Uno de las deberes fiscales que tienen que cumplir los contribuyentes en materia de IVA es la retención del impuesto que se les sea trasladado (16 %), siempre que se ubiquen en los siguientes supuestos:
Contribuyente obligado a retener
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Acto
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Porcentaje (Arts. 1-A y 3, LIVA)
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Porcentaje (Art. 3, RLIVA)
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Instituciones de crédito
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Adquisición de bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria
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16 %
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16 %
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Personas morales
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Obtención de servicios personales independientes, o uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por personas físicas
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16 %
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Dos terceras partes del 16 %
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Personas morales
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Adquisición de desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización
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16 %
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No se contempla tasa menor
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Personas morales
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Recepción de servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales
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16 %
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4 %
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Personas morales
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Prestación de servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas
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16 %
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Dos terceras partes del 16 %
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Personas físicas o morales
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Adquisición de bienes tangibles o su uso o goce temporal, cuando la enajenación u otorgamiento residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país
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16%
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No se contempla tasa menor
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Federación y sus organismos descentralizados
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Adquisición de bienes, uso o goce temporal y prestación de servicios de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente que enajenen u otorguen del uso o goce temporal de bienes |
16 %
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No se contempla tasa menor
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Los contribuyentes efectuarán la retención del IVA cuando paguen el precio o la contraprestación y sobre el monto de lo efectivamente pagado y lo enterarán mediante declaración en las oficinas autorizadas, conjuntamente con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectuó la retención o, en su defecto, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en el que hubiese llevado la retención, sin que contra el entero de la retención pueda realizarse acreditamiento, compensación o disminución alguna.
Es importante que los contribuyentes verifiquen si se encuentran en alguno de los supuestos de retención, para cumplir adecuadamente con esta obligación y no sean objeto de sanciones.