Qué pasa con la obligación de retenedor de IVA de morales

Qué pasa con la obligación de retenedor de IVA de morales

No se da alta de manera automática cuando las personas morales aumenten o disminuyen obligaciones
Los contribuyentes personas morales que desean aumentar o disminuir sus obligaciones, se encuentran contrariados porque aunque son retenedores de IVA no les aparece la clave de retenedores de IVA al realizar sus movimientos.
Veamos porqué pasa esto. Al momento de ingresar al portal del SAT para realizar el trámite de aumento y disminución de obligaciones se deben llenar el cuestionario que aparece en el sistema, en el que se les solicita: el tipo de ingreso, identificar la actividad económica, el porcentaje de ingresos de las actividades que llevará a cabo, y si en su caso se tendrá trabajadores el desarrollo de las mismas.
Posteriormente, el sistema solo solicita el RFC de los accionistas y automáticamente concluye el cuestionario. De ahí que los contribuyentes cuando revisan las obligaciones, observen que el sistema registró como disminución la clave de retenedor de IVA.
Varios pagadores de impuestos se preguntan si faltó llenar algún campo para incluir la obligación, optando por realizar nuevamente el trámite, pero obtienen el mismo resultado.
Al respecto la autoridad hacendaria indica que como no se trata de una obligación periódica no se reflejada en las obligaciones de los contribuyentes, esto al cumplirse con la obligación solo cuando se presenta el supuesto y se entera la retención en el pago provisional.
Por lo anterior, si se encuentra en esta hipótesis , no se preocupe ya no aparecerá en el sistema la clave de retenedor de IVA, ni se incurrirá en alguna infracción por ello.