Gastos médicos no comprenden medicinas

El SAT rechazó las devoluciones de saldos a favor de personas físicas por una indebida aplicación de este concepto, conoce cuáles son deducible

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 .  (Foto: iStock)

Una de las principales deducciones que puedes considerar al presentar tu declaración anual es la relativa a los gastos médicos, concepto dentro del cual quedan comprendidos:

  • honorarios médicos, dentales y a enfermeras. En este caso en el recibo de honorarios debe constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista
  • gastos hospitalarios
  • gastos relativos a la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
  • medicinas, siempre que estén incluidas en los documentos que expidan los hospitales. Es decir, no podrás deducir la compra de medicinas que efectúes en farmacias
  • análisis y estudios clínicos
  • prótesis, y
  • lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto que no exceda de $2,500.00 debiendo contar con la descripción de los lentes en el comprobante fiscal o con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista

 Si los gastos de hospitalización o los honorarios fueron pagados a personas residentes en el extranjero, no podrás deducirlos.

Cabe mencionar que muchos de los rechazos de las devoluciones se debe a que se introducen como gastos médicos CFDI’s por compras de medicamentos, los cuales como se señaló solo son deducibles si se incluyen en el CFDI que expidan los hospitales o clínicas.