¿Cambios en el mundo del fútbol?

Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo podría redimensionar el negocio y deporte

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio a conocer que las normas de la Federación Internación de Fútbol Asociación (FIFA) y de la Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol (UEFA) sobre la autorización previa de las competiciones de fútbol de clubes, como la Superliga, violan el derecho de la Unión Europea. 

Se establece que la organización de competiciones de fútbol de clubes y la explotación de los derechos de difusión son actividades económicas. Además de que cuando una empresa con posición dominante está facultada para determinar las condiciones en las que empresas potencialmente competidoras puedan entrar al mercado está abusando de su posición dominante; situación que se verifica con la FIFA y la UEFA

Las normas de autorización, control y sanción no están justificadas, pues deben fijarse criterios que garanticen la transparencia, no discriminación y proporcionalidad. 

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¿Se aprueba la Superliga?

El TJUE aclara que no se pronuncia en su sentencia sobre el proyecto en específico, sino de forma general sobre las reglas de la FIFA y la UEFA. Existe una fuerte oposición por parte de varios clubes y asociaciones, otros más han sido más herméticos en su postura. 

En abril de 2021 fueron 12 los clubes que anunciaron la conformación de propia competición privada y con un enorme potencial comercial. En ese momento, FIFA y UEFA amenazaron con sancionar a quienes participaran de ese proyecto. 

En Reino Unido sectores de aficionados de varios equipos llevaron a que muchos equipos se separaran del proyecto. No obstante, la European Superleague Company impuso ante el Juzgado de lo Mercantil no.17 de Madrid, una acción contra FIFA y UEFA por considerar que las normas sobre autorización de las competiciones y explotación de los derechos de difusión contravienen el derecho de la Unión Europea. 

Al presentarse el cuestionamiento sobre si estos entes ostentan una posición monopólica, el juzgado español decidió plantearlo ante el TJUE, cuya determinación se conoció y que generará diferentes reacciones tanto deportivas, como comerciales y jurídicas. 

La empresa organizadora de la Superliga, A22 difundió el formato del torneo que involucraría a 64 equipos, tendría trees divisiones y dos fases (una de liga y otra de eliminación directa) con 14 partidos por temporada para cada escuadra y que sería transmitido vía streaming gratuitamente. Se fijó que el acceso a la competencia sería gratuito y con base en los méritos en los torneos locales y que las ganancias serían distribuidas exclusivamente entre los clubes. 

¿Qué sigue?

Esta resolución puede representar un cambio significativo en cómo se desarrolla este deporte, como lo fue en la década de los 90´s, el caso Bosman, que cambió las normas de varias asociaciones europeas que al restringir la libre contratación de jugadores contravienen normas laborales y comerciales de la Unión Europea. A nivel continental existen diversos instrumentos de competencia económica que los miembros deben respetar.

En los próximos meses se desarrollarán singulares contiendas en las “canchas” deportivas, pero también legales, ya que algunos representantes del gobierno británico han apuntado a que se expedirá una legislación especial para prohibir a los equipos de la isla participar en torneos “paralelos”. Al no pertenecer más a la Unión Europea por el Brexit, el Reino Unido puede tomar otras medidas.

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