Es época de declarar ingresos por copropiedad
Si obtienes ingresos por copropiedad verifica en qué parte de la declaración anual debes manifestarlos
Fiscal Contable
En materia fiscal, cuando los ingresos de personas físicas derivan de bienes en copropiedad, deberán designar a uno de los copropietarios como representante común, quién tendrá las siguientes obligaciones:
- llevar los libros
- expedir los comprobantes fiscales
- recabar la documentación que determinen las disposiciones fiscales, y
- efectuar la retención que imponga la LISR
Respecto a la inscripción en el RFC, cada copropietario manifestará:
- las actividades por las que obtendrá ingresos, por ejemplo arrendamiento, y
- si se trata de un copropietario representado o es el designado como representante común
Consecuentemente los deberes correspondientes a pagos mensuales y provisionales, así como el de la presentación de la declaración anual en una copropiedad deberán cumplirse conforme a lo siguiente para cada actividad señalada en el RFC:
ISR
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Pagos provisionales |
Declaración anual |
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Representante |
Representado |
Representante |
Representado |
Actividades empresariales (art. 108, LISR) |
Considera la totalidad de los ingresos de todos los copropietarios |
No presenta |
Determina la utilidad o pérdida fiscal del ejercicio y acumula solo su parte proporcional |
Acumula la parte proporcional que les corresponde |
Otorgar el uso o goce temporal de bienes y por enajenación de bienes (1) (art. 123, RLISR) |
Tomarán en cuenta solo la parte proporcional de los ingresos que le corresponda a cada uno (copropietario) |
Acumulan su parte proporcional de ingresos |
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Enajenación de inmuebles (2) (art. 198, RLISR) |
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Otros ingresos (art. 218, RLISR) |
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Personas morales
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La legislación fiscal no prevé un régimen especial para la copropiedad entre las personas morales, por lo que en estos casos cada contribuyente pagará las contribuciones respectivas |
Notas:
1. Las deducciones se aplican en la parte proporcional de sus ingresos
2. En el caso de que no puedan identificarse las deducciones que correspondan a cada copropietario, se harán en forma proporcional a los derechos de copropiedad
IVA
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Pagos mensuales (definitivos) |
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Representante |
Representado |
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En todos los casos (arts. 32, tercer párrafo, LIVA y 76, RLIVA) |
Considera la totalidad de los ingresos de todos los copropietarios
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No presenta
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En la declaración anual de 2016 que presente cada copropietario en 2017, deberá manifestarse todo lo relacionado con la copropiedad de la siguiente forma: