Un resultado positivo en una prueba antidopaje puede cambiarlo todo. Para un deportista de alto rendimiento, un falso positivo no solo significa perder una competencia internacional, también puede truncar su carrera, afectar su honor y reputación, y generar un daño moral difícil de reparar.
En México, la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), a través de su Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje, es la encargada de practicar estas pruebas. Por eso, resulta crucial preguntarse: ¿Qué pasa cuando una persona asegura que fue víctima de un error en el laboratorio? ¿Quién debe probar la diligencia con la que se realizó el análisis?
Caso CONADE vs deportista mexicana: La disputa por daño moral
Una atleta mexicana demandó a la CONADE en un juicio ordinario civil, reclamando una indemnización por daño moral al considerar que un falso positivo en su prueba antidopaje le impidió participar en los juegos olímpicos.
El juez de primera instancia condenó a la institución, la apelación confirmó y, finalmente, la CONADE promovió un amparo directo, argumentando que no era correcto exigirle la carga de la prueba sobre su actuación. El asunto llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de la Nación (SCJN).
SCJN: CONADE debe probar su diligencia en antidopaje
Para el alto tribunal, la CONADE tiene la carga de acreditar que actuó con debida diligencia en la realización de pruebas antidopaje cuando una persona deportista reclama un falso positivo por negligencia.
Y es que, el impacto social y personal de un positivo en pruebas de dopaje es tan alto que no basta con que la autoridad se defienda de manera pasiva; debe demostrar activamente que cumplió con los protocolos.
Se busca proteger la dignidad, integridad, salud y seguridad de los atletas, quienes son ejemplos sociales y culturales. En otras palabras, la facilidad probatoria de la comisión y el interés público justifican que la carga recaiga en la institución y no en la persona deportista afectada.

La jurisprudencia emitida por la Corte marca un antes y un después para los deportistas que denuncien falsos positivos en antidopaje, porque no deben reconstruir por completo la operación del laboratorio, basta con que acrediten el daño y señalen la existencia del falso positivo, para que la CONADE exhiba toda la documentación técnica que sustente el resultado de la prueba.