Manejo de capitalización delgada

Manejo de capitalización delgada

Mecánica para conocer si los intereses devengados por deudas con partes relacionas extranjeras se encuentran limitados a su deducción
De conformidad con la fracción XXVII del artículo 28 de la LISR, no son deducibles los intereses derivados de las deudas contraídas con partes relacionadas extranjeras del contribuyente, cuando el monto de las deudas sea superior al triple del capital contable.
Para determinar si los intereses pagados por dichas deudas están o no limitados, se debe determinar el triple del capital bajo alguna de las siguientes opciones:
El resultado que se obtenga conforme a cualquiera de estas opciones se multiplica por tres.
Por lo tanto, se deberá definir cuál de las opciones es más benéfica.
| Concepto | CUCA | CUFIN | Total |
| Saldo inicial | $65,648,799.00 | $58,456,987.00 | $124,105,786.00 |
Más: | Saldo final | 82,545,687.00 | 79,875,465.00 | 162,421,152.00 |
Igual: | Suma | $148,194,486.00 | $138,332,452.00 | $286,526,938.00 |
Entre: | Dos | 2 | 2 | 2 |
Igual: | Promedio del capital contable del ejercicio | $74,097,243.00 | $69,166,226.00 | $143,263,469.00 |
Triple del capital contable del ejercicio (primera opción)
| Concepto | Importe |
| Promedio del capital contable del ejercicio | $143,263,469.00 |
Por: | Tres | 3 |
Igual: | Triple del capital contable del ejercicio | $429,790,407.00 |
Triple del capital contable del ejercicio (segunda opción)
| Concepto | Importe |
| Saldo del capital contable al inicio del ejercicio | $101,554,987.00 |
Más: | Saldo del capital contable al final del ejercicio | 138,456,521.00 |
Igual: | Suma de saldos | $240,011,508.00 |
Entre: | Dos | 2 |
Igual: | Promedio del capital contable del ejercicio | $120,005,754.00 |
Por: | Tres | 3 |
Igual: | Triple del capital contable | $360,017,262.00 |
Toda vez que el monto obtenido conforme a la primera opción (triple del capital contable del ejercicio considerando los saldos de la CUCA y CUFIN) es menor que la segunda opción (saldos iniciales y finales del capital contable), se elige la primera alternativa, ya que este será el monto contra el que se comparará el promedio de las deudas.
El saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que devenguen intereses a su cargo, se obtiene dividiendo la suma de sus saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, entre el número de meses del ejercicio, como se muestra a continuación.
Promedio del total de deudas que devengan intereses con residentes en territorio nacional
| Acreedores | Promedio de deudas |
| Empresa A | $31,680,077.32 |
Más: | Empresa B | 29,495,356.20 |
Más: | Empresa C | 45,373,001.29 |
Más: | Empresa D | 26,062,404.54 |
Más: | Empresa E | 37,708,631.15 |
Más: | Empresa F | 44,638,884.57 |
Igual: | Promedio del total de deudas que devengan intereses con residentes en territorio nacional | $214,958,355.06 |
Promedio del total de deudas que devengan intereses con partes relacionadas residentes en el extranjero
| Acreedor | Promedio de deudas |
| Compañía W | $121,862,819.18 |
Más: | Compañía X | 109,207,405.14 |
Más: | Compañía Y | 122,361,569.96 |
Más: | Compañía Z | 102,811,930.12 |
Igual: | Promedio del total de deudas que devengan intereses con partes relacionadas residentes en el extranjero | $456,243,724.39 |
Con los promedios de las distintas deudas que devengan intereses, se sumarán los promedios de cada uno para compararlo contra el triple del capital contable del ejercicio y determinar si las deudas exceden al triple del capital.
Monto de las deudas que exceden al triple del capital
| Concepto | Importe |
| Promedio del total de deudas que devengan intereses con residentes en territorio nacional | $214,958,355.07 |
Más: | Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero | 456,243,724.40 |
Igual: | Promedio del total de deudas | $671,202,079.47 |
Menos: | Triple del capital contable del ejercicio | 429,790,407.00 |
Igual: | Monto de las deudas que exceden al triple del capital | $241,411,672.47 |
Contra el monto de las deudas que exceden al triple del capital se comparará el promedio de las deudas con partes relacionadas residentes en el extranjero, para determinar el monto deducible de los intereses devengados por estas últimas deudas.
Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero
| Concepto | Importe |
| Monto de las deudas que exceden al triple del capital (A) | $241,411,672.47 |
Contra: | Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero (B) | $456,243,724.40 |
Como el monto de las deudas que exceden al triple del capital es menor que el promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero (A < B), los intereses devengados con partes relacionadas residentes en el extranjero estarán limitados a su deducibilidad conforme al siguiente procedimiento.
Factor
| Concepto | Importe |
| Monto de las deudas que exceden al triple del capital (A) | $241,411,672.47 |
Entre: | Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero | 456,243,724.40 |
Igual: | Factor | 0.5291 |
Intereses devengados con partes relacionadas no deducibles
| Concepto | Importe |
| Intereses devengados con partes relacionadas del extranjero | $586,318,448.26 |
Por: | Factor | 0.5291 |
Igual: | Intereses devengados con partes relacionadas no deducibles | $310,221,090.97 |
Intereses devengados con partes relacionadas deducibles
| Concepto | Importe |
| Intereses devengados con partes relacionadas del extranjero | $586,318,448.26 |
Menos: | Intereses devengados con partes relacionadas del extranjero no deducibles | 310,221,090.97 |
Igual: | Intereses devengados con partes relacionadas del extranjero deducibles | $276,097,357.29 |