Manejo del efectivo y sus equivalentes

Conoce el tratamiento contable de estos conceptos

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En toda organización uno de los recursos primordiales para el desarrollo de su actividad y el cumplimiento de sus obligaciones es el efectivo. Dentro del marco contable, estos activos se reflejan en la primera posición del estado de posición financiera debido su grado de disponibilidad.

Las Normas de Información Financiera (NIF) en el boletín C-1 contemplan la regulación contable a seguir en el manejo de efectivo y sus equivalentes. Dicho boletín define al efectivo como: “la moneda de curso legal en caja y en depósitos bancarios disponibles para la operación de la entidad, tales como, las disponibilidades en cuentas de cheques, giros bancarios, telegráficos o postales y remesas en tránsito. El rubro de efectivo también incluye partidas consideradas como equivalentes de efectivo”.

Dicho concepto comprende a los equivalentes de efectivo como valores de corto plazo, de gran liquidez, que pueden ser convertidos fácilmente en efectivo, tales como monedas extranjeras, metales preciosos amonedados e inversiones disponibles a la vista.   

Es importante mencionar las normas a observar para la valuación del efectivo, entre las cuales están que:

  • debe valuarse a su valor nominal
  • todos los equivalentes de efectivo deben reconocerse a su costo de adquisición
  • los equivalentes en efectivo deben reexpresarse a la moneda de informe al tipo de cambio con el que pudieron haberse realizado (vendido) a la fecha de cierre de los estados financieros, y
  • las inversiones a la vista deben valuarse a su valor razonable

Las características de las formas de presentación del rubro de efectivo son:

  • presentarse en el estado de situación financiera en un solo renglón como el primer rubro de activo a corto plazo
  • el efectivo restringido debe presentarse ya sea en el activo circulante o en el no circulante, de acuerdo con su disponibilidad
  • el monto de los cheques emitidos con anterioridad a la fecha de los estados financieros que estén pendientes de entrega a los beneficiarios debe reincorporarse al rubro efectivo, reconociendo el pasivo correspondiente, y
  • cuando no se tengan convenios de compensación con la institución financiera, los sobregiros deben mostrase como un pasivo a corto plazo

La NIF C-1 también establece los parámetros de registro, valuación y revelación del rubro del efectivo y precisa que se debe considerar como tal o sus equivalentes.

La correcta clasificación de los activos que se consideran efectivo, es de primordial relevancia, ya que representan los recursos que tienen una disposición inmediata para hacer frente a las obligaciones de la empresa, es decir, representan su liquidez.