Los ahorros olvidados

En México que somos un país con una cultura financiera desigual y que necesita de promoción y educación a varios niveles y estratos

Un día de octubre comenzó a pasarse la voz de que ahora iban por los ahorros, ¿quiénes?, ¿el gobierno?, ¿los diputados?, ¿qué pasa ahora?, y varios familiares me llamaron para preguntarme de qué se trataba eso de tomar el dinero de las cuentas de ahorro. Así, lo primero que les respondí es que se trata de una práctica común e internacional. Cuando las cuentas bancarias y de valores, no solamente las de ahorro, quedan inactivas después de algunos años se consideran “abandonadas” y el dinero que hay en ellas pasa a una cuenta del Estado.

En México, hasta antes de la reforma recientemente aprobada por la Cámara de Diputados, cuando las instituciones bancarias identificaban una cuenta inactiva por 6 años, estos recursos pasaban a una cuenta concentradora de gobierno para destinarse a la beneficencia pública.

Lo nuevo que propuso la bancada de Morena fue modificar el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito y su régimen transitorio para que los recursos de cuentas que ya están en calidad de “abandonadas” en lugar de utilizarse para la beneficencia pública se dediquen a fortalecer a las policías federales, estatales y municipales.

Además, proponen que una vez aprobada por el Senado esta reforma, se reduzca de seis a tres años el tiempo en que una cuenta inactiva permanece en la institución bancaria de origen, para que ese dinero sea enviado a una cuenta concentradora de gobierno. Y de acuerdo al monto que se trate sea el uso público que se le asigne.

Cuando la cuenta reporte un saldo no mayor al equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización (UMA), exactamente $ 51,958.8 pesos con el valor asignado para este año 2022 a la UMA, se destinará a la beneficencia pública. Y cifras superiores a esta cantidad de dinero se dedicarán a la seguridad pública en porcentajes previstos en los artículos transitorios de la reforma.

Federación

50 %

Estados

30 %

Municipios y alcaldías de la CDMX

20 %

El líder de la bancada de Morena en la Cámara de Diputados, Ignacio Mier Velasco, expuso a los medios de comunicación que hay al menos 10 mil millones de pesos que podrían sumarse a los presupuestos de seguridad, incluso puso como ejemplo del uso de estos recursos adicionales la adquisición de uniformes, botas y chalecos. Aunque la iniciativa aprobada no incluye estas asignaciones.

El Boletín No. 2794 de la Cámara de Diputados retoma de la exposición de motivos de esta iniciativa ya votada a favor que “no se está proponiendo disponer de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados, sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito, es decir, que haciendo transcurrido seis años que marca la ley, no fueron ni podrán ser reclamados por lo que no se afectan las garantías constitucionales”.

Y respecto a los tiempos, las instituciones bancarias quedan obligadas a informar de los recursos a la beneficencia pública y a la dependencia responsable de la seguridad pública en un plazo máximo de 15 días, contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto del párrafo anterior.

Recursos financieros en este escenario y para el 2022 deberán cumplir con un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor del presente para ser integrados al presupuesto de la dependencia de seguridad pública.

Esto en síntesis es lo que aprobaron los diputados y lo que la Cámara alta va a analizar y votar.

Veamos tres de los argumentos que se expusieron para votar y pasar “fast track” esta reforma al artículo 61, primero sobre cuántas cuentas de ahorro o inversión, con sus respectivos intereses, están en calidad de inactivas o abandonadas. No hay información oficial disponible. Tampoco hay datos sobre cuántos de estos recursos provienen de la delincuencia organizada. La suposición de los argumentos de esta reforma es que sí hay recursos ilícitos entre las cuentas o inversiones abandonadas. Pero no hay datos oficiales.

Y segundo, el alcance de esta reforma que asegura no afectar garantías constitucionales de la ciudadanía es que una vez que el dinero pasa a la cuenta concentradora ya no es recuperable porque prescribió el derecho del titular o de sus beneficiarios para reclamarlo como propio. Bueno, en otros países cuando el recurso pasa al estado hay posibilidad de recuperarlo todavía.

Mario Di Constanzo, conocido político, economista, ex diputado federal y ex presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), escribió con motivo de esta reforma aprobada por los Diputados, desde su cuenta de Twitter que en México existen 110 millones de cuentas bancarias de depósito, si el saldo promedio es de casi 50 mil pesos y las cuentas que no registran movimientos (inactivas) fuera el 1 %, entonces el gobierno podría confiscar hasta 55 mil millones de pesos con esta reforma al Artículo 61 LIC.

Esta propuesta enfocada en lograr recursos adicionales para el gobierno, tampoco es sensible a las “nuevas circunstancias” por las que un usuario de servicios financieros podría dejar una cuenta inactiva. En principio, una persona común y corriente tendrá a lo largo de su vida relación con dos bancos al menos, generalmente la primera cuenta de ahorro y crédito bien manejada se conserva y a ésta se sumará con el transcurrir de la vida productiva otra cuenta bancaria asociada a una hipoteca, cuando el primer banco no es la mejor opción en condiciones y tasa del préstamo hipotecario.

Agreguemos a la realidad que vivimos en México que somos un país con una cultura financiera desigual y que necesita de promoción y educación a varios niveles y estratos.

Entonces, la actualización de beneficiarios en las cuentas puede no estar actualizada y algunas quedarse incluso sin designar un beneficiario porque se dejó para después al momento de darla de alta.

Consideremos también las circunstancias especiales que vivimos en México respecto a la salud y a la seguridad pública. Del año 2020 a finales de octubre del año 2022, hay registro de 344,362 defunciones estimadas por COVID-19, de acuerdo a la información oficial del Gobierno de México. En materia de seguridad pública, podemos considerar una variable en contra de nuestra esperanza promedio de vida si el dato referente es que en la semana del 23 al 28 de octubre de este año se registraron 520 asesinatos, un promedio de 87 víctimas diarias por homicidio doloso, según las cifras del gabinete de seguridad federal.

A estas cifras negras hay que agregar la dolorosa realidad de 100 mil personas registradas oficialmente como desaparecidas en México y documentadas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de Naciones Unidas.

Personas y familias que la vida les dio un doloroso giro y que ahora tendrán que agregar a sus prioridades revisar la situación de las cuentas bancarias y de inversión propias y de cónyuges, padres, madres y hermanos con instituciones financieras.

Para cerrar este escenario nacional de excepciones: la migración y el envío de remesas que ha alcanzado niveles récord en los últimos años. Si bien, no todas las remesas están asociadas a una cuenta bancaria, con que solamente el 10% de quienes reciben dinero de Estados Unidos aperturen una, ya podemos hablar de la urgente obligación de dar información sobre cambios en el resguardo del dinero que depositen en México y lo importante de tener beneficiarios localizables y enterados.

Tuve la oportunidad de conversar con Mario Di Constanzo sobre esta reforma que busca modificar una práctica ya establecida en el sistema bancario para favorecer ahora al sector de la seguridad pública.

“Esta reforma olvida a los usuarios y no toma en consideración situaciones que se dan en la práctica. Una cuenta que no tiene movimientos no es una cuenta abandonada, puede ser una cuenta con algún tipo de problema. Por ejemplo, si es el caso de una persona desaparecida, para que sus familiares puedan acceder a su cuenta en el sistema financiero pueden pasar casi siete años”, explica Di Constanzo para enfatizar sobre lo sesgado del plazo de seis años escrito en la reforma.

Esta reforma se redactó pensando solamente en el gobierno y se olvida de los usuarios, insiste Di Constanzo, en la realidad los familiares de un titular de cuenta bancaria fallecido no acceden sin un juicio testamentario cuando no hay un beneficiario. Y esto afecta ahora a miles de familias que han perdido al jefe o a la jefa de familia por el Covid-19 o sus otras variantes. Estos juicios pueden llevar años para resolverse, años en lo que no va a registrar movimientos la cuenta, por lo que esta reforma “busca la rapiña contra el usuario y en lugar de facilitarle el acceso a sus recursos financieros, busca cómo aprovecharse de él”.

Mario Di Constanzo pone el dedo apuntando a otro aspecto vulnerable de esta reforma: los migrantes. “Se va el jefe de familia, consigue un trabajo en Estados Unidos, se lleva a la familia y resulta que si él es el titular y su esposa la beneficiaria en una cuenta bancaria, ¿cómo van a darle movimiento a la cuenta que hayan dejado en México?”, estos son algunos casos que ocurren con frecuencia en nuestro país, que además tiene bajos niveles de educación financiera.

Los diputados deberían modificar la Ley de Instituciones de Crédito para proteger más al usuario, por ejemplo, que los bancos sean obligados a enviar semestralmente o anualmente en el estado de cuenta del titular un mensaje recordatorio si la cuenta no presenta movimientos y la proximidad del plazo para ser considerada abandonada, enfatiza Di Constanzo.  

Otra obligación para los bancos podría ser la notificación para el usuario cuando no tengan un beneficiario dado de alta, precisamente para evitarle problemas futuros, detalla Di Constanzo, quién además expresa lo irónico que resulta que “cuando se tiene una deuda el banco localiza a la persona hasta por debajo de las piedras, pero no le avisa que le falta actualizar o no tiene beneficiario en sus cuentas”.

Los bancos también podrían avisar a los beneficiarios que han sido registrados como tales, puntualiza, es también el caso que alguien sea registrado como beneficiario de un familiar o amigo y no se le dé aviso. Fallezca el titular y la persona beneficiaria lo ignora.

“Los legisladores confunden olvido con problemas asociados a las cuentas bancarias e incluso tratan de vincular el abandono de estas cuentas con recursos de procedencia ilícita, pero no es la vía correcta modificar el artículo 61 para conseguirlos”, expresó.

Durante su gestión al frente de la Condusef, Di Constanzo tuvo la oportunidad de ver que estos problemas que ha ejemplificado son reales y se vuelven obstáculos para los usuarios del sistema financiero, en detrimento de su patrimonio.

Vuelvo al entorno internacional de esta práctica de destino y uso a las cuentas abandonadas, España es uno de los países donde el plazo es de hasta 20 años para que la cuenta se considere abandonada. El Banco de España, perteneciente al Eurosistema, específica en su página web que “solo transcurridos 20 años sin que el titular haya efectuado movimientos, el banco puede considerar la cuenta “abandonada” y traspasar el saldo al Estado”.

En Estados Unidos, el Bank of America tiene en su información pública y accesible desde su página de internet qué si no se ha accedido a la cuenta durante un periodo de tiempo extendido, tres años o más, puede que reciba una carta del banco para hacer del conocimiento del usuario que su cuenta se considera abandonada y que es posible que se haya entregado al estado bajo las leyes de reversión de propiedad.

En Estados Unidos, la reversión de propiedad al Estado es el proceso de informar y entregar la propiedad abandonada o sin reclamar a la agencia estatal correspondiente para su guarda y custodia. Cada estado americano tiene leyes que rigen cuándo se consideran inactivas y/o abandonadas las cuentas y cuándo los bancos están obligados a enviar la propiedad del cliente al estado.

Los tipos de propiedades sujetas a reversión de propiedad al estado americano donde se ubique el último domicilio del propietario son:

  • Saldos de cuentas de cheques y de ahorros
  • Saldos de certificados de depósito (CD) y de Cuentas individuales de jubilación (IRA)
  • Contenido de cajas de seguridad
  • Cheques de caja y otras partidas oficiales que no hayan sido negociados
  • Valores (como acciones, bonos y fondos de inversión)

Hay que destacar que los bancos e instituciones financieras en Estados Unidos y Europa tienen accesible la información para sus cuentahabientes respecto a si tienen una cuenta inactiva o dinero o fondos no reclamados. E incluso tienen información, teléfonos y correo electrónico de ayuda para recuperarlo del Estado.

Así ubiqué, en Estados Unidos, a una Asociación Nacional de Administradores de Propiedades No Reclamadas (National Association of Unclaimed Property Administrators, en inglés), cuyo contacto lo proporcionan los mismos bancos para facilitar a titulares, beneficiarios y herederos la recuperación de su dinero. La página de internet de esta asociación es www.unclaimed.org y es parte del network de la National Association of State Treasurers.

Por último, hacen falta mejoras a la actual Ley de Instituciones de Crédito, sí, pero a favor de los usuarios, considerando las diferencias de educación, geografía y acceso. Lo que llamo olvido, es más una imposibilidad y no abandono o delito.