Nueva forma de presunción del SAT

La reforma al CFF trae consigo una nueva forma de presunción para los contribuyentes

 .  (Foto: Getty)

Mtro. Ernesto Sanciprian

Una de las atribuciones que tiene la autoridad fiscal es determinar presuntivamente la utilidad fiscal, los ingresos y el valor de los actos, por los que los contribuyentes deben pagar contribuciones.

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En este sentido, el artículo 55 del CFF contempla los siguientes supuestos en los cuales la autoridad puede realizar la presunción:

  • cuando el contribuyente:
    • se oponga u obstaculice la iniciación o el desarrollo de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, o
    • no presente los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3 % de alguno de los conceptos de las declaraciones, o no proporcione los informes relativos al cumplimiento de las disposiciones fiscales
  • se dé alguna de las siguientes irregularidades:
    • omisión del registro de operaciones, ingresos o compras, así como alteración del costo, por más de 3 % sobre los declarados en el ejercicio, o
    • registro de compras, gastos o servicios no efectuados o no recibidos
  • exista omisión o alteración de los inventarios que no cumplan con las obligaciones sobre valuación de inventarios
  • no se tengan en operación las máquinas registradoras de comprobación fiscal o los equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal, los destruyan, alteren o impidan darles el propósito para el que fueron instalados, o
  • existan otras irregularidades en la contabilidad que imposibiliten el conocimiento de las operaciones

Hasta junio 2018, el SAT puede hacer uso de los siguientes procedimientos para determinar la presunción referida:

  • utilizando los datos de la contabilidad del contribuyente
  • tomando como base los datos contenidos en las declaraciones del ejercicio correspondiente a cualquier contribución, sea del mismo ejercicio o de cualquier otro
  • basándose en los datos que proporcionen terceros a solicitud de las autoridades fiscales
  • con otra información obtenida por las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación, y
  • empleando medios indirectos de la investigación económica o de cualquier otra clase

No obstante, con la reforma al CFF del 1o. de junio de 2018, se contempla la inclusión de un nuevo procedimiento para determinar la presuntiva, el cual consiste en:

 

 ,  (Foto: IDC online)


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