Existe un gran riesgo de infracción en la opinión de los expertos



El riesgo es un factor común al que nos enfrentamos todos los días; la vida profesional no es la excepción, porque toda profesión u oficio conlleva un variado nivel de peligro; sin embargo aplicando las medidas de seguridad o prevención es posible minimizarlo.

En el caso de los abogados y contadores que son asesores fiscales, el riesgo recae en la realización de una mala interpretación de las disposiciones fiscales y la emisión de una opinión equivocada,  o bien verse inmiscuidos en un acto de mala fe de los contribuyentes hacia el fisco federal, lo que conlleva una serie de penas administrativas, o la imputación de una responsabilidad de terceros.

El CFF establece en su numeral 89, las infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, entre las cuales están:

  • asesorar, aconsejar o prestar servicios para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales
  • colaborar en la alteración o la inscripción de cuentas, asientos o datos falsos en la contabilidad o en los documentos que se expidan, o
  • ser cómplice en cualquier forma no prevista, en la comisión de infracciones fiscales

La multa impuesta por cometer las infracciones mencionadas será de 49,210 a 77,350 pesos, considerando una agravante especial del 10 % al 20 % para los profesionales que ofrezcan asesoría, el consejo o la prestación de servicios diversos a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales.

Dicha agravante podrá evitarse cuando el asesor otorgue la opinión por escrito y manifieste que el criterio contenido en ella es diverso a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales.

De ahí que se sea recomendable insertar la siguiente leyenda en las opiniones de asesoría fiscal:

.
 .  (Foto: IDC)

Como se observa, brindar asesorías fiscales puede resultar en una práctica riesgosa, ya que puede traer problemas a los contadores y abogados que emiten una opinión partiendo de su interpretación en la legislación; sin embargo, se pueden evitar las infracciones si en las opiniones fiscales  se plasma por escrito que el criterio es diferente al considerado por las autoridades fiscales. Lo cual podría ahorrar de problemas y sanciones económicas a los practicantes de la profesión.

 




Quiero ser
suscriptor