En el entorno corporativo la vida de las empresas inicia con la constitución de la sociedad, y culminan con su disolución; por tal motivo se presume su existencia durante ese tiempo, pero contablemente ¿cómo se debe considerar la existencia de la empresa?
Son ocho postulados básicos los que regulan el marco contable, entre los cuales se encuentra el “negocio en marcha”, el cual se encarga de definir a la entidad económica como un ente de existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario.
Por ello, las cifras del sistema contable deben representar valores reales obtenidos con base en las normas de información financiera; es decir que no deben determinarse valores estimados provenientes de la disposición o liquidación del conjunto de los activos netos de la entidad.
Lo que básicamente regula este estipulado es que la entidad económica continúa en el futuro, para lo cual la administración deberá tomar en cuenta toda la información que esté disponible para el futuro, y de esa forma se determine si existe la presunción de negocio en marcha más allá de los 12 meses siguientes de un ejercicio regular.