Cálculos necesarios para presentar la anual de personas morales

Obtenga las respuestas a las principales dudas que suelen presentarse para determinar correctamente el ISR a cargo del ejercicio 2019

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 .  (Foto: iStock)

Contrato de obra

Cómo se determinan las erogaciones estimadas deducibles a que se refiere el artículo 30 de la LISR, cuando un contribuyente celebra un contrato de obra inmueble, cuya construcción abarcará más de un ejercicio fiscal.

El segundo párrafo del artículo 17 de la LISR, establece que los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble, considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización, de lo contrario, los ingresos provenientes de esos contratos serán acumulables hasta que sean efectivamente pagados.

Por su parte, el numeral 30 de la LISR señala que dichos contribuyentes pueden deducir los gastos estimados relativos a los costos directos e indirectos de sus obras o de la prestación del servicio, en los ejercicios en que obtengan los ingresos derivados de las mismas.

Los gastos estimados se determinan por cada obra o por cada inmueble del que deriven los ingresos por la prestación de servicios de la siguiente manera:

 

GE = IAe x ((CDe + CIe) / IE))

  • GE: gastos estimados
  • IAe: ingresos acumulables en cada ejercicio que deriven de la obra o de la prestación del servicio
  • CDe: costos directos estimados al inicio del ejercicio
  • CIe: costos indirectos estimados al inicio del ejercicio
  • IE: el ingreso total que corresponda a dicha estimación en la misma fecha
  • ((CDe + CIe) / IE)): factor de deducción total

 

Dentro de dicha estimación no se pueden tomar la deducción de las inversiones y las remuneraciones por la prestación de servicios personales subordinados relacionados directamente, ni los gastos de operación ni financieros.

Por ejemplo, un contribuyente inicia la construcción de un inmueble en 2019 por un valor total de $31,000,000.00.

Fecha de pago

Concepto

Importe

Octubre de 2019

Anticipo

$6,000,000.00

Durante 2020

Por avance de obra trimestral

13,500,000.00

Liquidación en 2021

Por avance de obra trimestral

11,500,000.00

 

Total de la obra

$31,000,000.00

 

Para ejercer la opción de deducir los costos directos e indirectos, es imprescindible que la empresa constructora presente un aviso donde se manifieste que optan por lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR dentro de los 15 días siguientes al inicio de la obra o a la celebración del contrato, según corresponda, por cada una de las obras por las cuales pretenda ejercerse dicha opción.

Este aviso debe presentarse ante el SAT y una vez ejercida la opción no podrá cambiarse. Cabe resaltar que el no presentar el aviso es causa suficiente para la improcedencia de la deducción de los costos estimados (art. 30, último párrafo de la LISR).

Suma de los costos directos e indirectos estimados al inicio de la obra en 2019

 

 

 

øSe aplica en la estimación deducible?

 

Concepto

Importe

NO

 

Materiales

$7,176,000.00

$7,176,000.00

$0.00

Más:

Sueldos y salarios (construcción)

2,980,800.00

0.00

2,980,800.00

Más:

Previsión social (construcción)

496,800.00

 0.00

496,800.00

Más:

Sueldos y salarios (administrativos)

480,240.00

0.00

480,240.00

Más:

Previsión social (administrativos)

165,600.00

 0.00

165,600.00

Más:

Gastos de administración

966,000.00

 0.00

966,000.00

Más:

Gastos de ventas

1,104,000.00

 0.00

1,104,000.00

Más:

Gastos financieros

579,600.00

 0.00

579,600.00

Más:

Depreciación de maquinaria y equipo

314,640.00

 0.00

314,640.00

Igual:

Suma de los costos directos e indirectos estimados al inicio de la obra en 2019

$14,263,680.00

$7,176,000.00

$7,087,680.00

 

Factor de deducción estimado para 2019

 

Concepto

Importe

 

Suma de los costos directos e indirectos estimados al inicio de la obra en 2019

$7,176,000.00

Entre:

Ingreso total correspondiente al inicio de la obra

$31,000,000.00

Igual:

Factor de deducción estimado para 2019

0.2315

 

Aplicación del factor al cierre del ejercicio fiscal de 2019.

Erogaciones estimadas en el ejercicio 2019

 

Concepto

Importe

 

Ingresos acumulables en el ejercicio que inicio la obra

$6,000,000.00

Por:

Factor de deducción estimado

0.2315

Igual:

Erogaciones estimadas en el ejercicio 2019

$1,389,000.00

 

Así, el cierre fiscal de 2019 con solo esta operación, es el siguiente:

ISR 2019

 

Concepto

ISR

 

Ingresos acumulables

$6,000,000.00

Menos:

Deducción estimada

1,389,000.00

Menos:

Otras deducciones autorizadas

954,860.00

Igual:

Utilidad fiscal

$3,656,140.00

Por:

Tasa

30 %

Igual:

Impuesto causado

$1,096,842.00

 

Automóvil en arrendamiento financiero

Cómo se deducen los pagos efectuados por la celebración de un contrato de arrendamiento financiero para la adquisición de un vehículo.

Tomemos el siguiente ejemplo; en agosto de 2019, se celebra un contrato de arrendamiento financiero con la finalidad de adquirir un vehículo bajo las siguientes cláusulas:

Monto con IVA

$191,922.00

Importe a financiar

$155,456.82

Tasa mensual de interés

1.18 %

Plazo solicitado (meses)

36

Pago inicial

 

Comisión apertura 0.75 %

$1,165.93

IVA comisión apertura

$186.55

Depósito en garantía (amortizable mensualmente)

$36,465.18

Gastos de ratificación

$964.00

IVA gastos de ratificación

$154.24

Total pago inicial

$38,935.90

Pago final

 

Opción de compra con IVA

$14,580.00

 

Las cargas financieras por los intereses así como el depósito en garantía se considerarán deducibles para el ISR de acuerdo estos se devenguen como se muestra en la siguiente tabla de amortización:

Periodo

Saldo Insoluto Inicial

Renta

IVA renta

Intereses

Total Renta

Aplicación depósito en garantía

Pago

Saldo Insoluto Final

ago-19

$155,456.82

$3,493.11

$558.90

$1,834.39

$5,886.40

$559.02

$5,327.38

$151,963.71

sep-19

151,963.71

3,534.21

565.47

1,793.17

5,892.85

546.46

5,346.39

148,429.50

oct-19

148,429.50

3,575.79

572.13

1,751.47

5,899.39

533.75

5,365.64

144,853.71

nov-19

144,853.71

3,617.86

578.86

1,709.27

5,905.99

520.89

5,385.10

141,235.85

dic-19

141,235.85

3,660.42

585.67

1,666.58

5,912.67

507.88

5,404.79

137,575.43

ene-20

137,575.43

3,703.48

592.56

1,623.39

5,919.43

494.72

5,424.71

133,871.95

feb-20

133,871.95

3,747.05

599.53

1,579.69

5,926.27

481.40

5,444.87

130,124.90

mar-20

130,124.90

3,791.13

606.58

1,535.47

5,933.18

467.93

5,465.25

126,333.77

abr-20

126,333.77

3,835.73

613.72

1,490.74

5,940.19

454.30

5,485.89

122,498.04

may-20

122,498.04

3,880.86

620.94

1,445.48

5,947.28

440.50

5,506.78

118,617.18

jun-20

118,617.18

3,926.52

628.24

1,399.68

5,954.44

426.55

5,527.89

114,690.66

jul-20

114,690.66

3,972.72

635.64

1,353.35

5,961.71

412.43

5,549.28

110,717.94

ago-20

110,717.94

4,019.46

643.11

1,306.47

5,969.04

398.14

5,570.90

106,698.48

sep-20

106,698.48

4,066.75

650.68

1,259.04

5,976.47

383.69

5,592.78

102,631.73

oct-20

102,631.73

4,114.60

658.34

1,211.05

5,983.99

369.06

5,614.93

98,517.13

nov-20

98,517.13

4,163.01

666.08

1,162.50

5,991.59

354.27

5,637.32

94,354.12

dic-20

94,354.12

4,211.99

673.92

1,113.38

5,999.29

339.30

5,659.99

90,142.13

ene-21

90,142.13

4,261.54

681.85

1,063.68

6,007.07

324.15

5,682.92

85,880.59

feb-21

85,880.59

4,311.68

689.87

1,013.39

6,014.94

308.83

5,706.11

81,568.91

mar-21

81,568.91

4,362.41

697.99

962.51

6,022.91

293.32

5,729.59

77,206.50

abr-21

77,206.50

4,413.73

706.20

911.04

6,030.97

277.63

5,753.34

72,792.77

may-21

72,792.77

4,465.66

714.51

858.95

6,039.12

261.76

5,777.36

68,327.11

jun-21

68,327.11

4,518.20

722.91

806.26

6,047.37

245.70

5,801.67

63,808.91

jul-21

63,808.91

4,571.36

731.42

752.95

6,055.73

229.46

5,826.27

59,237.55

ago-21

59,237.55

4,625.14

740.02

699.00

6,064.16

213.02

5,851.14

54,612.41

sep-21

54,612.41

4,679.55

748.73

644.43

6,072.71

196.39

5,876.32

49,932.86

oct-21

49,932.86

4,734.60

757.54

589.21

6,081.35

179.56

5,901.79

45,198.26

nov-21

45,198.26

4,790.30

766.45

533.34

6,090.09

162.53

5,927.56

40,407.96

dic-21

40,407.96

4,846.66

775.47

476.81

6,098.94

145.31

5,953.63

35,561.30

ene-22

35,561.30

4,903.68

784.59

419.62

6,107.89

127.88

5,980.01

30,657.62

feb-22

30,657.62

4,961.37

793.82

361.76

6,116.95

110.24

6,006.71

25,696.25

mar-22

25,696.25

5,019.74

803.16

303.22

6,126.12

92.40

6,033.72

20,676.51

abr-22

20,676.51

5,078.80

812.61

243.98

6,135.39

74.35

6,061.04

15,597.71

may-22

15,597.71

5,138.55

822.17

184.05

6,144.77

56.09

6,088.68

10,459.16

jun-22

10,459.16

5,199.01

831.84

123.42

6,154.27

37.61

6,116.66

5,260.15

jul-22

5,260.15

5,260.18

841.63

62.07

6,163.88

18.92

6,144.96

-$0.03

 

Total

$155,456.85

$24,873.15

$36,244.81

$216,574.81

$11,045.44

$205,529.37

 

 

En materia del ISR, el pago de capital por el bien en un arrendamiento financiero se considera una inversión del bien afecto al mismo. Por lo tanto, el automóvil se deprecia en los mismos términos que cualquier otra inversión en términos del artículo 31 de la LISR, cuya depreciación para 2019 es la siguiente:

Depreciación actualizada del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

MOI

$165,450.00

Por:

Tasa de depreciación

25 %

Igual:

Depreciación anual

41,362.50

Entre:

Doce

12

Igual:

Depreciación mensual

3,446.88

Por:

Meses completos de uso en el ejercicio

4

Igual:

Depreciación del ejercicio

13,787.52

Por:

Factor de actualización

1.0033

Igual:

Depreciación actualizada del ejercicio

$13,833.02

 

Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio (septiembre 2019)

103.9420

Entre:

INPC del mes de adquisición (agosto 2019)

103.6700

Igual:

Factor de actualización

1.0033

 

Así, el total de las deducciones que se aplicarán en cada ejercicio sería el siguiente:

Total de deducciones para el ISR

 

Concepto

2019

2020

2021

2022

2023

 

Depreciación del ejercicio actualizada

$13,833.02

(1) $43,017.00

(1) 44,737.68

(1) 46,527.19

(1) 11,458.00

Más:

Comisión apertura 0.75 %

1,165.93

0.00

0.00

0.00

0.00

Más:

Gastos de ratificación

964.00

0.00

0.00

0.00

0.00

Más:

Seguro del automóvil (pago de contado anualmente)

11,458.00

11,458.00

11,458.00

11,458.00

11,458.00

Más:

Intereses

8,754.88

16,480.24

9,311.57

1,698.12

 

Más:

Opción de compra

0.00

0.00

0.00

(2) 14,580.00

0.00

Igual:

Total de deducciones para el ISR

$38,194.83

$72,975.24

$67,528.25

$76,285.31

$24,939.00

Notas:

(1) Datos estimados

(2) Si al término del contrato se ejerce la opción de compra, este importe se considera como complemento del MOI. En este supuesto se deduce en su totalidad en el ejercicio de su pago, pues solo resta un año para terminar de depreciar el bien

Cabe señalar que en materia de IVA, los importes acreditables en cada ejercicio se conforman de la siguiente forma:

IVA acreditable

 

Concepto

2019

2020

2021

2022

2023

 

IVA comisión apertura

$186.55

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

Más:

IVA gastos de ratificación

154.24

0.00

0.00

0.00

0.00

Más:

IVA de las rentas

2,861.03

7,589.34

8,732.96

5,689.82

0.00

Más:

IVA del seguro del automóvil

1,833.28

1,833.28

1,833.28

1,833.28

1,833.28

Más:

IVA de opción de compra

0.00

0.00

0.00

2,011.04

0.00

Igual:

IVA acreditable

$5,035.10

$9,422.62

$10,566.24

$9,534.14

$1,833.28

 

Intereses no deducibles por préstamos de partes relacionadas extranjeras

Nuestra empresa tiene diversos préstamos por los que se pagan intereses; entre sus acreedores se encuentran algunos residentes en el extranjero, considerados como partes relacionadas en términos de la LISR. Por lo que necesitamos conocer si la deducción de los pagos de intereses a dichas empresas está limitada en términos de la fracción XXVII del artículo 28 de la LISR.

Para conocer si el pago de los intereses es deducible para el ISR, como primer punto se obtiene el triple del promedio del capital contable al inicio y al final del ejercicio, sumando estos dos saldos y dividiendo el resultado entre dos. Dichos saldos pueden obtenerse bajo cualquiera de los siguientes procedimientos, el que más convenga a la empresa:

  • los manifestados en los estados financieros, siempre que se apliquen las Normas de Información Financiera (NIF), o
  • el resultado de sumar los saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de: CUCA y CUFIN

Con los saldos al inicio y al final del ejercicio mostrados en estado de posición financiera, se obtiene el siguiente resultado: 

Triple del capital contable

 

Concepto

Importe

 

Saldo del capital contable al inicio del ejercicio

$58,449,335.00

Más:

Saldo del capital contable al final del ejercicio

59,308,481.00

Igual:

Suma de saldos

$117,757,816.00

Entre:

Dos

2

Igual:

Promedio del capital contable del ejercicio

$58,878,908.00

Por:

Tres

3

Igual:

Triple del capital contable

$176,636,724.00

 

Con los saldos de la CUCA y CUFIN, el triple del capital contable es:

Promedio del capital contable del ejercicio

 

Concepto

CUCA

CUFIN

Total

 

Saldo inicial

$50,012,629.00

$7,434,873.00

$57,447,502.00

Más:

Saldo final

56,640,487.00

5,368,751.00

62,009,238.00

Igual:

Suma

$106,653,116.00

$12,803,624.00

$119,456,740.00

Entre:

Dos

2

2

2

Igual:

Promedio del capital contable del ejercicio

$53,326,558.00

$6,401,812.00

$59,728,370.00

 

Triple del capital contable del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Promedio del capital contable del ejercicio

$59,728,370.00

Por:

Tres

3

Igual:

Triple del capital contable del ejercicio

$179,185,110.00

 

Como el triple del capital es mayor con estos datos, se toma esta opción.

Saldo promedio anual de las deudas 

Con los saldos al último día del total de las deudas del contribuyente, se obtiene su promedio. En primer lugar se obtendrá el de operaciones celebradas con residentes en México.

Suma de deudas con residentes en territorio nacional 

 

 

Nacional uno

Nacional dos

 

Periodo

Saldos al último día del periodo

Intereses del periodo

Saldos al último día del periodo

Intereses del periodo

 

Enero

$12,691,131.00

$90,800.00

$18,731,377.00

$134,016.00

Más:

Febrero

11,839,972.00

84,711.00

14,878,814.00

106,452.00

Más:

Marzo

9,570,393.00

68,473.00

12,920,976.00

92,445.00

Más:

Abril

10,408,216.00

74,467.00

19,105,172.00

136,690.00

Más:

Mayo

11,900,537.00

85,144.00

14,823,823.00

106,059.00

Más:

Junio

9,461,076.00

67,691.00

12,469,665.00

89,216.00

Más:

Julio

15,101,049.00

108,042.00

16,709,979.00

119,554.00

Más:

Agosto

9,519,752.00

68,110.00

16,420,593.00

117,483.00

Más:

Septiembre

15,376,765.00

110,015.00

18,900,916.00

135,228.00

Más:

Octubre

14,462,073.00

103,470.00

19,153,342.00

137,035.00

Más:

Noviembre

10,723,834.00

76,725.00

18,215,058.00

130,322.00

Más:

Diciembre

8,875,190.00

63,498.00

19,929,334.00

142,587.00

Igual:

Suma de deudas con residentes en territorio nacional

$139,929,988.00

$1,001,146.00

$202,259,049.00

$1,447,087.00

 

 

 

Nacional tres

Nacional cuatro

 

Periodo

Saldos al último día del periodo

Intereses del periodo

Saldos al último día del periodo

Intereses del periodo

 

Enero

$16,904,844.00

$120,948.00

$4,410,130.00

$31,553.00

Más:

Febrero

18,862,836.00

134,956.00

6,270,204.00

44,861.00

Más:

Marzo

22,495,351.00

160,946.00

7,022,578.00

50,244.00

Más:

Abril

22,029,142.00

157,610.00

6,050,861.00

43,292.00

Más:

Mayo

24,255,043.00

173,536.00

4,422,092.00

31,638.00

Más:

Junio

23,623,478.00

169,017.00

4,588,773.00

32,831.00

Más:

Julio

17,519,107.00

125,343.00

6,499,277.00

46,500.00

Más:

Agosto

23,962,194.00

171,440.00

6,299,898.00

45,074.00

Más:

Septiembre

16,887,055.00

120,820.00

5,315,412.00

38,030.00

Más:

Octubre

20,386,281.00

145,856.00

5,380,649.00

38,496.00

Más:

Noviembre

24,793,258.00

177,386.00

5,828,268.00

41,699.00

Más:

Diciembre

16,639,614.00

119,050.00

5,411,517.00

38,717.00

Igual:

Suma de deudas con residentes en territorio nacional

$248,358,203.00

$1,776,908.00

$67,499,659.00

$482,935.00

 

La suma de las deudas de los saldos al último día de cada mes se divide entre el número de meses del ejercicio.

Promedio de deudas con residentes en territorio nacional

 

Concepto

Nacional uno

Nacional dos

 Nacional tres

Nacional cuatro

 

Suma de las deudas al último día de cada mes

$139,929,988.00

$202,259,049.00

$248,358,203.00

$67,499,659.00

Entre:

Meses del ejercicio

12

12

12

12

Igual:

Promedio de deudas con residentes en territorio nacional

$11,660,832.33

$16,854,920.75

$20,696,516.92

$5,624,971.58

 

La suma de los promedios será el promedio del total de deudas con residentes en territorio nacional.

Promedio del total de deudas con residentes en territorio nacional

 

Concepto

Importe

 

Nacional uno

$11,660,832.33

Más:

Nacional dos

16,854,920.75

Más:

Nacional tres

20,696,516.92

Más:

Nacional cuatro

5,624,971.58

Más:

Promedio del total de deudas con residentes en territorio nacional

54,837,241.58

Igual:

Nacional uno

$11,660,832.33

 

Deudas con residentes en el extranjero

Paso seguido se calcula el promedio de deudas e intereses con residentes en el extranjero, para lo que se valúan los saldos al último día del periodo con el tipo de cambio vigente al último día del mismo; es decir, el publicado en el DOF el día anterior (art. 20, CFF).

Suma de deudas con extranjero uno

 

Periodo

Saldos al último día del periodo en dólares (A)

Tipo de cambio (B)

Saldos al último día del periodo en moneda nacional

(A x B = C)

Intereses devengados del periodo en moneda extranjera (D )

Intereses devengados del periodo en moneda nacional (B x D)

 

Enero

1,935,087.00

18.9972

$36,761,234.76

9,637.00

$183,076.02

Más:

Febrero

1,919,538.00

19.1630

36,784,106.69

9,559.00

183,179.12

Más:

Marzo

2,403,415.00

19.3793

46,576,500.31

11,969.00

231,950.84

Más:

Abril

1,663,032.00

18.9414

31,500,154.32

8,283.00

156,891.62

Más:

Mayo

1,831,873.00

19.1652

35,108,212.42

9,123.00

174,844.12

Más:

Junio

2,148,781.00

19.1685

41,188,908.60

10,701.00

205,122.12

Más:

Julio

2,205,327.00

19.0900

42,099,692.43

10,983.00

209,665.47

Más:

Agosto

1,971,774.00

20.0988

39,630,291.27

9,820.00

197,370.22

Más:

Septiembre

2,072,466.00

19.6363

40,695,564.12

10,321.00

202,666.25

Más:

Octubre

2,421,133.00

19.1167

46,284,073.22

12,057.00

230,490.05

Más:

Noviembre

2,291,226.00

19.6113

44,933,920.45

11,411.00

223,784.54

Más:

Diciembre

2,150,758.00

18.8452

40,531,464.66

10,711.00

201,850.94

Igual:

Suma de deudas con extranjero uno

25,014,410.00

 

$482,094,123.25

 

$2,400,891.31

 

Suma de deudas con extranjero dos

 

Periodo

Saldos al último día del periodo en dólares (A)

Tipo de cambio (B)

Saldos al último día del periodo en moneda nacional

(A x B = C)

Intereses devengados del periodo en moneda extranjera (D )

Intereses devengados del periodo en moneda nacional (B x D)

 

Enero

3,480,361.00

18.9972

$66,117,113.99

$17,333.00

$329,278.47

Más:

Febrero

3,772,803.00

19.1630

72,298,223.89

18,789.00

360,053.61

Más:

Marzo

3,589,893.00

19.3793

69,569,613.41

17,878.00

346,463.13

Más:

Abril

3,671,919.00

18.9414

69,551,286.55

18,287.00

346,381.38

Más:

Mayo

4,115,734.00

19.1652

78,878,865.26

20,497.00

392,829.10

Más:

Junio

3,739,234.00

19.1685

71,675,506.93

18,622.00

356,955.81

Más:

Julio

3,319,115.00

19.0900

63,361,905.35

16,529.00

315,538.61

Más:

Agosto

3,398,454.00

20.0988

68,304,847.26

16,925.00

340,172.19

Más:

Septiembre

3,912,975.00

19.6363

76,836,350.99

19,487.00

382,652.58

Más:

Octubre

3,862,960.00

19.1167

73,847,047.43

19,238.00

367,767.07

Más:

Noviembre

3,759,709.00

19.6113

73,732,781.11

18,723.00

367,182.37

Más:

Diciembre

3,713,013.00

18.8452

69,972,472.59

18,491.00

348,466.59

Igual:

Suma de deudas con extranjero dos

44,336,170.00

 

$854,146,014.76

 

$4,253,740.91

 

Suma de deudas con extranjero tres

 

Periodo

Saldos al último día del periodo en dólares (A)

Tipo de cambio (B)

Saldos al último día del periodo en moneda nacional

(A x B = C)

Intereses devengados del periodo en moneda extranjera (D )

Intereses devengados del periodo en moneda nacional (B x D)

 

Enero

545,933.00

14.8414

$8,102,410.03

$2,720.00

$40,368.61

Más:

Febrero

283,422.00

14.9624

4,240,673.33

1,411.00

21,111.95

Más:

Marzo

635,939.00

15.1542

9,637,146.79

3,167.00

47,993.35

Más:

Abril

600,324.00

15.2225

9,138,432.09

2,990.00

45,515.28

Más:

Mayo

376,908.00

15.3737

5,794,470.52

1,877.00

28,856.43

Más:

Junio

641,730.00

15.5676

9,990,195.95

3,197.00

49,769.62

Más:

Julio

653,855.00

16.2140

10,601,604.97

3,257.00

52,809.00

Más:

Agosto

414,938.00

16.8863

7,006,767.55

2,067.00

34,903.98

Más:

Septiembre

612,968.00

16.5684

10,155,899.01

3,053.00

50,583.33

Más:

Octubre

400,787.00

16.4698

6,600,881.73

1,996.00

32,873.72

Más:

Noviembre

603,864.00

16.8465

10,172,994.88

3,008.00

50,674.27

Más:

Diciembre

634,282.00

16.9456

10,748,289.06

3,159.00

53,531.15

Igual:

Suma de deudas con extranjero tres

6,404,950.00

 

$102,189,765.91

 

$508,990.69

 

La siguiente deuda con el extranjero es en euros, por lo que la conversión a moneda nacional es la siguiente:

Suma de deudas con extranjero cuatro

 

 Periodo

Saldos al último día del periodo en euros (A)

Equivalencia del Euro respecto al dólar (B)

Saldos al último día del periodo en dólares

(A x B = C)

Tipo de cambio (D)

 

Enero

501,881.00

1.1476

575,958.64

14.8414

Más:

Febrero

498,688.00

1.1386

567,781.22

14.9624

Más:

Marzo

494,575.00

1.1227

555,234.62

15.1542

Más:

Abril

482,127.00

1.1209

540,392.05

15.2225

Más:

Mayo

478,112.00

1.1146

532,903.64

15.3737

Más:

Junio

423,093.00

1.1387

481,754.84

15.5676

Más:

Julio

376,863.00

1.1135

419,636.95

16.2140

Más:

Agosto

435,913.00

1.1016

480,179.97

16.8863

Más:

Septiembre

450,222.00

1.0903

490,854.54

16.5684

Más:

Octubre

486,482.00

1.1141

541,965.27

16.4698

Más:

Noviembre

390,305.00

1.1026

430,330.78

16.8465

Más:

Diciembre

486,056.00

1.1225

545,597.86

16.9456

 

 

Periodo

Saldos al último día del periodo en moneda nacional

(C x D)

Intereses devengados del periodo en moneda extranjera (E)

Intereses devengados del periodo en moneda nacional (E x B x D)

 

Enero

$8,548,032.56

2,500.00

$42,579.98

Más:

Febrero

8,495,369.73

2,484.00

42,316.03

Más:

Marzo

8,414,136.48

2,463.00

41,902.68

Más:

Abril

8,226,117.98

2,401.00

40,966.20

Más:

Mayo

8,192,700.69

2,382.00

40,816.82

Más:

Junio

7,499,766.65

2,084.00

36,941.08

Más:

Julio

6,803,993.51

1,877.00

33,887.90

Más:

Agosto

8,108,463.03

2,171.00

40,383.00

Más:

Septiembre

8,132,674.36

2,243.00

40,516.87

Más:

Octubre

8,926,059.60

2,423.00

44,457.64

Más:

Noviembre

7,249,567.49

1,944.00

36,108.07

Más:

Diciembre

9,245,483.10

2,420.00

46,031.88

Igual:

Suma de deudas con extranjero cuatro

$97,842,365.18

 

$486,908.15

 

La suma de los saldos al último día de cada mes se dividirá entre 12 y el cociente será el promedio anual de cada deuda. 

Promedio de deudas con residentes en el extranjero

 

 

Suma de saldos en moneda nacional de

 

Concepto

Extranjero uno

Extranjero dos

Extranjero tres

Extranjero cuatro

 

Suma de las deudas al último día de cada mes

$482,094,123.25

$854,146,014.76

$102,189,765.91

$97,842,365.18

Entre:

Meses del ejercicio

12

12

12

12

Igual:

Promedio de deudas con residentes en el extranjero

$40,174,510.27

$71,178,834.56

$8,515,813.83

$8,153,530.43

 

A continuación se obtiene el promedio de deudas con residentes en el extranjero separando las correspondientes a sus partes relacionadas de las que no lo son.

Promedio de deudas con residentes en el extranjero (partes no relacionadas)

 

Concepto

Importe

 

Extranjero uno

$40,174,510.27

Más:

Extranjero dos

71,178,834.56

Igual:

Promedio de deudas con residentes en el extranjero (partes no relacionadas)

$111,353,344.83

 

Promedio de deudas con residentes en el extranjero (partes relacionadas) 

 

Concepto

Importe

Más:

Extranjero tres

$8,515,813.83

Más:

Extranjero cuatro

8,153,530.43

Más:

Promedio de deudas con residentes en el extranjero (partes relacionadas)

$16,669,344.26

 

Promedio del total de deudas con residentes en el extranjero 

 

Concepto

Importe

 

Promedio de deudas con residentes en el extranjero (partes no relacionadas)

$111,353,344.83

Más:

Promedio de deudas con residentes en el extranjero (partes relacionadas)

16,669,344.26

Igual:

Promedio del total de deudas con residentes en el extranjero

$128,022,689.09

 

Deudas que exceden al triple del capital

El promedio total de las deudas se compara con el triple del capital. 

Monto de las deudas que exceden al triple del capital 

 

Concepto

Importe

 

Promedio del total de deudas con residentes en territorio nacional

$54,837,241.58

Más:

Promedio del total de deudas con residentes en el extranjero

128,022,689.09

Igual:

Promedio del total de deudas

182,859,930.67

Menos:

Triple del capital contable del ejercicio

179,185,110.00

Igual:

Monto de las deudas que exceden al triple del capital

$3,674,820.67

 

Como el promedio del total de las deudas excede al triple del capital contable, la deducción de los intereses pagados a sus partes relacionadas residentes en el extranjero se limita de la siguiente forma:

Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero

 

Concepto

Importe

 

Monto de las deudas que exceden al triple del capital

$3,674,820.67

Contra:

Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero

$16,669,344.26

 

Como el promedio de las deudas con sus partes relacionadas supera el monto en que las deudas exceden al triple del capital, solo se deduce una parte de los intereses pagados por ellas. 

En caso de que el saldo promedio anual de las deudas con partes relacionadas residentes en el extranjero sea menor que el monto de las deudas que exceden al triple del capital, no serán deducibles en su totalidad los intereses devengados por ellas.

Cuando el promedio del total de las deudas no sea mayor que el triple del capital, los intereses devengados a favor de sus partes relacionadas residentes en el extranjero se deducen totalmente.

Intereses no deducibles 

A continuación se dividen las deudas que exceden al triple del capital entre el promedio del total de las de partes relacionadas del extranjero, para conocer los intereses deducibles y los que no lo son.

Factor

  

Concepto 

Importe

 

Monto de las deudas que exceden al triple del capital

$3,674,820.67

Entre:

Promedio del total de deudas de partes relacionadas del extranjero

$16,669,344.26

Igual:

Factor

0.2205

 

El factor resultante se aplica a los intereses pagados a las partes relacionadas residentes en el extranjero.

 

Intereses devengados a residentes en el extranjero partes relacionadas

  

Intereses a favor de

Importe

 

Extranjero tres

$508,990.69

Más:

Extranjero cuatro

486,908.15

Igual:

Intereses devengados a residentes en el extranjero partes relacionadas

$995,898.84

 

Intereses a residentes en el extranjero partes relacionadas no deducibles

 

Concepto

Importe

 

Intereses devengados a residentes en el extranjero partes relacionadas

$995,898.84

Por:

Factor

0.2205

Igual:

Intereses devengados a residentes en el extranjero partes relacionadas no deducibles

$219,595.69

 

Intereses devengados con partes relacionadas deducibles

 

Concepto

Importe

 

Intereses devengados a residentes en el extranjero

partes relacionadas

$995,898.84

Menos: 

Intereses devengados a residentes en el extranjero partes relacionadas no deducibles

219,595.69

Igual: 

Intereses devengados con partes relacionadas deducibles

$776,303.15

 

Los intereses devengados por las demás deudas a partes independientes (nacionales y extranjeras), no se afectan con este factor, por lo que se deducen totalmente.

Intereses pagados a acreedores nacionales deducibles

 

Acreedor

Intereses

 

Nacional uno

$1,001,146.00

Más:

Nacional dos

1,447,087.00

Más:

Nacional tres

1,776,908.00

Más:

Nacional cuatro

482,935.00

Igual:

Intereses pagados a acreedores nacionales deducibles

$4,708,076.00

 

Intereses pagados a acreedores extranjeros (independientes) deducibles

 

Acreedor

Intereses

 

Extranjero uno

$2,400,891.31

Más:

Extranjero dos

4,253,740.91

Igual:

Intereses pagados a acreedores extranjeros (independientes) deducibles

$6,654,632.22

 

Previsión social

Cómo se determinan el monto de los salarios y prestaciones pagadas a los trabajadores que la empresa puede deducir.

La fracción XXX del numeral 28 de la LISR prevé que no son deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 a ellos. Dicho factor será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Así, la previsión social que se otorgue a los trabajadores y se encuentre exenta para ellos conforme al punto anterior, se sujetará al límite de deduciblidad del 47 % o 53 %, según corresponda.

Es decir, las prestaciones exentas otorgadas en 2019, son deducibles en un:

  • 53 %, cuando sean iguales o incluso superiores a las que se dieron en 2018, o
  • 47 %, si son menores a las otorgadas en 2018

Para conocer la proporción deducible y no deducible, la regla 3.3.1.29, de la RMISC 2019, establece el procedimiento para determinar si en el ejercicio disminuyeron las prestaciones otorgadas a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior, para lo cual:

  • se obtiene el cociente que resulte de dividir el total de las prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio, entre el total de las remuneraciones y prestaciones pagadas en el ejercicio
  • se calcula el cociente que resulte de dividir el total de las prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio inmediato anterior, entre el total de las remuneraciones y prestaciones pagadas en el ejercicio inmediato anterior, y
  • cuando el cociente determinado conforme al primer punto sea menor que el cociente del punto dos, se entiende que hubo una disminución de las prestaciones otorgadas por el contribuyente a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos del ISR para dichos trabajadores, por lo que solo se pueden deducir en un 47 %

Por ejemplo, una empresa realiza los siguientes pagos a sus colaboradores en 2019:

  • 5 % de vales de despensa sin tope
  • 3 % vales para ropa
  • ayuda para transporte, $1,100.00 mensuales
  • seguro de vida
  • ayuda para renta (tope de $3,000.00 mensuales)
  • reembolso de gastos funerarios (topado a $15,000.00, por trabajador, por evento)
  • ayuda para colegiaturas para hijos del trabajador (hasta $2,000.00 al mes)
  • pago por subsidios por incapacidad (primeros tres días de incapacidad otorgada por el IMSS por enfermedad)
  • seguro de gastos médicos mayores

Como primer punto deben obtenerse; el importe de siete veces la UMA elevada al año:

7 veces la UMA anual

 

Concepto

Importe

 

UMA

$84.49

Por:

Días del ejercicio

365

Igual:

UMA anual

$30,838.85

Por:

Siete

7

Igual:

7 veces la UMA anual

$215,871.95

 

Los montos de las demás prestaciones pagadas son:

Vales de despensa

 

 

Trabajador  

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

Total

 

Salarios del ejercicio

$36,548.00

$48,564.00

$179,000.00

$380,000.00

$575,800.00

$1,219,912.00

Por:

Por ciento de vales de despensa

5 %

5 %

5 %

5 %

5 %

 

Igual:

Vales de despensa otorgados

$1,827.40

$2,428.20

$8,950.00

$19,000.00

$28,790.00

$60,995.60

 

Vales de ropa otorgados

 

 

Trabajador  

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

Total

 

Salarios del ejercicio

$36,548.00

$48,564.00

$179,000.00

$380,000.00

$575,800.00

$1,219,912.00

Por:

Por ciento de vales de ropa

3 %

3 %

3 %

3 %

3 %

 

Igual:

Vales de ropa otorgados

$1,096.44

$1,456.92

$5,370.00

$11,400.00

$17,274.00

$36,597.36

 

Otras prestaciones pagadas

 

 

Trabajador

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

Total

 

Ayuda para

transporte

$12,000.00

$12,000.00

$12,000.00

$12,000.00

$12,000.00

$60,000.00

Más:

Ayuda para colegiaturas para hijos del trabajador

24,000.00

18,000.00

0.00

0.00

24,000.00

66,000.00

Más:

Ayuda para renta

0.00

0.00

36,000.00

36,000.00

0.00

72,000.00

Más:

Reembolso de gastos funerarios

0.00

12,540.00

0.00

0.00

15,000.00

27,540.00

Más:

Pago por subsidios por incapacidad

1,548.00

1,846.00

3,540.00

0.00

5,654.00

12,588.00

Más:

Seguro de vida (1)

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

48,970.00

Más:

Seguro de gastos médicos mayores (1)

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

64,859.00

Igual:

Otras prestaciones pagadas

$37,548.00

$44,386.00

$51,540.00

$48,000.00

$56,654.00

$351,957.00

  Nota: (1) La empresa paga la prima por el total de su plantilla de personal


Se suman las prestaciones de previsión social a los ingresos de cada trabajador para comparar el resultado contra las siete veces la UMA anual, sin incluir las prestaciones de reembolso de gastos funerarios, seguro de gastos médicos y de vida, los cuales están totalmente exentos para el trabajador al reunir los requisitos previstos en la LISR para cada uno (art. 93, último párrafo, LISR).

Comparación contra siete veces la UMA anual

 

 

Trabajador 

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

 

Salarios del ejercicio

$36,548.00

$48,564.00

$179,000.00

$380,000.00

$575,800.00

Más:

Vales de despensa otorgados

1,827.40

2,428.20

8,950.00

19,000.00

28,790.00

Más:

Vales de ropa otorgados

1,096.44

1,456.92

5,370.00

11,400.00

17,274.00

Más:

Ayuda para transporte

12,000.00

12,000.00

12,000.00

12,000.00

12,000.00

Más:

Ayuda para colegiaturas para hijos del trabajador

24,000.00

18,000.00

0.00

0.00

24,000.00

Más:

Ayuda para renta

0.00

0.00

36,000.00

36,000.00

0.00

Más:

Pago por subsidios por incapacidad

1,548.00

1,846.00

3,540.00

0.00

5,654.00

Igual:

Suma

$77,019.84

$84,295.12

$244,860.00

$458,400.00

$663,518.00

Contra:

Siete veces la UMA anual

215,871.95

215,871.95

215,871.95

215,871.95

215,871.95

Igual:

Excede

No

No

 

Para los primeros dos trabajadores, el total de la prestación social está exenta porque la suma de sus salarios y las prestaciones de previsión social no rebasan el equivalente de siete veces la UMA anual.

De primera instancia puede establecerse que los demás colaboradores solo pueden exentar hasta el equivalente de una UMA anual por previsión social.

Previsión social gravada

 

 

Trabajador 

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

Total

 

Vales de despensa otorgados

$1,827.40

$2,428.20

$8,950.00

$19,000.00

$28,790.00

$60,995.60

Más:

Vales de ropa otorgados

1,096.44

1,456.92

5,370.00

11,400.00

17,274.00

36,597.36

Más:

Ayuda para transporte

12,000.00

12,000.00

12,000.00

12,000.00

12,000.00

60,000.00

Más:

Ayuda para colegiaturas para hijos del trabajador

24,000.00

18,000.00

0.00

0.00

24,000.00

66,000.00

Más:

Ayuda para renta

0.00

0.00

36,000.00

36,000.00

0.00

72,000.00

Más:

Pago por subsidios por incapacidad

1,548.00

1,846.00

3,540.00

0.00

5,654.00

12,588.00

Igual:

Total de prestaciones sujetas a siete veces la UMA anual

$40,471.84

$35,731.12

$65,860.00

$78,400.00

$87,718.00

$308,180.96

Contra:

Previsión social exenta

40,471.84

35,731.12

30,838.85

30,838.85

30,838.85

$168,719.51

Igual:

Previsión social gravada

$0.00

$0.00

$35,021.15

$47,561.15

$56,879.15

$139,461.45

 

Sin embargo, esta limitación no puede dar como resultado que la suma de los ingresos por salarios y el importe de la exención, sea inferior a siete veces la UMA anual, por lo que se determina dicha diferencia.

Salarios y exenciones

 

 

 Trabajador 

 

Concepto

Tres

Cuatro

Cinco

 

Salarios del ejercicio

$179,000.00

$380,000.00

$575,800.00

Más:

Importe de la previsión social exenta determinada

30,838.85

30,838.85

30,838.85

Igual:

Suma no debe ser menor

$209,838.85

$410,838.85

$606,638.85

Contra:

Siete veces la UMA anual

215,871.95

215,871.95

215,871.95

 

La suma de salarios y previsión social exenta determinada es menor al equivalente a siete veces la UMA

No

No

 

Para el trabajador tres sí se da la excepción, por lo que la previsión social exenta para este es hasta la diferencia de restar el equivalente a siete veces la UMA elevada al año el monto de los salarios.

Previsión social exenta

 

Concepto

Trabajador tres

 

Siete veces la UMA anual

$215,871.95

Menos:

Salarios del ejercicio

179,000.00

Igual:

Diferencia

$36,871.95

Contra:

Total de prestaciones sujetas a siete veces la UMA anual

65,860.00

Igual:

Previsión social exenta para quienes la suma de salarios y previsión social exenta determinada es menor al equivalente a siete veces la UMA

$36,871.95

 

Así, la previsión social exenta para cada trabajador es la siguiente:

Total de previsión social exenta

 

 

Trabajador

 

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

Total

 

Previsión social exenta porque salarios y prestaciones no exceden de siete veces la UMA

$40,471.84

$35,731.12

$0.00

$0.00

$0.00

$76,202.96

Más:

Previsión social exenta hasta una UMA anual

0.00

0.00

0.00

30,838.85

30,838.85

61,677.70

Más:

Previsión social exenta para quienes la suma de salarios y previsión social exenta determinada es menor al equivalente a siete veces la UMA

0.00

0.00

36,871.95

0.00

0.00

36,871.95

Más:

Previsión social exenta no sujeta a siete veces la UMA

0.00

12,540.00

0.00

0.00

15,000.00

27,540.00

Igual:

Total de previsión social exenta

$40,471.84

$48,271.12

$36,871.95

$30,838.85

$45,838.85

$202,292.61

 

Previsión social gravada para el ISR

 

 

Trabajador

 

 

Concepto

Uno

Dos

Tres

Cuatro

Cinco

Total

 

Previsión social otorgada

$40,471.84

$48,271.12

$65,860.00

$78,400.00

$102,718.00

$335,720.96

Menos:

Total de previsión social exenta

40,471.84

48,271.12

36,871.95

30,838.85

45,838.85

202,292.61

Igual:

Previsión social gravada para el ISR

$0.00

$0.00

$28,988.05

$47,561.15

$56,879.15

$133,428.35

 

Para conocer la previsión social exenta que el empleador puede deducir se aplica lo previsto en la regla 3.3.1.29. de la RMISC 2019:

Prestaciones pagadas

 

Concepto

2019

2018

 

Vales de despensa otorgados

$60,995.60

$64,584.00

Más:

Vales de ropa otorgados

36,597.36

38,468.00

Más:

Ayuda para transporte

60,000.00

0.00

Más:

Ayuda para colegiaturas para hijos del trabajador

66,000.00

51,500.00

Más:

Ayuda para renta

72,000.00

98,400.00

Más:

Reembolso de gastos funerarios

27,540.00

15,000.00

Más:

Pago por subsidios por incapacidad

12,588.00

16,897.00

Más:

Seguro de vida

48,970.00

53,654.00

Más:

Seguro de gastos médicos mayores

64,859.00

67,458.00

Igual:

Prestaciones pagadas

$449,549.96

$405,961.00

 

Total de remuneraciones pagadas

 

Concepto

2019

2018

 

Salarios

$575,800.00

698,780.00

Más:

Aguinaldo

24,587.00

29,870.00

Más:

Indemnizaciones por terminación de la relación laboral

0.00

24,589.00

Más:

Prima de antigüedad

0.00

2,650.00

Más:

Prima vacacional

8,945.00

10,480.00

Más:

Premio de puntualidad

7,654.00

6,489.00

Más:

PTU

48,798.00

0.00

Más:

Horas extra

9,654.00

11,564.00

Igual:

Total de remuneraciones pagadas

$675,438.00

$784,422.00

 

 

Cociente

 

Concepto

2019

2018

 

Total de las prestaciones pagadas

$449,549.96

$405,961.00

Entre:

Total de las remuneraciones y prestaciones pagadas

$1,124,987.96

$1,190,383.00

Igual:

Cociente

0.3996

0.3410

 

Como el cociente de 2019 es mayor al de 2018, la previsión social exenta para los trabajadores que el patrón puede deducir es de un 53 %.

Previsión social exenta deducible

 

Concepto

Importe

 

Prestaciones de previsión social exentas

$202,292.61

Por:

Por ciento de deducibilidad

53 %

Igual:

Previsión social exenta deducible

$107,215.08

 

Previsión social deducible

 

Concepto

Importe

 

Previsión social gravada

$133,428.35

Más:

Previsión social exenta deducible

107,215.08

Igual:

Previsión social deducible

$240,643.43

 

Costo de la no deducibilidad de estas prestaciones

 

Concepto

Importe

 

Previsión social otorgada

$335,720.96

Menos:

Previsión social deducible

240,643.43

Igual:

Previsión social no deducible

$95,077.53

Por:

Tasa del ISR

30 %

Igual:

Costo de la no deducibilidad de estas prestaciones

$28,523.26

 

  Cédulas necesarias para el cierre del ejercicio

A más tardar el 31 de marzo de 2020, debe presentarse la declaración del ejercicio y enterarse el ISR anual 2019, por lo que necesitamos conocer como determinar el costo de lo vendido, la PTU, el estado de resultados, la conciliación contable-fiscal, el balance así como los saldos de la CUCA y CUFIN.

Para ellos, considérense los siguientes cálculos:

Costo de los vendido

 

 

Contable

 

Fiscal

 

Concepto

Parcial

Importe

Parcial

Importe

 

Inventario inicial de materias primas

 

$1,405,489.00

 

$1,405,489.00

Más:

Compras de materias primas

 

13,654,870.00

 

13,654,870.00

Igual:

Materias primas en disponibilidad

 

$15,060,359.00

 

$15,060,359.00

Menos:

Inventario final de materias primas

 

654,898.00

 

654,898.00

Igual:

Total de materias primas utilizadas

 

$14,405,461.00

 

$14,405,461.00

Más:

Mano de obra directa utilizada

 

4,865,480.00

 

4,659,870.00

Igual:

Costo primo

 

$19,270,941.00

 

$19,065,331.00

Más:

Cargos indirectos

 

2,020,368.00

 

1,909,550.00

 

     Depreciaciones fabriles

$365,498.00

 

$254,680.00

 

 

     Otras erogaciones fabriles

1,654,870.00

 

1,654,870.00

 

Igual:

Costo de la producción procesada

 

$21,291,309.00

 

$20,974,881.00

Más:

Inventario inicial de producción en proceso

 

1,984,658.00

 

1,896,540.00

Igual:

Producción en proceso en disponibilidad

 

$23,275,967.00

 

$22,871,421.00

Menos:

Inventario final de producción en proceso

 

1,548,940.00

 

1,654,840.00

Igual:

Costo de la producción terminada

 

$21,727,027.00

 

$21,216,581.00

Más:

Inventario inicial de artículos terminados

 

2,365,480.00

 

2,154,056.00

Igual:

Artículos terminados en disponibilidad

 

$24,092,507.00

 

$23,370,637.00

Menos:

Inventario final de artículos terminados

 

2,365,480.00

 

2,546,894.00

Igual:

Costo de los vendido

 

$21,727,027.00

 

$20,823,743.00

 

ISR neto a pagar (favor) del ejercicio

 

Concepto

Parcial

Total

 

Total de ingresos acumulables

 

$53,297,708.00

 

Ingresos propios

$51,564,804.00

 

Más:

Intereses a favor y ganancia cambiaria

1,056,489.00

 

Más:

Ganancia por venta de activos

596,570.00

 

Más:

Ganancia por venta de terrenos

79,845.00

 

Menos:

Deducciones autorizadas

 

28,472,085.00

 

Devoluciones, rebajas, descuentos y bonificaciones

101,564.00

 

Más:

Costo de lo vendido

20,823,743.00

 

Más:

Intereses devengados a cargo y pérdida cambiaria

98,654.00

 

Más:

Depreciación fiscal de las inversiones

136,540.00

 

Más:

Deducción adicional de inversiones por deducción inmediata

108,654.00

 

Más:

Ajuste anual por inflación deducible

654,890.00

 

Más:

Gastos de operación

6,548,040.00

 

Igual:

Utilidad o (pérdida fiscal)

 

$24,825,623.00

Menos:

Pérdidas amortizadas en el ejercicio

 

80,549.00

Igual:

Resultado fiscal del ejercicio

 

$24,745,074.00

Por:

Tasa de impuesto

 

30 %

Igual:

ISR causado en el ejercicio

 

$7,423,522.20

Menos:

Pagos provisionales efectuados en el ejercicio

 

6,548,970.00

Menos:

Retenciones del ISR por instituciones de crédito

 

15,980.00

Menos:

Subsidio para el empleo efectivamente pagado a los trabajadores (acumulado)

 

148,975.00

Igual:

ISR neto a pagar (favor) del ejercicio

 

$709,597.20

 

PTU generada en el ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Ingresos acumulables

$53,297,708.00

Menos:

Ingresos exentos para los trabajadores no deducibles para la empresa

896,540.00

Igual:

Ingresos acumulables para PTU

52,401,168.00

Menos:

Deducciones autorizadas

28,472,085.00

Igual:

Base para PTU

23,929,083.00

Por:

Porcentaje determinado por la “Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas” (art. 117, LFT)

10 %

Igual:

PTU generada en el ejercicio

$2,392,908.30

 

Estado de resultados

 

Concepto

 

Importe

 

Ingresos totales

 

$51,564,804.00

Menos:

Devoluciones, descuentos y bonificaciones

 

101,564.00

Igual:

Ingresos netos

 

$51,463,240.00

Menos:

Costo de ventas

 

21,727,027.00

Igual:

Utilidad (o pérdida) bruta

 

$29,736,213.00

Menos:

Gastos de operación

 

6,933,509.00

Igual:

Utilidad (o pérdida) de operación

 

$22,802,704.00

 

Intereses devengados a favor y ganancia cambiaria

$1,056,489.00

 

Menos:

Intereses devengados a cargo y pérdida cambiaria

98,654.00

 

Igual:

Costo integral de financiamiento

 

$957,835.00

 

Ingresos por partidas discontinuas y extraordinarias

689,069.00

 

Menos:

Gastos por partidas discontinuas y extraordinarias

$0.00

 

Igual:

Utilidad (o pérdida) por partidas discontinuas y extraordinarias

 

$689,069.00

 

Utilidad (o pérdida) antes de impuestos

 

24,449,608.00

Menos:

ISR y PTU

 

9,816,430.5

Igual:

Utilidad (o pérdida) neta

 

$14,633,177.50

 

Conciliación fiscal±contable

 

Concepto

Parcial

Total

 

Utilidad neta (contable)

 

$14,633,177.50

Más:

Ingresos fiscales no contables

 

676,415.00

 

Ganancia por enajenación de activos

596,570.00

 

 

Ganancia por enajenación de terrenos

79,845.00

 

Más:

Deducciones contables no fiscales

 

31,859,765.50

 

Costo de ventas

21,727,027.00

 

 

Depreciación contable

102,654.00

 

 

ISR y PTU del ejercicio

9,816,430.50

 

 

Gastos no deducibles del ISR (no incluye prestaciones a los trabajadores de planta no deducibles, pues están integradas en el costo de lo vendido)

213,654.00

 

Menos:

Deducciones fiscales no contables

 

21,723,827.00

 

Ajuste anual por inflación deducible

654,890.00

 

 

Costo de lo vendido fiscal

20,823,743.00

 

 

Depreciación fiscal

136,540.00

 

 

Deducción adicional de inversiones

108,654.00

 

Menos:

Ingresos contables no fiscales

 

619,908.00

 

Ganancia por enajenación de activos

532,344.00

 

 

Ganancia por enajenación de terrenos

87,564.00

 

Igual:

Utilidad fiscal del ejercicio antes de PTU

 

$24,825,623.00

 

Balance general

Activo

Importe

 

Pasivo

Importe

Efectivo en caja

$8,293.00

 

Cuentas y documentos por pagar

$1,170,315.00

Depósitos en instituciones de crédito

38,438,870.00

 

Contribuciones por pagar

3,807,758.00

Clientes

478,884.00

 

Otros pasivos (PTU)

2,392,908.30

Cuentas y documentos por cobrar

570,601.00

 

Suma Pasivo

7,370,981.30

Deudores diversos

91,717.00

 

 

 

Inventarios

3,573,773.80

 

CAPITAL CONTABLE

 

 

 

 

 

 

Terrenos

1,184,932.00

 

Capital social:

 

Construcciones

2,477,182.00

 

    De aportaciones

9,712,974.00

Equipo de cómputo

308,606.00

 

Reserva legal

1,942,595.00

Maquinaria y equipo

870,691.00

 

Utilidades:

 

Equipo de transporte

96,596.00

 

    Acumuladas

13,095,844.00

Depreciación acumulada

1,344,574.00

 

    Del ejercicio

14,633,177.50

 

 

 

Suma Capital Contable

39,384,590.50

 

 

 

 

 

Suma Activo

$46,755,571.80

 

Suma Pasivo más Capital Contable

$46,755,571.80

 

Saldo de la CUCA actualizada a diciembre de 2019

 

Concepto

Importe

 

CUCA a diciembre de 2018

$10,565,487.00

Por:

Factor de actualización

1.0282

Igual:

Saldo de la CUCA actualizada a diciembre de 2019

$10,863,433.73

 

Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del mes de cierre del ejercicio (diciembre 2019)

105.9340

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (diciembre 2018)

103.0200

Igual:

Factor de actualización

1.0282

 

 

UFIN del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Resultado fiscal del ejercicio

$24,745,074.00

Menos:

ISR pagado según el artículo 9 de la LISR

7,423,522.20

Menos:

Partidas no deducibles del ISR

213,654.00

Igual:

UFIN del ejercicio

$17,107,897.80

 

Saldo de la CUFIN a diciembre 2019

 

Concepto

Importe

 

CUFIN a diciembre de 2018

$31,654,804.00

Por:

Factor de actualización

1.0282

Igual:

CUFIN a diciembre de 2019

$32,547,469.47

Más:

UFIN del ejercicio

17,107,897.80

Igual:

Saldo de la CUFIN a diciembre 2019

$49,655,367.27

 

Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes del ejercicio (diciembre 2019)

105.9340

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (diciembre 2018)

103.0200

Igual:

Factor de actualización

1.0282

 

UFIN

Nuestra empresa cuenta con diversos gastos no deducibles por no contar con el CFDI correspondiente o por encontrarse como tales en el artículo 28 de la LISR, asimismo tenemos ISR pagado en el extranjero, por lo que necesitamos conocer cómo afectan estos conceptos a la UFIN del ejercicio prevista en el numeral 77 de la LISR.

La finalidad de la UFIN del ejercicio es conocer el monto de las utilidades de la empresa que ya pagaron el ISR correspondiente, la cual se determina de la siguiente forma:

 

Concepto

 

Resultado fiscal del ejercicio

Menos:

ISR del ejercicio por el cual se determina

Menos:

Partidas no deducibles para el ISR en términos del artículo 28 de la LISR, excepto:

PTU pagada en el ejercicio

provisiones para la creación o el incremento de reservas complementarias de activo o de pasivo que se constituyan con cargo a las adquisiciones o gastos del ejercicio

reservas que se creen para indemnizaciones al personal, para pagos de antigüedad o cualquier otra de naturaleza análoga

Menos:

Proporción del ISR acreditado por distribución de dividendos

Menos:

Monto a restar por acumulación del ISR pagado en el extranjero

Igual:

UFIN

 

Cabe resaltar que las partidas no deducibles que se consideran para el cálculo de la UFIN son las incluidas como tales en términos del ordenamiento 28 de la LISR, mas no aquellas que puedan serlo pero que no se puedan deducir por no haber reunido algún requisito como sería no contar en el CFDI respectivo.

Por ejemplo, algunos gastos no deducibles de conformidad con el artículo 28 de la LISR que se deben disminuir del resultado fiscal para calcular la UFIN son:

  • gastos que exceden montos previstos en el numeral 28, fracc. V, LISR
  • el 47 % o 53 % no deducible (según corresponda al contribuyente) de las prestaciones exentas pagadas al personal
  • gastos en restaurantes equivalentes al 91.5 % de los consumos efectivos
  • pagos relacionados con automóviles no deducibles (tenencia, seguro, mantenimiento, etc.)

Para efectos de la PTU, el criterio “36/ISR/N Utilidad fiscal neta del ejercicio. En su determinación no debe restarse al resultado fiscal del ejercicio la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa”, se indica que debido a que en el resultado fiscal del ejercicio ya se encuentra disminuida la PTU de las empresas pagada en el ejercicio de conformidad con el artículo 9, segundo párrafo de la LISR, no debe restarse nuevamente dicha participación para determinar la utilidad fiscal neta del ejercicio, en razón de que es una de las excepciones a que se refiere el mencionado párrafo.

ISR acreditado por distribución de dividendos

La proporción del ISR acreditado por distribución de dividendos que se disminuye es el que la persona moral hubiera acreditado en el ejercicio en términos de la fracción II del artículo 10 de la LISR conforme a lo siguiente:

 

Concepto

 

ISR acreditado por distribución de dividendos

Entre:

Factor de 0.4286

Igual:

Proporción del ISR acreditado por distribución de dividendos

 

ISR pagado en el extranjero

Quienes perciban dividendos o utilidades del extranjero, acumulándolos y acreditando el ISR correspondiente en términos de los párrafos segundo y cuarto del artículo 5 de la LISR, deben restar a la UFIN el importe que se determine con base en la siguiente fórmula:

 

MRU = (D + MPI + MPI2) – DN – AC

 

  • MRU: Monto a restar de la cantidad obtenida conforme al tercer párrafo del artículo 77 de la LISR (monto a restar por acumulación del ISR pagado en el extranjero)
  • D: Dividendo distribuido por la sociedad residente en el extranjero a la persona moral residente en México sin disminuir la retención o pago del ISR que en su caso se haya efectuado por su distribución
  • MPI: Monto proporcional del ISR pagado en el extranjero en primer nivel corporativo, referido en los párrafos segundo y tercero del numeral 5o. de la ley
  • MPI2: Monto proporcional del ISR pagado en el extranjero en segundo nivel corporativo, referido en los párrafos cuarto y quinto del artículo 5 de la ley
  • DN: Dividendo distribuido por la sociedad residente en el extranjero a la persona moral residente en México disminuido con la retención o pago del ISR que en su caso se haya efectuado por su distribución
  • AC: Impuestos acreditables conforme al primer, segundo y cuarto párrafos del artículo 5 de la LISR que correspondan al ingreso que se acumuló tanto por el dividendo percibido como por sus montos proporcionales

UFIN negativa

Cuando los conceptos que se restan del resultado fiscal del ejercicio sean superiores a este, la diferencia se disminuye del saldo de la CUFIN; y en caso de no contar con él, se restará de la UFIN que se determine en los siguientes ejercicios, hasta agotarlo.

Si en el ejercicio se obtuvo pérdida fiscal, la suma de las partidas no deducibles serán la UFIN negativa del ejercicio.

CUFIN

En términos del artículo 77 de la LISR, la UFIN del ejercicio se adiciona al saldo de la CUFIN del contribuyente:

 

Concepto

 

Utilidad fiscal neta de cada ejercicio (UFIN)

Más:

Dividendos o utilidades percibidos de otras personas morales residentes en México

Más:

Ingresos, dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes (art. 177, LISR)

Menos:

Dividendos o utilidades pagados (1)

Menos:

Utilidades distribuidas por reducción de capital

Igual:

CUFIN

  Nota: (1) No se considera la distribución de dividendos o utilidades en acciones o en la reinversión mediante la suscripción y aumento de capital de la misma persona que los distribuye, dentro de los 30 días naturales siguientes a su distribución


El saldo de la CUFIN se actualiza al cierre de cada ejercicio desde el mes en que se efectuó la última actualización y hasta el último mes del ejercicio de que se trate.

Caso práctico

Tomando el ejemplo de la empresa “Cableados Nacionales, SA de CV”, se determina el saldo final de la CUFIN del ejercicio 2019.

En el ejercicio obtuvo ingresos por dividendos provenientes de una empresa en el extranjero, por lo que deben adicionarse a los ingresos del ejercicio más el ISR retenido, asi como el correspondiente a la entidad extranjera pagado al primer nevel corporativo, en términos del numeral 5o. de la LISR.

De los dividendos percibidos del extranjero se obtuvo el siguiente ISR acreditable (art. 5o., tercer párrafo, LISR).

Datos generales

MPI: Monto proporcional del impuesto sobre la renta pagado en el extranjero por la sociedad residente en el extranjero en primer nivel corporativo que distribuye dividendos o utilidades de manera directa a la persona moral residente en México

 

D:  Dividendo o utilidad distribuido por la sociedad residente en el extranjero a la persona moral residente en México sin disminuir la retención o pago del ISR que en su caso se hubiera efectuado por su distribución

$683,326.00

U:  Utilidad que sirvió de base para repartir los dividendos, después del pago del impuesto en primer nivel corporativo, obtenida por la sociedad residente en el extranjero que distribuye dividendos a la persona moral en México

$5,469,549.00

IC:  ISR corporativo pagado en el extranjero por la sociedad residente en el extranjero que distribuyó dividendos a la persona moral en México

$1,695,560.00

 

MPI = (D / U) (IC)

 

  • MPI = (683,326.00/5,469,549.00) (1,695,560.00)
  • MPI = (0.1249) (1,695,560.00)
  • MPI = $211,775.44

 

Este MPI acreditable está limitado en términos del séptimo párrafo del artículo 5 de la LISR, conforme la siguiente fórmula:

 

LA = [ ( D + MPI + MPI2) (T) ] – ID

 

LA:  Límite de acreditamiento por los impuestos corporativos pagados en

el extranjero en primer y segundo nivel corporativo

 

D:  Dividendo o utilidad distribuido por la sociedad residente en el extranjero a la persona moral residente en México sin disminuir la retención o pago del impuesto que en su caso se haya efectuado por su distribución

$683,326.00

MPI:  Monto proporcional del ISR corporativo pagado en el extranjero

$211,775.44

MPI2:  Monto proporcional del impuesto corporativo pagado en el extranjero de una distribución de una empresa en el extranjero que a su vez se los distribuyó otra y finalmente los pagó al contribuyente

$0.00

T:  Tasa a que se refiere el artículo 9 de la LISR

30 %

ID:  Impuesto acreditable pagado en el extranjero en términos del artículo 5o. de la LISR, que corresponda al dividendo o utilidad

$28,456.00

 

 

LA = [ (683,326.00 + 211,775.44 + 0.00) (30 %) ] – 28,456.00

LA = [ (895,101.44) (30 %) ] – 28,456.00

LA = [268,530.43] – 28,456.00

LA = $296,986.43

 

El MPI no excede del LA, por lo tanto puede acreditarse el total del primero.

La empresa residente en el extranjero retuvo al contribuyente ISR por el pago de los dividendos por $28,456.00, mismo que se considera dentro de los ingresos acumulables conjuntamente con el dividendo neto de $654,870.00 y el MPI de $211,775.44 (art. 5, primer párrafo, LISR).

Total de ingresos acumulables

 

Concepto

Importe

 

Ingresos propios

$18,054,687.00

Más:

Dividendos netos percibidos del extranjero

654,870.00

Más:

ISR retenido en el extranjero por pago de dividendos

28,456.00

Más:

ISR proporcional pagado en el extranjero por la sociedad que distribuye los dividendos a primer nivel corporativo

211,775.44

Igual:

Total de ingresos acumulables

$18,949,788.44

 

ISR neto a pagar del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Total de ingresos acumulables

$18,949,788.44

Menos:

Deducciones autorizadas

15,609,248.00

Igual:

Diferencia entre ingresos y deducciones autorizadas

$3,340,540.44

Menos:

PTU pagada en el ejercicio

826,829.00

Igual:

Utilidad fiscal del ejercicio

$2,513,711.44

Menos:

Pérdida de 2018 pendiente de amortizar

534,570.00

Igual:

Resultado fiscal del ejercicio

$1,979,141.44

Por:

Tasa de impuesto

30 %

Igual:

ISR causado en el ejercicio

$593,742.43

Menos:

ISR retenido en el extranjero por dividendos pagados (1)

28,456.00

Menos:

ISR acreditable por dividendos del extranjero (1)

211,775.44

Menos:

ISR pendiente de acreditar por dividendos distribuidos nacionales en 2019 (2)

12,820.00

Igual:

ISR a cargo

$340,690.99

Menos:

Pagos provisionales efectuados en el ejercicio (incluye retenciones bancarias)

315,654.00

Igual:

ISR a pagar en la declaración anual

$25,036.99

Notas: (1) Se acredita antes de los pagos provisionales conforme al criterio normativo SAT “5/ISR/N Orden en que se efectuará el acreditamiento del ISR pagado en el extranjero.”

(2) Se aplica antes de los pagos provisionales de acuerdo con el criterio normativo SAT “10/ISR/N ISR por dividendos o utilidades. Orden en el que se efectuará su acreditamiento”


Ahora bien, las partidas no deducibles del ejercicio son las siguientes:

Partidas no deducibles del ISR

 

Concepto

Importe

 

Gastos no deducibles por inversiones parcialmente deducibles

$225,450.00

Más:

Viáticos que exceden los límites deducibles

215,398.00

Más:

Multas

217,960.00

Más:

El 91.5 % de los consumos en restaurantes

16,429.00

Más:

El 0.47 de los pagos a los trabajadores que a su vez son ingresos exentos para ellos

726,833.00

Igual:

Partidas no deducibles del ISR

$1,402,070.00

 

Para efectos de la UFIN, el ISR acreditado por los dividendos distribuidos nacionales es el siguiente:

Proporción del ISR acreditado por distribución de dividendos

 

Concepto

Importe

 

ISR acreditado por distribución de dividendos

$12,820.00

Entre:

Factor

0.4286

Igual:

Proporción del ISR acreditado por distribución de dividendos

$29,911.34

 

Importe a disminuir por acumulación del ISR pagado en el extranjero

Al acumular y acreditar el ISR correspondiente a los dividendos del extranjero, se resta del resultado fiscal del ejercicio, para efectos de la UFIN, el siguiente monto:

 

MRU = (D + MPI + MPI2) – DN – AC 

D:

$683,326.00

MPI:

$211,775.44

MPI2:

$0.00

DN:

$654,870.00

AC:

(1) $240,231.44

 

Nota: (1) Representa el MPI de más el ISR retenido por el extranjero


MRU = (683,326.00 + 211,775.44 + 0) – 654,870.00 – 240,231.44

MRU = (895,101.44) – 654,870.00 – 240,231.44

MRU = $0.00

 

Por la acumulación de los montos proporcionales de los impuestos pagados en el extranjero, no hay monto a disminuir de la UFIN en términos del cuarto párrafo del artículo 77 de la LISR.

UFIN del ejercicio

Con base en los resultados obtenidos, la UFIN para 2019 es la siguiente:

UFIN del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Resultado fiscal del ejercicio

$1,979,141.44

Menos:

ISR del ejercicio por el cual se determina

593,742.43

Menos:

Partidas no deducibles para el ISR en términos del artículo 28 de la LISR

1,402,070.00

Menos:

Proporción del ISR acreditado por distribución de dividendos

29,911.34

Menos:

Monto a restar por acumulación del ISR pagado en el extranjero

0.00

Igual:

UFIN del ejercicio

($46,582.33)

 

Como se genera una UFIN negativa, debe disminuirse de la CUFIN que tenga el contribuyente al cierre del ejercicio y en caso de no tener saldo de esta cuenta se aplica de la UFIN positiva que se determine en ejercicios posteriores.

Ajuste anual por inflación

¿Cómo se determina el ajuste anual por inflación cuando se tienen cuentas en moneda extranjera?

Todas las personas morales del Título II de la LISR, deben calcular el ajuste anual por inflación, con base en los saldos al final de cada mes de sus créditos y deudas; cuando se tengan cuentas en moneda extranjera, se valuarán al tipo de cambio del dólar vigente al primer día de cada mes, que corresponde al publicado en el DOF el último día del mes inmediato anterior (arts. 44, LISR y 20, CFF).

Si el promedio anual de las deudas supera al promedio anual de los créditos, se obtiene un ingreso acumulable; por el contrario, si los crédito son mayores a las deudas, se genera una deducción autorizada.

Por ejemplo, si una empresa mantuvo una cuenta en un banco en Gran Bretaña, primeramente se convertirán los saldos al último día de cada mes a moneda nacional, valuando primeramente a dólares con las equivalencias de cada mes, para posteriormente aplicarles el tipo de cambio del dólar norteamericano. Este último corresponde al existente al primer día de cada mes, que será el publicado en el DOF el último día del mes inmediato anterior.

En los saldos de las cuentas al final de cada mes no se incluyen los intereses devengados en el mismo periodo.

 

 

Saldo al último día de cada mes en libras esterlinas (A)

Equivalencia de la libra esterlina respecto al dólar (B)

Equivalente en dólares (A x B = C)

Tipo de cambio del dólar (D)

Bancos en pesos (C x D)

Enero

161,153.00

1.31545

211,988.71

19.6566

$4,166,977.28

Febrero

172,126.00

1.32930

228,807.09

19.1623

4,384,470.10

Marzo

167,357.00

1.30000

217,564.10

19.2201

4,181,603.76

Abril

168,952.00

1.30400

220,313.41

19.3793

4,269,519.67

Mayo

169,016.00

1.26065

213,070.02

19.0120

4,050,887.22

Junio

159,751.00

1.27275

203,323.09

19.0683

3,877,025.68

Julio

150,515.00

1.22415

184,252.94

19.1685

3,531,852.48

Agosto

165,920.00

1.21820

202,123.74

19.0747

3,855,449.70

Septiembre

176,850.00

1.23255

217,976.47

20.0988

4,381,065.48

Octubre

168,159.00

1.29330

217,480.03

19.6808

4,280,180.97

Noviembre

161,844.00

1.29325

209,304.75

19.1643

4,011,179.02

Diciembre

150,540.00

1.32440

199,375.18

19.6113

$3,910,006.47

 

Suma de saldos de los créditos al último día de cada mes

 

Periodo

Bancos en pesos

Bancos en moneda nacional

Clientes

 

Enero

$4,166,977.28

$3,424,123.00

$1,143,794.00

Más:

Febrero

4,384,470.10

2,602,830.00

961,360.00

Más:

Marzo

4,181,603.76

3,560,114.00

1,235,550.00

Más:

Abril

4,269,519.67

3,570,622.00

1,176,053.00

Más:

Mayo

4,050,887.22

3,108,053.00

861,702.00

Más:

Junio

3,877,025.68

3,687,926.00

1,038,113.00

Más:

Julio

3,531,852.48

2,520,276.00

201,938.00

Más:

Agosto

3,855,449.70

1,943,997.00

1,155,577.00

Más:

Septiembre

4,381,065.48

3,588,344.00

1,192,392.00

Más:

Octubre

4,280,180.97

2,080,410.00

1,124,469.00

Más:

Noviembre

4,011,179.02

2,376,992.00

778,417.00

Más:

Diciembre

3,910,006.47

2,103,818.00

965,099.00

Igual:

Suma de saldos de los créditos al último día de cada mes

$48,900,217.83

$34,567,505.00

$11,834,464.00

 

 

Periodo

Deudores diversos

Otros créditos

Total

 

Enero

$127,572.00

$91,682.00

$8,954,148.28

Más:

Febrero

122,757.00

81,115.00

8,152,532.10

Más:

Marzo

119,630.00

85,080.00

9,181,977.76

Más:

Abril

124,465.00

75,636.00

9,216,295.67

Más:

Mayo

115,675.00

84,769.00

8,221,086.22

Más:

Junio

131,454.00

77,510.00

8,812,028.68

Más:

Julio

112,442.00

72,502.00

6,439,010.48

Más:

Agosto

124,356.00

72,828.00

7,152,207.70

Más:

Septiembre

131,261.00

80,416.00

9,373,478.48

Más:

Octubre

116,730.00

73,587.00

7,675,376.97

Más:

Noviembre

113,486.00

85,096.00

7,365,170.02

Más:

Diciembre

112,435.00

72,400.00

7,163,758.47

Igual:

Suma de saldos de los créditos al último día de cada mes

$1,452,263.00

$952,621.00

$97,707,070.83

 

Suma de saldos de las deudas al último día de cada mes

 

Periodo

Préstamos bancarios

Documentos por pagar

Proveedores

Cuotas IMSS (obrera y patronal), SAR e Infonavit

 

Enero

$942,970.00

$527,707.00

$611,604.00

$239,092.00

Más:

Febrero

1,290,475.00

762,827.00

716,374.00

246,150.00

Más:

Marzo

1,178,296.00

563,114.00

860,709.00

199,223.00

Más:

Abril

969,853.00

493,844.00

647,939.00

232,370.00

Más:

Mayo

1,196,253.00

598,515.00

483,526.00

192,300.00

Más:

Junio

1,101,006.00

572,736.00

495,111.00

229,472.00

Más:

Julio

1,101,006.00

546,956.00

604,692.00

233,515.00

Más:

Agosto

1,101,006.00

477,691.00

440,540.00

229,328.00

Más:

Septiembre

1,101,006.00

538,877.00

742,736.00

215,952.00

Más:

Octubre

1,214,200.00

469,614.00

585,528.00

242,547.00

Más:

Noviembre

892,561.00

400,352.00

666,629.00

263,678.00

Más:

Diciembre

983,123.00

418,053.00

688,462.00

231,201.00

Igual:

Suma de saldos de las deudas al último día de cada mes

$13,071,755.00

$6,370,286.00

$7,543,850.00

$2,754,828.00

 

 

Periodo

Acreedores diversos

Contribuciones a cargo

Total

 

Enero

$265,118.00

$1,420,018.00

$4,006,509.00

Más:

Febrero

281,862.00

1,467,354.00

4,765,042.00

Más:

Marzo

261,143.00

1,485,176.00

4,547,661.00

Más:

Abril

274,763.00

1,357,143.00

3,975,912.00

Más:

Mayo

285,085.00

1,414,960.00

4,170,639.00

Más:

Junio

282,226.00

1,480,888.00

4,161,439.00

Más:

Julio

271,436.00

1,459,484.00

4,217,089.00

Más:

Agosto

278,275.00

1,377,970.00

3,904,810.00

Más:

Septiembre

271,210.00

1,567,385.00

4,437,166.00

Más:

Octubre

275,037.00

1,471,939.00

4,258,865.00

Más:

Noviembre

277,451.00

1,392,105.00

3,892,776.00

Más:

Diciembre

268,903.00

1,350,816.00

3,940,558.00

Igual:

Suma de saldos de las deudas al último día de cada mes

$3,292,509.00

$17,245,238.00

$50,278,466.00

 

La suma de saldos de los créditos y de las deudas se dividirá entre el número de meses del ejercicio y el resultado será el saldo promedio de cada uno.

Saldo promedio anual de créditos

 

Concepto

Importe

 

Suma de saldos de los créditos

$97,707,070.83

Entre:

Número de meses del ejercicio

12

Igual:

Saldo promedio anual de créditos

$8,142,255.90

 

Saldo promedio anual de deudas

 

Concepto

Importe

 

Suma de saldos de las deudas

$50,278,466.00

Entre:

Número de meses del ejercicio

12

Igual:

Saldo promedio anual de deudas

$4,189,872.17

 

La diferencia positiva que resulta de comparar los promedios, se multiplica por el factor de ajuste anual.

Ajuste anual por inflación deducible

 

Concepto

Importe

 

Saldo promedio anual de créditos

$8,142,255.90

Menos:

Saldo promedio anual de deudas

4,189,872.17

Igual:

Diferencia

$3,952,383.73

Por:

Factor de ajuste anual

0.0282

Igual:

Ajuste anual por inflación deducible

$111,457.22

El factor de ajuste anual se obtiene como sigue:

Factor de ajuste anual

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes del ejercicio del cálculo (diciembre 2019)

105.934

Entre:

INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior (diciembre 2018)

103.020

Igual:

Factor de ajuste anual

1.0282

Menos:

Unidad

1

Igual:

Factor de ajuste anual

0.0282

El saldo promedio anual de los créditos supera al de las deudas, por lo que se obtiene un ajuste anual por inflación deducible.