Justicia más accesible: Ley General de Mecanismos Alternativos de Controversias

Descubra la nueva ley MASC; un análisis de su desarrollo, contenido y alcances

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 .  (Foto: Getty, Diseño elaborado en Canva con elementos de Michał Chodyra de Getty Images y Icons8 Photos)

Todas las relaciones humanas enfrentan algún tipo de desafío. Aunque las personas pueden recurrir a las autoridades judiciales para resolver sus diferencias, es esencial ofrecer alternativas más accesibles para solucionar problemas cotidianos de manera rápida y amigable.

En México, en 2008, se reconoció por primera vez a nivel federal la justicia alternativa como un derecho humano, al establecer en el artículo 17 constitucional, que las leyes incluirán mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC). Desde entonces, diversas entidades federativas han legislado en esta área.

En 2014, se promulgó la Ley Nacional de Mecanismos de Solución de Controversias, aplicable exclusivamente a la materia penal. En 2017, una reforma constitucional otorgó al Congreso de la Unión la facultad de expedir una ley general para los MASC, abarcando todas las materias excepto la penal.

A pesar del plazo iniciar de 180 días, transcurrieron más de seis años y una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que, finalmente, el 26 de enero de 2024, se diera a conocer en el DOF la Ley General de Mecanismos de Solución de Controversias (LGMASC). 

Esta ley, de observancia general en todo el territorio nacional, unifica criterios de certificación de las personas involucradas en la justicia alternativa, los procesos de los MASC y los efectos de los convenios resultantes. Compuesta por 134 artículos, la LGSMASC aborda aspectos fundamentales que se detallarán a continuación.

En qué consisten los MASC

Los MASC, son procesos extrajudiciales que buscan la resolución voluntaria y pacífica de disputas actuales o futuras, fomentando acuerdos beneficiosos para ambas partes, y se centra en lograr la conciliación mediante concesiones mutuas.

Participantes y derechos en los MASC

Pueden acudir a las MASC las personas físicas o morales que enfrentan conflictos o busquen prevenirlos en el futuro. Además, las dependencias públicas, empresas productivas del Estado y los órganos constitucionales autónomos, tienen la opción de utilizar estos mecanismos a través de sus titulares.

La participación de niños, niñas y adolescentes en los MASC es posible, siempre y cuando sea de su voluntad, esté en su mejor interés, no vulnere sus derechos y cuente con la asistencia de un especialista en derechos de la niñez.

Para adultos mayores y personas con discapacidad, se requieren formatos alternativos que garanticen equidad y accesibilidad, facilitando así el ejercicio pleno de sus derechos y capacidad jurídica.

Dentro de los procesos de MASC, las partes tienen derechos como recibir información completa sobre los mecanismos, ser tratadas de manera igualitaria y respetuosa, y solicitar la revisión de convenios para evitar violaciones a disposiciones de orden público o derechos indisponibles. Asimismo, tienen deberes, como asistir y participar en las sesiones, mantener un comportamiento respetuoso, informar sobre procesos judiciales relacionados con la controversia, divulgar hechos modificativos durante las sesiones y cumplir con los convenios resultantes de los MASC en los que participen.

Tipos de MASC

Los tipos de MASC para la resolución amigable de disputas incluyen:

  • negociación: este proceso implica que las partes involucradas, ya sea directamente o con intermediarios, busquen soluciones a través del diálogo para resolver una disputa o conflicto con la ayuda de un facilitador

  • negociación colaborativa: en este caso, las partes buscan resolver su conflicto de manera pacífica y equitativa con la asesoría de abogados colaborativos. El diálogo es clave, y si es necesario, se puede contar con el apoyo de terceros

  • mediación: un procedimiento voluntario en el cual las partes acuerdan resolver total o parcialmente una disputa de manera pacífica, con la asistencia de un tercero imparcial llamado facilitador. Si participan dos o más facilitadores, se denomina comediación

  • conciliación: en este procedimiento voluntario, las partes acuerdan resolver total o parcialmente una controversia con la asistencia activa de un facilitador, y

  • arbitraje: una alternativa a la jurisdicción estatal, donde las partes, de manera voluntaria a través de un acuerdo, someten sus diferencias a un árbitro. Este árbitro emite un laudo de acuerdo con las normas establecidas en el Código de Comercio, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, y los Tratados Internacionales pertinentes

Centros de mecanismos alternativos de solución de controversias

Habrá centros públicos y privados de mecanismos alternativos de solución de controversias para la aplicación de MASC. En ambos, se designarán profesionales que desempeñen roles específicos:

  • facilitadores: personas certificadas por el poder judicial federal o local para fomentar la comunicación y resolución de controversias 

  • abogados colaborativos: licenciados en derecho certificados por el poder judicial federal o local, capacitados para participar en procesos de negociación colaborativa con el objeto de encontrar soluciones beneficiosas en conflictos

Además, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y los tribunales de justicia administrativa de las entidades federativas también desempeñarán un papel importante en la resolución de controversias de manera amigable dentro de los procedimientos contenciosos en materia administrativa.

Los facilitadores contarán con fe pública para celebrar los convenios, certificar copias de documentos y expedir copias certificadas de convenios y demás documentación resguardada en su archivo.

En los centros privados, los facilitadores acordaran con ambas partes sus honorarios, evitando que resulten excesivos o desproporcionados y garantizando que la cuantificación no cause un daño o lesión evidente.

Procedimiento de los MASC

Solicitud

Los interesados en acceder a un MASC pueden realizar la solicitud de forma verbal, escrita o en
línea ante los centros públicos o privados. La solicitud incluirá los datos generales de la persona interesada, incluso los nombres y datos de localización de las demás personas que serán convocadas a participar.

La facilitadora abrirá un expediente e invitará a la contraparte, incluyendo en la invitación información como nombre de las partes, domicilio y dirección electrónica; explicación de la naturaleza de los MASC; día y lugar de la celebración de la sesión; nombre y firma de la facilitadora y lugar y fecha de expedición.

Sesiones

Las sesiones para resolver el conflicto se llevarán a cabo en presencia de todas las partes, personalmente o por conducto de sus apoderados, pudiendo contar con personas con conocimientos especializados o peritos. Se permiten recesos durante la sesión, y en caso de fuerza mayor y por acuerdo de las partes, el facilitador puede diferir la sesión hasta por dos ocasiones.

Plazo de resolución

Si el MASC deriva de un proceso judicial, los plazos para resolver el conflicto se sujetarán a las leyes aplicables. Si no deriva de un proceso jurisdiccional, se resolverá en sesiones, pero en ningún caso excederá de tres meses, salvo solicitud de ampliación del plazo.

Conclusión anticipada

El mecanismo puede concluir anticipadamente por diversas razones, como revelar información confidencial, ausencia no justificada en dos sesiones consecutivas, manifestación de voluntad de alguna de las partes, argumentos que impidan continuar, comportamiento irrespetuoso, agresivo o dilatorio, o en caso de fallecimiento.

Convenio

En caso de acuerdo, se celebrará un convenio que incluirá:

  • lugar y fecha de celebración
  • nombre, edad, nacionalidad, estado civil, profesión y domicilio de cada parte
  • si son personas morales, la documentación que acredite su existencia y representación
  • número de folio o identificador del convenio
  • las cláusulas a las que se sujetarán las partes que contengan obligaciones de dar, hacer o no hacer, así como la forma tiempo y lugar de cumplimiento
  • fecha y firma autógrafa, electrónica avanzada o huella digital de cada una de las partes
  • si el convenio versa sobre derechos de menores de edad, se incorporará el nombre y firma autógrafa o electrónica avanzada de la persona del centro que valide el convenio
  • efectos del incumplimiento y las formas de obtener su cumplimiento en la vía judicial
  • nombre, número de certificación y firma autógrafa o electrónica avanzada del facilitador, y en su caso la cédula profesional 
  • si el facilitador no es abogado, el convenio puede acompañarse de la firma de un licenciado
  • en derecho a efectos, de que haga constar la revisión técnico-jurídica del mismo

Registro de los convenios

Los convenios, una vez firmados por las partes, serán enviados al Sistema de Convenios en un plazo máximo de 10 días hábiles para su inscripción.

El sistema llevará a cabo una revisión para garantizar que no existan incumplimientos legales. En caso de identificar deficiencias, se requerirá al facilitador para subsanarlas en un plazo máximo de 10 días hábiles. 

Si no se corrigen las irregularidades en este periodo y no se justifica la demora, se instará a las partes a subsanar directamente el convenio en el centro donde fue firmado. Si aun así no se atiende la prevención, se considerará que el convenio no ha sido presentado y no será inscrito.

El sistema de convenios tendrá un máximo de 30 días hábiles para inscribir el documento y asignarle un número de registro. También podrán ser anotados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio (RPPC), únicamente por la expresa voluntad de las partes; esta posibilidad se materializa cuando el convenio contemple un acto que, de acuerdo con la ley, deba constar en escritura pública.

Efectos del convenio

Los convenios inscritos en el sistema de convenios tendrán efectos de cosa juzgada. Aquellos registrados en una entidad federativa, serán ejecutables en cualquier otra, cuando se acredite que cumplen con los requisitos de fondo y forma.

Convenio involucrando personas vulnerables

Los convenios suscritos por facilitadores privados que involucren derechos de niñas, niños y adolescentes, derechos de terceros, derechos de personas víctimas de violencia o personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, deberán ser presentados en el centro público de mecanismos alternativos de solución de controversias, para su revisión y validación. El titular del centro cuenta con un plazo máximo de 30 días hábiles, a partir de su recepción, para validar estos convenios.

Convenio sobre trasmisión de derechos reales

En caso de convenios que aborden obligaciones relacionadas con la constitución o modificación de derechos reales o garantías sobre inmuebles, se deberán cumplir los requisitos de forma establecidos por la ley respectiva.

Cuando las partes hayan cumplido con las obligaciones acordadas en el convenio podrán solicitar a la persona facilitadora que informe al RPPC la cancelación de las anotaciones que se hayan realizado, si las hubiere. 

Es importante destacar que las anotaciones preventivas de los convenios derivados de los MASC estarán sujetas a caducidad, la cual no podrá exceder de tres años.

Convenios en materia familiar

En el ámbito familiar, los convenios podrán ser modificados cuando cambien las circunstancias que motivaron su celebración, especialmente en lo referente a la obligación de alimentos, únicamente en términos de monto, forma o cancelación. Esto también aplica para aspectos como la guarda y custodia, así como el régimen de visitas y convivencias. 

Convenios con obligación de alimentos 

Los convenios que impliquen la obligación de proporcionar alimentos, con la condición de que la persona deudora alimentaria sea titular registral de un inmueble, podrán dar lugar al cierre de registro.

Procesos de justicia restaurativa

Los procesos de justicia restaurativa no solo están destinados a gestionar conflictos, sino se centran en reconocer y reparar los daños generados. 

Estos procesos, compuestos por sesiones, encuentros y métodos especializados, buscan restaurar emocional, material y socialmente a las partes afectadas integrándolas en su entorno para evitar futuros conflictos.

En estos procesos se destaca su flexibilidad metodológica pues permiten que, bajo la evaluación de personas facilitadoras especializadas según la naturaleza del conflicto, se utilice cualquier método que produzca resultados restaurativos.

La coordinación de especialistas en diversas disciplinas garantiza una atención integral, velando por el bienestar psicológico y emocional de las partes involucradas.

Los procesos de justicia restaurativa también pueden incluir la implementación de justicia terapéutica, para el acompañamiento, guía e interacción de terapeutas con las personas involucradas en el conflicto, para fomentar su bienestar físico, psicológico y emocional.

MASC en materia administrativa

Se implementó un protocolo que permite y regula el uso de los MASC ya sea durante los procedimientos administrativos o la sustanciación de los procesos de justicia administrativa y la ejecución de sentencias.

Al referirse al ámbito administrativo, esto implica la aplicación de los MASC a diversos cuerpos normativos como la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, Ley Agraria, Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, Ley Federal de Protección a la Propiedad industrial, Ley General de Salud, Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, entre otros.

La autoridad administrativa deberá autorizar, a través de un dictamen técnico-jurídico la viabilidad de aplicar los MASC. Los tribunales de justicia administrativa ya sean federales o locales, serán los encargados de promover el uso de estos mecanismos.

Para obtener detalles sobre este procedimiento, le recomendamos revisar la nota “Listos mecanismos alternativos de solución de controversias” de la sección de fiscal de este boletín. 

Supletoriedad

El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares actuará como norma supletoria de la LGMASC, y los procedimientos de arbitraje, seguirán las pautas establecidas por dicho código y el Código de Comercio.

Entrada en vigor

La LGMASC entró en vigor el 29 de enero de 2024. A partir de esta fecha, los congresos locales tendrán un plazo máximo de un año para armonizar sus normativas con la ley.

No obstante, los procedimientos de MASC iniciados antes de la entrada en vigor continuarán su tramitación de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en su momento de inicio.

Comentarios finales

Desde su incorporación al marco jurídico mexicano, los MASC buscan transformar la justicia ordinaria guiada por procedimientos formales; no obstante, persiste una considerable brecha para adoptar la cultura de la paz y la negociación como enfoques principales para resolver conflictos. A medida que estos mecanismos alternativos se fortalezcan y se amplíe el acceso a ellos, se consolidará la solución pacífica de disputas.