la jurisdicción voluntaria:

  • para demostrar algún hecho o acreditar algún derecho: por ejemplo, para acreditar el cumplimiento de un contrato mediante la consignación de pago de una deuda 
  • cuando se pretenda justificar la posesión como medio para acreditar el dominio pleno de un inmueble o derecho real
  • para acreditar la posesión o propiedad de vehículos por medio de testigos, siempre que no cuente con reporte de robo u otros ilícitos
  • cuando se busque comprobar la posesión de un mueble
  • para acreditar hechos conocidos o situaciones jurídicas. Este tipo asuntos puede practicarse también por los notarios públicos
  • en cualquier otro que solo tenga interés el interesado

Este listado, no es limitativo, pudiendo llevarse por jurisdicción voluntaria una infinidad de asuntos en los que no haya necesidad de litigio. Además, el dispositivo  424 del CNPCF, indica que a través de esta vía también podrán realizarse notificaciones o emplazamientos que son necesarios en procesos extranjeros.

Procedimiento de la jurisdicción voluntaria

Conforme a los artículos 426 al 429 del CNPCF, el proceso de jurisdicción voluntaria deberá iniciarse por escrito ante el juez competente en el domicilio del interesado. En el caso de bienes inmuebles, se presentará ante el juez competente en el lugar donde estén ubicados. La solicitud tendrá que reunir los siguientes requisitos:

  • nombre y domicilio de quien promueve, y en su caso, de las personas que deban ser citadas
  • especificar la providencia solicitada
  • hechos que fundamenten la solicitud
  • pruebas que ofrezca, y
  • firma del interesado

Si para la resolución del trámite no se requiere la intervención de una persona distinta a la que promueve, el procedimiento será el siguiente:

  • el interesado comparece ante el juez y expresa la causa por la que requiere de la intervención judicial
  • si por la naturaleza de lo solicitado es necesario, ofrecerá las informaciones, dictámenes o pruebas para que se gestione su solicitud
  • se celebrará audiencia en donde se admita la solicitud y en ella el juez recibirá las pruebas ofrecidas y, en su caso, las admitirá y dictará sentencia

Si para el trámite se requiere de la comparecencia de un tercero, se observará llo siguiente:

  • el interesado comparece ante el juez y expresa la causa por la que requiere de la intervención judicial. Además expresará el nombre y domicilio del tercero
  • si por la naturaleza de lo solicitado es necesario, ofrecerá las informaciones, dictámenes o pruebas para que se gestione su solicitud
  • se emplazarán a las personas que tengan interés para una audiencia que se celebrará en el término de tres días
  • se celebrará audiencia en donde se admita la solicitud y en ella el juez recibirá las pruebas ofrecidas y, en su caso, las admitirá y se dictará sentencia

Vista al ministerio público y sospecha de delitos

En situaciones que involucren el interés público o los derechos de niños, niñas y adolescentes, se notificará al Ministeri Público para su intervención obligatoria. Además, si el juez o notario detectan indicios de que que la jurisdicción voluntaria se está utilizando para despojar inmuebles, defraudar al fisco o cometer otro delito, suspenderán el trámite y se notificará al ministerio público.


Oposición

El procedimiento podrá concluir si una parte legítima presenta una oposición, pero deberá hacerse antes de la ejecución del acto objeto de la jurisdicción voluntaria, de lo contrario se desechará.


.
 .  (Foto: IDConline)




Modificación de las providencias

En el ámbito de jurisdicción voluntaria, el juez no emite una sentencia, en cambio, dicta una resolución que establece las providencias necesarias para cumplir con la solicitud presentada. Estas providencias pueden ajustarse en cualquier momento, siempre que hayan cambiado las circunstancias que llevaron a su emisión.


Jurisdicción voluntaria por notario

El CNPCF confiere a los notarios la facultad de participar en los procedimientos de jurisdicción voluntaria. En este sentido, es importante destacar que esta adición implica la restitución al notariado de una función que había tenido en el pasado y que posteriormente fue exclusiva de los jueces. A la fecha, algunos estados como Chihuahua, Ciudad de México, Estado de México y Veracruz ya contemplan esta posibilidad en sus códigos de procedimientos civiles; no obstante, con la entrada en vigor del nuevo código, esta facultad será aplicable en todo el territorio.

Y es que, actualmente las funciones desempeñadas por la autoridad jurisdiccional en los procedimientos de jurisdicción voluntaria son similares a las atribuidas por las leyes notariales a los notarios, específicamente, por lo que hace a su facultad de autenticar hechos.


Comparativa con la CDMX y el Estado de México

La creación de un código nacional de procedimientos estandariza los trámites de jurisdicción voluntaria en todo el país. A diferencia de la legislación de la CDMX y el Estado de México, el CNPCF, detalla las situaciones a las que se será aplicable esta figura, los casos en que intervendrá el ministerio público, así como los requisitos concretos para su promoción. Para hacer más comprensibles las diferencias, se presenta la siguiente tabla:


Aspecto

Código nacional

Código de la CDMX

Código del Estado de México

Amplitud y enumeración de casos

Amplia y detallada enumeración de casos específicos de jurisdicción voluntaria.

Menciona casos generales sin enumerar detalladamente situaciones aplicables

Casos generales sin enumeración detallada.

Requisitos de promoción

Requisitos específicos detallados, incluyendo información sobre el promovente, providencia solicitada, hechos, pruebas y firma

No especifica requisitos detallados 


Intervención del ministerio público

Interviene en casos específicos, como asuntos relacionados con menores y en situaciones de interés público

No se menciona su intervención en casos específicos

Variación de providencias

Permite la  modificación de providencias sin sujeción estricta a términos y formas de la jurisdicción contenciosa


Permite la variación sin sujeción estricta, excluyendo autos con fuerza de definitivos.

No se especifica en el texto proporcionado.

Comentarios finales

Entender la jurisdicción voluntaria no es solo cosa de abogados; es una vital para resolver problemas legales de forma rápida y sin complicaciones. Esto no solo es útil en términos legales, sino que ayuda a las personas a manejar situaciones en las que no hay pelea legal.

Ahora, la implementación de un procedimiento únic en todo el país, gracias al CNPCF promete simplificar y agilizar los procesos legales. Además, la posibilidad de llevar este trámite en línea o con un notario sin ugar a dudas ahorrará tiempo a los interesados, aunque hay diversos desafíos, como adaptar las reglas a las capacidades y costumbres locales, que deben enfrentar las entidades federativas.

En conclusión, la jurisdicción voluntaria, en manos informadas, se convierte así en una herramienta poderosa para la resolución ágil de asuntos de la vida cotidiana.