Guanajuato con aumento generalizado de impuestos en 2020
Los tributos locales se incrementarían entre un 100% y un 150%, siendo los más afectados los impuestos cedulares
Fiscal Contable
Como parte del paquete económico 2020 presentado por el Gobierno del Estado de Guanajuato ante el congreso local, a través de la iniciativa de Ley de Ingresos del Estado se proponen un incrementos en las distintas tasas:
- impuestos cedulares aumentarían en un 150 %, porque pretende que en 2020 se aplique la tasa del 5.0 %, en lugar de la actual 2.0 %
- impuesto por servicios de hospedaje : pasaría de un 2.0 % al 4.0 %, y
- nuevos gravámenes locales: por la enajenación de bienes inmuebles, y así como por la venta final de bebidas alcohólicas, en ambos casos con una tasa del 5 %
Los impuestos que no contemplan cambios serían: sobre loterías, rifas, sorteos y concursos; sobre nóminas, y sobre tenencia o uso de vehículos
A continuación, un cuadro comparativo entre las distintas tasas vigentes y las propuestas para 2020:
Concepto |
2019 |
2020 |
Incremento |
|
I. |
Impuestos Sobre los Ingresos: |
|
|
|
I.a |
Impuestos Cedulares Sobre los Ingresos de las Personas Físicas: |
|
|
|
I.a.1 |
Por la prestación de servicios profesionales |
2.0% |
5.0% |
150 % |
I.a.2 |
Por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles |
2.0% |
5.0% |
150 % |
I.a.3 |
Por la realización de actividades empresariales: |
|
||
I.a.3.1 |
Régimen General |
2.0% |
5.0% |
150 % |
I.a.3.2 |
Régimen de Incorporación Fiscal |
2.0% |
5.0% |
150 % |
I.a.3.4 |
Por la Enajenación de bienes Inmuebles |
|
5.0% |
- |
I.b |
Impuestos Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos |
6.0% |
6.0% |
0 % |
II. |
Impuesto por Adquisición de Vehículos de Motor Usados |
2.0% |
2.0% |
0 % |
III. |
Impuesto por Servicios de Hospedaje |
2.0% |
4.0% |
100 % |
IV. |
Impuesto Sobre Nóminas |
2.30% |
2.30% |
0 % |
V. |
Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos |
Ver tarifa |
|
|
VI. |
Impuesto a la Venta Final de Bebidas Alcohólicas |
- |
4.50% |
- |
Tarifa del Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos
Esta tarifa no sufriría cambios respecto a 2019, por lo que en 2020 se aplicaría:
Límite inferior resultante de disminuir al valor total del vehículo el monto exento |
Límite superior resultante de disminuir al valor total del vehículo el monto exento |
Tasa para aplicarse sobre el excedente al monto exento |
$0.01 |
$500,000.00 |
3% |
500,000.01 |
1,000,000.00 |
4% |
1,000,000.01 |
1,500,000.00 |
5% |
1,500,000.01 |
En adelante |
6% |