¿Fraude en tiempo compartido? Derechos de consumidores en
vacaciones

¿Fraude en tiempo compartido? Derechos de consumidores en
vacaciones

Conoce los derechos que tienes como consumidor al viajar en vacaciones o comprar tiempos compartidos
Si entre tus planes de vacaciones está un viaje, recuerda que como consumidor tienes ciertos derechos estipulados en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), y es que incluso como turista, gozas de derechos "irrenunciables" que si o sí tienes que conocer.
Si bien, al salir de vacaciones hay diferentes servicios que puedes adquirir, la compra de boletos de avión, autobús o tiempos compartidos son de los más populares, pero ¡ojo!, también de los que más problemas pueden registrar.
Cifras del Consejo Ciudadano de la Ciudad de México revelaron que solo en el primer semestre de 2021, los fraudes por agencias de viaje aumentaron de 37 a 57, y de las denuncias, 76 % fueron por problemas con planes vacacionales, 10 % por boletos de avión y 3.4 % por reservas de hoteles y tiempos compartidos.
Respecto al monto de los fraudes, el 46 % rondó una cifra de entre $5,000 y 20 mil pesos, el 25 % entre 20 mil y 50 mil, y el 15 % de $900 a 5 mil pesos, en tanto las estafas de “montaviajes” aumentaron 54 %, destacaron cifras del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la CDMX.
Según el artículo 64 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, consiste en poner a disposición "el uso, goce y demás derechos que se convengan sobre un bien o parte del mismo, en una unidad variable dentro de una clase determinada, por períodos previamente convenidos, mediante el pago de alguna cantidad".
Asimismo, el artículo 65 de la LFPC refiere los lineamientos en los que la venta o preventa de un tiempo compartido pueden realizarse; y aunque existen diferentes tipos, destaca que esta modalidad de hospedaje puede ser aprovechado por terceros para cometer fraudes.
Por lo anterior, es indispensable recordar que como consumidores tenemos derecho a recibir información clara y veraz, sobre costos totales y especialmente en lo relativo a términos y condiciones que suelen estipularse en los contratos, ya que de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), "el proveedor no debe aplicar cargos sin consentimiento".
Al respecto, en un comunicado fechado al 13 de abril de 2025, la Profeco recomendó que antes de firmar cualquier contrato, se compruebe que el proveedor tenga su contrato de adhesión registrado ante la Profeco, y evitar la firma si contiene una cláusula de renunciar al derecho de cancelación.
La Profeco recordó a los consumidores que pueden cancelar su contrato con el proveedor, pero ojo, esto es si se solicita dentro en los primero cinco días hábiles siguientes a la firma, ya que pasado el plazo, el proveedor podrá aplicar las penas establecidas.
En el caso de los tiempos compartidos, si el proveedor no puede prestar el servicio por causas no imputables, los consumidores tienen derecho a recibir alojamiento alternativo en el mismo destino, en un desarrollo de categoría y calidad similar o mejor, de lo contrario, se deberán cubrir los gastos de traslado comprobables para llegar al establecimiento y su regreso.
Hablando de traslados, en un comunicado fechado al 15 de abril de 2025 la Procuraduría Federal del Consumidor compartió que las "líneas de autobuses deben respetar precio, horario y tipo de servicio establecido en el boleto", así como:
Para lo anterior, es necesario que el usuario conserve el boleto, el cual debe contener razón social, fecha del viaje, número de asiento, origen y destino, precio total y tipo de servicio; mientras que en el el caso de transporte aéreo, las compañía aéreas puede ofrecer servicios adicionales pero obligar a los consumidores a comprarlos.
Entre los derechos con los que cuentan los consumidores están:
En relación a los retrasos y demoras, la Profeco aseguró que la aerolínea debe compensar al pasajero; si el retraso fue superior a una e inferior a cuatro horas, proporcionar descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas.
En caso de que el retraso haya sido mayo a dos horas, pero menor a cuatro, el descuento será de al menos el 7.5 % del precio del boleto, pero si supera las cuatro horas o se cancela, el pasajero podrá pedir el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25 %.
Tomando en cuenta lo anterior, la Profeco aconseja que, antes de firmar cualquier contrato para viajar en vacaciones, se revise y ponga atención en los términos y condiciones, y e n caso de incumplimiento del proveedor, presentar una queja a través del Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 y 800 468 8722.