Delitos fiscales graves serán tratados como delincuencia organizada

Se establecen sanciones que van de tres meses hasta nueve años de prisión por defraudación fiscal

 .  (Foto: iStock)

Allan Morgan

Los delitos fiscales graves tendrán un tratamiento equivalente al de la delincuencia organizada. En esos términos vendrá la iniciativa legislativa que el Congreso discutirá, confirma a El Economista un alto funcionario de la Secretaría de Hacienda. Este es un punto en el que el gobierno no cederá: la iniciativa contempla prisión preventiva para quienes cometan defraudación fiscal grave y también para aquellos que se organicen criminalmente para evadir al fisco federal.

El sector privado ha expresado su preocupación por estos cambios. En el diálogo con el gobierno pidió que se rectificara al considerar la evasión fiscal como delincuencia organizada y también trató de que la acción del Estado se enfocara más en contra de la compra-venta de facturas que sobre la evasión fiscal, porque emplear un concepto tan amplio abriría la puerta a posibles abusos. Ambas recomendaciones fueron rechazadas.

El gobierno defiende su propuesta al decir que los altos costos de la evasión vulneran al Estado mexicano y que no cuenta con suficientes “armas” para combatir la evasión fiscal en sus expresiones más graves, “ahora hay una impunidad casi absoluta”, reflexiona el alto funcionario hacendario. “La verdad es que se le perdió el miedo al fisco. En los últimos 20 años, las prácticas de evasión se volvieron más atrevidas. La planeación fiscal hace unos años era mucho más conservadora, con los años asumió más riesgos y no pasó nada. Esto se agudizó en el 2016 cuando la defraudación fiscal dejó de ser considerada delito grave. Debemos revertir eso”, dice el funcionario, que participa directamente en la elaboración de la iniciativa. Asegura que la iniciativa hará una clara distinción entre las personas físicas o morales que cometen algún delito fiscal pero no son peligrosos de aquellas personas y empresas que hacen del fraude fiscal una actividad permanente con el propósito de evadir y dañar las finanzas públicas.

De la propuesta inicial, se hicieron correcciones en atención a observaciones de especialistas y organizaciones empresariales, por ejemplo, subió el monto mínimo de la evasión para ser considerada delincuencia organizada, de 2 millones de pesos a 8 millones de pesos. “Queremos dejar claro que no meteremos a la cárcel a alguien por una omisión o por un error de su contador. Tenemos claro que eso no es delincuencia organizada”, explica en una conversación off the record. Frente a la crítica de la Confederación Patronal de la República Mexicana de que se trata de terrorismo fiscal y las acusaciones de que es un paso hacia un Estado totalitario dice: “hay varios filtros. Primero está el SAT y luego la Procuraduría. Se tiene que demostrar que hay dolo, que hubo un engaño, identificar a la organización y probar que se cometieron al menos dos delitos fiscales. Todo esto para convencer a un juez de que tenemos un caso sólido. Estamos hablando de un poder independiente”.

La reforma, que promueve el senador Alejandro Armenta de Morena, pretende abatir una evasión que se calcula en 500,000 millones de pesos. El objetivo de las autoridades son las empresas factureras, pero reconocen que operan de muchas maneras. Hay cuatro esquemas que las autoridades fiscales han detectado: el uso de facturas para el desvío de recursos públicos; el abuso de los beneficios fiscales; el outsourcing sucio y el lavado de dinero del narcotráfico. El tratamiento más estricto a la evasión fiscal se sumaría a los cambios legislativos que ha habido para combatir el lavado de dinero y el contrabando, “estamos cerrando la pinza”, dice el funcionario hacendario.

En la práctica otorgaría mayores facultades a la Fiscalía General para investigar y perseguir la evasión fiscal y utilizar métodos como los que utilizan para perseguir a las organizaciones criminales, por ejemplo, intervención de los teléfonos; el uso de infiltrados en las empresas o cateos en las instalaciones.

La propuesta de reformas legales se dictaminará hoy en la Comisión de Estudios Legislativos en el Senado y se discutirá en el pleno, para su aprobación en los próximos días. Luego pasará a la Cámara de Diputados. En caso de aprobación entrará en vigor antes de que termine el 2019. Uno de los objetivos del gobierno es subir el nivel de riesgo para los posibles evasores y, de esa manera, reducir la evasión e incrementar la recaudación. No hay cifras, reconoce el funcionario. Está confiado del proceso legislativo, porque Morena y sus aliados tienen mayoría y no se trata de una reforma constitucional. “Entiendo que los empresarios estén asustados, pero si queremos que las cosas cambien, debemos acabar con la evasión fiscal, poner fin a la cultura del no pago”.

Los cambios legislativos:

  • La iniciativa presentada en la Cámara de Senadores que reformaría diversas leyes y códigos con el  objetivo de frenar la operación  de empresas fantasma fue presentada de manera formal el 25 de octubre del 2018 y ha sufrido algunos cambios.
  • El proyecto fue turnado para su análisis y dictaminación a las comisiones unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos.
  • Dicha comisión se integra por 14 senadores: ocho de Morena, dos del PAN, dos del PRI, uno de MC y uno más del PES.
  • Para la aprobación del decreto correspondiente, en comisiones y en el pleno de la Cámara Alta, sólo se requiere de mayoría simple de votos; de los 128 senadores que conforman el Senado de la República tendrían que aprobarlo al menos 65 legisladores.
  • El grupo parlamentario mayoritario de Morena se integra por 59 senadores, y sus aliados del PT, PES, por seis y cinco, respectivamente.
  • Si los seis senadores del PVEM apoyaran la propuesta del grupo mayoritario, el referido decreto sumaría 76 votos.
  • Aprobado el decreto, se remitirá a la Cámara de Diputados para su revisión.
  • Para su aprobación en la Cámara revisora se requiere también únicamente de mayoría simple de votos; en San Lázaro la diputación federal de Morena sí cuenta con mayoría, por sí sola.
  • En la Cámara Alta está muy avanzada la confección de la enmienda y, tras 11 reuniones de análisis y discusión, ya está listo el proyecto de dictamen, producto del consenso.

Herramienta de terrorismo

La iniciativa que propone equiparar cualquier tipo de defraudación fiscal como delincuencia organizada es una herramienta de terrorismo fiscal que afectará no sólo a las empresas, sino a cualquier contribuyente, aseguró Reginaldo Esquer Félix, presidente de la Comisión Nacional Fiscal de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

“Están creando una herramienta de terrorismo fiscal, porque ellos van a tener la potestad de poder señalar a cualquiera de estar relacionado, aparentemente, al crimen organizado y sólo por haber cometido algún fraude fiscal de cualquier tipo”, dijo a El Economista.

A su parecer, en la iniciativa que fue presentada en el Senado de la República y que se discute en comisiones, los artículos 108 y 109 del Código Fiscal de la Federación (CFF) deben estar excluidos de que cualquier defraudación fiscal sea relacionada con el crimen organizado.

Coinciden en que sólo se considere el artículo 113, relacionado con la emisión y adquisición de facturas falsas como delincuencia organizada.

“Hemos tenido varias reuniones con el procurador fiscal, y si bien han atendido algunas de nuestras sugerencias, no hemos podido conciliar con el problema esencial de que los artículos 108 y 109 no sean considerados como crimen organizado”.

El artículo 108 del CFF establece sanciones que van de tres meses hasta nueve años de prisión a quienes cometan defraudación fiscal, la cual se puede dar cuando una persona hace uso de engaños o aprovechamiento de errores, omite total o parcialmente el pago de alguna contribución y obtiene un beneficio indebido con perjuicio al fisco.

El artículo 109 dicta que será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal del 108 quien consigne en las declaraciones deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos.

En tanto, en el artículo 113 se establece que se impondrán sanciones de tres a seis años de prisión al que dolosamente reproduzca o imprima comprobantes, sin estar autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con información de El Economista.

MÁS SOBRE:

NO TE PIERDAS: