Diversas reglas fiscales aplicables en el EDOMEX
Lineamientos que dio a conocer la Secretaría de finanzas del EDOMEX para la realización de diversos trámites tributarios
Fiscal Contable
La Secretaría de Finanzas del EDOMEX con el objeto de concretar acciones de mejora orientadas al cumplimiento de obligaciones fiscales, a través de medidas que señalen los mecanismos de administración, control y forma de pago de las contribuciones estatales, publicó en el Periódico Oficial “Gaceta de gobierno” del 19 de enero de 2018 las siguientes reglas de carácter general:
- que establecen los requisitos que deberán observarse para la recepción de créditos fiscales para su cobro
- para la solicitud de inscripción y presentación de avisos en materia del registro estatal de contribuyentes
- para la presentación de la declaración trimestral de las enajenaciones de vehículos nuevos
- en materia de la declaración trimestral informativa y la constancia de retención del impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados
- aplicables al artículo 59 fracción VIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios
- para dar aviso por el que se señala establecimiento principal y sucursales
- aplicables al aviso de compensación
- relativas a la dispensa de la garantía del interés fiscal
- para la cancelación de créditos fiscales a que se refiere el artículo 19, párrafo tercero de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2018
- para la cancelación de créditos fiscales a que refiere el artículo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2018
- aplicables al Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal
- en materia de contrato electrónico de transporte privado de personas
- para la condonación total o parcial de multas, indemnizaciones por devolución de cheques y recargos a que se refiere el artículo 364 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
- a que refiere el artículo 5o de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2018
- para distribuir los ingresos que percibe el fisco estatal por concepto de las multas referidas en el artículo 20 bis, fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios, así como aquellas que deriven de los programas de vigilancia de obligaciones que se ejecuten en el ejercicio de sus facultades derivadas de los convenios de coordinación o colaboración administrativa en materia fiscal para el ejercicio fiscal 2018
- para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en materia del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos Permitidos con Cruce de Apuestas
- para trámites de control vehicular, y
- para acceder al subsidio en materia del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal
Como contribuyente de esta entidad federativa es importante conocer y verificar las reglas citadas para determinar cuáles son aplicables a sus obligaciones fiscales