Avances contra la eliminación de la condonación de impuestos

Tras la publicación de las condonaciones otorgadas por gobiernos anteriores, se toman cartas en el asunto

 .  (Foto: iStock)

Mtro. Ernesto Sanciprian

El 4 de mayo de 2015 se publicó en el DOF la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información (LFTAI), desde entonces el SAT, está obligado a transparentar el monto, nombre y RFC de los beneficiarios con condonaciones y cancelaciones de créditos fiscales.

Por otro lado la “Fundar, Centro de Análisis e Investigación”, publicó en su portal datos otorgados por la autoridad fiscal que indican las condonaciones y las cancelaciones de créditos fiscales correspondientes al período de 2015 a 2019 (al 1 de octubre de 2019).

Esta información generó un descontento general por las implicaciones, en particular contra las administraciones anteriores; sin embargo se debe recordar que la administración actual ha tomado cartas en el asunto para abolir la condonación de impuestos, a continuación se mencionan las acciones emprendidas. 

Eliminación efectos a ciertas condonaciones

El 20 de mayo de 2019, se dio a conocer en la conferencia matutina del presidente, el anuncio de la eliminación de la condonación de impuestos, en el mismo evento el mandatario firmó el compromiso decreto en el que se manifiesta que él no promueve este tipo de políticas, con el fin de favorecer a los contribuyentes cumplidos; aunado a esto se dejan sin efectos los decretos o las disposiciones de carácter general emitidos por los ejecutivos federales anteriores que otorgaron condonaciones de adeudos fiscales, con excepción de los siguientes: 

  • decreto que otorga facilidades para el pago de los Impuestos Sobre la Renta y al Valor Agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y sus modificaciones publicadas en el mismo órgano de difusión el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007, y
  • decreto por el que otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda, publicado en el DOF el 22 de enero de 2015

Esta información se confirmó con la publicación en el DOF el mismo día y se dio a conocer que el motivo que originó esta prohibición se debe a que en los últimos sexenios la facilidad de la condonación se ha ido distorsionando, por medio de la generalización de este beneficio sin una visión de política pública causando daños a las finanzas públicas, y perjudicando a los contribuyentes cumplidos.

Un punto a resaltar del decreto es que el presidente se compromete a no otorgar condonaciones o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios a grandes contribuyentes y deudores fiscales, salvo en las siguientes situaciones o casos extraordinarios:

  • cuando exista afectación o se trate de impedir esta, sobre alguna situación en un lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, y
  • catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias, caso en el cual se ejercerá dicha facultad en beneficio de la población afectada

Modificación constitucional

Otra medida tomada por el gobierno actual es la iniciativa presentada el 13 de agosto de 2019 ante la cámara de diputados que pretende reformar el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se destaca la prohibición de condonar impuestos. 

A la fecha la iniciativa propuesta por el ejecutivo federal está siendo discutida por los legisladores.

Para conocer el análisis de las condonaciones y cancelaciones de créditos fiscales, se recomienda la consulta de nuestra edición 452 que estará a la venta desde el 15 de noviembre en tiendas Sanborns de todo el país y Vips de la Ciudad de México y área Metropolitana.


MÁS SOBRE:

NO TE PIERDAS: