Gastos médicos no comprenden medicinas
El SAT rechazó las devoluciones de saldos a favor de personas físicas por una indebida aplicación de este concepto, conoce cuáles son deducible
Fiscal Contable
Una de las principales deducciones que puedes considerar al presentar tu declaración anual es la relativa a los gastos médicos, concepto dentro del cual quedan comprendidos:
- honorarios médicos, dentales y a enfermeras. En este caso en el recibo de honorarios debe constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista
- gastos hospitalarios
- gastos relativos a la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
- medicinas, siempre que estén incluidas en los documentos que expidan los hospitales. Es decir, no podrás deducir la compra de medicinas que efectúes en farmacias
- análisis y estudios clínicos
- prótesis, y
- lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto que no exceda de $2,500.00 debiendo contar con la descripción de los lentes en el comprobante fiscal o con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista
Si los gastos de hospitalización o los honorarios fueron pagados a personas residentes en el extranjero, no podrás deducirlos.
Cabe mencionar que muchos de los rechazos de las devoluciones se debe a que se introducen como gastos médicos CFDI’s por compras de medicamentos, los cuales como se señaló solo son deducibles si se incluyen en el CFDI que expidan los hospitales o clínicas.