Últimamente el SAT ha difundido en su página de Internet, a través de videos, información del nuevo esquema del CFDI. Entre los aspectos que ha destacado la autoridad están los siguientes:
Anexo 20 (versión 3.3)
- Existe mayor coherencia entre la información de los CFDI´s y los conceptos registrados
- en cuanto a la precisión sobre el uso que le dará el cliente al CFDI y el manifestado por este al proveedor; se indica que su incumplimiento no implica la cancelación del comprobante, y
- es obligatoria la clave de confirmación por el PAC en los CFDI´s cuyo monto sea superior a 100 millones
Recepción de pagos
- Facilita la conciliación de la factura con los pagos
- detalla la cantidad que se paga e identifica la factura que se liquida
- cumple con el requisito de registrar la forma de pago en la factura, y
- evita la cancelación de la facturas que ya han sido pagadas
Anticipos
- En la facturación de CFDI, en donde se aplique un anticipo, se menciona que:
- se debe emitir un comprobante por el valor del anticipo recibido
- cuando se dé la contraprestación, se emitirá un CFDI por el valor total de esta y conjuntamente se expedirá un CFDI de tipo “egreso” para aplicar el anticipo a la factura de la contraprestación
- en la facturación del CFDI en donde se aplique un anticipo con remanente de la contraprestación se debe expedir otro por el:
- valor del anticipo recibido, y
- remanente de la contraprestación relacionando al anticipo recibido
En el siguiente video podrás conocer a detalle esta información.