Qué traen las facilidades administrativas 2018
Se precisa el procedimiento para calcular la retención opcional de ISR a operadores, macheteros y maniobristas de transportista
Fiscal Contable
El pasado 29 de diciembre de 2017 fue publicado en el DOF la Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2018, que reiteradamente se dirige a siguientes sectores de contribuyentes:
- primario
- autotransporte terrestre de carga federal
- autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo, y
- autotransporte terrestre de carga de materiales y autotransporte terrestre de pasajeros urbano y suburbano
A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de este documento.
Facilidades de comprobación
Se excluyen los gastos por la adquisición de combustibles de la facilidad de aplicar la deducción con comprobantes que no reúnan requisitos fiscales, para el sector primario (regla 1.2).
Retención del ISR a trabajadores eventuales del campo
La base para aplicar la retención opcional de ISR pasa de 160 a 177 pesos, y se mantiene la condición de emitir un CFDI con el complemento para nóminas, así como la presentación de una relación individualizada de dichos trabajadores en donde se indiquen los pagos realizados. Esta relación debe presentarse a más tardar el 15 de febrero de 2019 ante la Administración de Servicios al Contribuyente más cercana al domicilio del contribuyente (regla 1.4).
Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas
Se aclara que para la retención opcional del 7.5 % se tome como referencia el salario base de cotización que sirva para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores al IMSS (regla 2.1 y 3.2).
Facilidades de comprobación
El acreditamiento de IESPS a aplicar por consumo de diesel y del biodiesel y sus derivados, contra el ISR a pagar es del 8 % de los gastos sin comprobantes fiscales. Esto es aplicable también cuando se trate de importación de combustible (regla 3.2).