Guanajuato con aumento generalizado de impuestos en 2020

Los tributos locales se incrementarían entre un 100% y un 150%, siendo los más afectados los impuestos cedulares

Recompensa fiscal
 Recompensa fiscal  (Foto: iStock)


Como parte del paquete económico 2020 presentado por el Gobierno del Estado de Guanajuato ante el congreso local, a través de la iniciativa de Ley de Ingresos del Estado se proponen un incrementos en las distintas tasas:

  •   impuestos cedulares aumentarían en un 150 %, porque pretende que en 2020 se aplique la tasa del 5.0 %, en lugar de la actual  2.0 %
  • impuesto por servicios de hospedaje : pasaría de un 2.0 % al 4.0 %, y
  • nuevos gravámenes locales: por la enajenación de bienes inmuebles, y así como por la venta final de bebidas alcohólicas, en ambos casos con una tasa del 5 %

Los impuestos que no contemplan cambios serían: sobre loterías, rifas, sorteos y concursos; sobre nóminas, y sobre tenencia o uso de vehículos

A continuación, un cuadro comparativo entre las distintas tasas vigentes y las propuestas para 2020: 

Concepto

2019

2020

Incremento

I.

Impuestos Sobre los Ingresos:

 

 

 

I.a

Impuestos Cedulares Sobre los Ingresos de las Personas Físicas:

 

 

 

I.a.1

Por la prestación de servicios profesionales

2.0%

5.0%

150 %

I.a.2

Por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles

2.0%

5.0%

150 %

I.a.3

Por la realización de actividades empresariales:

 

I.a.3.1

Régimen General

2.0%

5.0%

150 %

I.a.3.2

Régimen de Incorporación Fiscal

2.0%

5.0%

150 %

I.a.3.4

Por la Enajenación de bienes Inmuebles

 

5.0%

-

I.b

Impuestos Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos

6.0%

6.0%

0 %

II.

Impuesto por Adquisición de Vehículos de Motor Usados

2.0%

2.0%

0 %

III.

Impuesto por Servicios de Hospedaje

2.0%

4.0%

100 %

IV.

Impuesto Sobre Nóminas

2.30%

2.30%

0 %

V.

Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos

Ver tarifa

 

VI.

Impuesto a la Venta Final de Bebidas Alcohólicas

-

4.50%

-

 

Tarifa del Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos

Esta tarifa no sufriría cambios respecto a 2019, por lo que en 2020 se aplicaría: 

Límite inferior resultante de disminuir al valor total del vehículo el monto exento

Límite superior resultante de disminuir al valor total del vehículo el monto exento

Tasa para aplicarse sobre el excedente al monto exento

$0.01

$500,000.00

3%

500,000.01

1,000,000.00

4%

1,000,000.01

1,500,000.00

5%

1,500,000.01

En adelante

6%