Toda persona física que presentó su declaración anual con un saldo a favor en ISR, puede obtener la devolución automática de ese saldo, en un plazo de tres a cinco días, contados a partir del envío de la declaración, sin la necesidad de la realización de trámites adicionales; lo único que tiene que precisar es lo siguiente:
- que se opta por la devolución
- el número de la CLABE a 18 dígitos y el nombre del banco en que se desea se efectúe el depósito
Puede ocurrir que tras haber presentado la declaración, el contribuyente se de cuenta que se le olvidó incluir alguna deducción personal; por lo que proceda a presentar su declaración complementaria con el nuevo saldo a favor.
Esto implica que la devolución automática se retrase un poco más, debido a que una declaración complementaria tiene como propósito borrar lo manifestado en la normal; consecuentemente el término de tres a cinco días tan anunciado por el SAT, se computarán a partir de la fecha en que se envió la declaración complementaria.