Obligatoria, validación del CFDI de nóminas
Modificaciones a tomar en cuenta para el llenado del CFDI de nóminas, las cuales son de carácter obligatorio
Fiscal Contable
En diciembre 2019 se dio a conocer en la página del SAT una nueva validación que entró en vigor de forma opcional en enero 2020, pero ya es de obligatoria de febrero 2020 en adelante.
El cambio consiste en que en todos los casos en donde se anote en el CFDI de nóminas el concepto 02 “sueldos y salarios” debe invariablemente contener el apartado del subsidio para el empleo. Es decir, aunque el trabajador no tenga derecho al subsidio para el empleo deberá anotarse en él, cero en el subsidio pagado dentro del rubro de “otros pagos” (cuestión que en 2019, no era necesaria).
Por lo tanto, ahora debe aparecer en la representación impresa el subsidio para el empleo como se muestra a continuación:
Otra de los filtros es que se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el recibo de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales.
Por lo anterior, es indispensable verificar que se validen o realicen los ajustes necesarios en su CFDI de nómina para evitar contingencias en el momento de emitirlos.