El 23 de febrero de 2018, se publicó en el DOF el Acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre México y Jamaica , en vigor a partir del 24 de ese mismo mes y año, cuyos datos principales se precisan a continuación.
Los gravámenes comprendidos en México y Jamaica es el impuesto sobre la renta, en atención a lo siguiente:
Concepto
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Tasa
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Art.
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Dividendos
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5 % o 10 %, dependiendo de ciertos supuestos
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10, numeral 2
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Intereses
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10 %
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11
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Regalías
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10 %
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12
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Asistencia técnica
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10 %
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13
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Intercambio de información
- Se establece un procedimiento para el intercambio de información previsiblemente relevante para la administración o aplicación de la legislación interna relativa a los impuestos de cualquier clase y naturaleza exigidos por los estados contratantes, en la medida en que dicha imposición no sea contraria al convenio, y
- la información se mantendrá en secreto de igual forma que la obtenida con base en la normativa interna de ese Estado y solo se comunicará a las personas o autoridades (incluidos los tribunales y órganos administrativos) encargadas de la determinación o recaudación de los impuestos (art. 28)